Ya no cualquier mano es falta: la International Board actualiza el reglamento y abre margen al criterio referil

Una mano de Juan Manuel Insaurralde en en partido entre Colo Colo y Palestino.
Una mano de Juan Manuel Insaurralde en en partido entre Colo Colo y Palestino. (Foto: Archivo)

La International Board introdujo modificaciones a la regla 12 del balompié, que abarca las faltas y conductas incorrectas. La variación valida la interpretación de los jueces.



No cualquier mano es susceptible de ser sancionada como falta. Así se resume la modificación a las regla 12 del fútbol dispuesta por la International Board (IFAB, por sus siglas en inglés). La variación le devuelve criterio a la sanción de la falta y margen de interpretación a los jueces encargados de sancionarla.

“No todos los contactos del balón con la mano o el brazo constituyen infracción”, describe, a modo de principio básico la modificación a las reglas del juego. Y luego profundiza en las consideraciones. “Los árbitros deben valorar la posición de la mano o el brazo con respecto a la acción del jugador en una situación concreta”, añade, en relación a que el criterio referil en la interpretación retoma importancia al momento de la sanción.

En el mismo ámbito, hay otra redefinición significativa por parte de la entidad que se preocupa de las reglas del juego. “Ya no se considerarán infracciones las acciones en las que un compañero de equipo toque el balón con la mano o el brazo de manera accidental justo antes del gol o cuando tocar el balón con la mano o el brazo de manera accidental genere una ocasión de gol”, estipula el nuevo texto.

La mano de Sebastián Coates en las Eliminatorias, que los jueces no sancionaron. (Foto: captura)

Intencionalidad

De esta forma, según el nuevo texto, cometerá infracción el jugador “que toque el balón de manera voluntaria con la mano o el brazo, por ejemplo, haciendo un movimiento en dirección al balón con estas partes del cuerpo” o “que toque el balón con la mano o el brazo cuando la mano o el brazo se posicionen de manera antinatural y consigan que el cuerpo ocupe más espacio”. Para el último efecto, “se considerará que un jugador ha conseguido que su cuerpo ocupe más espacio de manera antinatural cuando la posición de su mano o brazo no sea consecuencia del movimiento de su cuerpo en esa acción concreta o no se pueda justificar por dicho movimiento. Al colocar su mano o brazo en dicha posición, el jugador se arriesga a que el balón golpee esa parte de su cuerpo y esto suponga una infracción”.

Si después de un contacto al balón con la mano o el brazo, accidental o voluntario, el balón termina en el arco contrario, el gol no será válido. Tampoco si se produce “inmediatamente después de que el balón le toque en la mano o el brazo, incluso de manera accidental”, especifica. Eso sí, “se deja de considerar infracción por mano la acción en la que se toque el balón con la mano o el brazo de manera accidental y, acto seguido, un compañero de equipo marque gol o disponga de una ocasión para ello”.

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