Nacional

A siete años del 18-O: 1,5% de las causas por violación a los DD.HH. terminó en condena a uniformados

En cifras del Ministerio Público, desde octubre de 2019 a marzo de 2020 se abrieron 11.504 causas por violencia de parte de agentes del Estado. De ese total, el 96,5% de los casos ya se cerró, la mayoría de ellos (46%) concluyeron archivados. Pese a eso, desde la Fiscalía destacan el desafío en las investigaciones que significó lograr, hasta ahora, 238 condenas.

08 Noviembre 2019 Protesta Plaza Italia Andres Perez

En enero pasado, la Corte Suprema confirmó el veredicto condenatorio en contra del capitán de Carabineros Tomás Rodríguez, quien deberá cumplir tres años de libertad vigilada tras se declarado culpable del delito de apremios ilegítimos por disparar perdigones en contra de la actriz María Paz Grandjean.

Ese caso forma parte del acotado número de causas en las que la Fiscalía logró una condena por violación de los derechos humanos (DD.HH.) durante el estallido. A siete años de la crisis social, el alto número de casos que se abrieron durante las masivas manifestaciones han tomado diferentes cursos.

En total, según cifras de la Fiscalía Nacional, durante el estallido social se iniciaron 11.504 causas por violencia institucional, es decir, en las que el autor de un delito en contra de los manifestantes es un agente del Estado, todos ocurridos entre el 18 de octubre de 2019 y el 31 de marzo del 2020.

Este 2026, siete año después de las masivas protestas, la situación judicial de los casos de violación a los DD.HH. continúa avanzando en la justicia, la que aún mantiene causas abiertas, aunque la mayoría de ellas ya han finalizado.

Según la Fiscalía Nacional, al 5 de agosto de 2026, de los 11.504 casos ocurridos en el estallido, el 96,5% (11.105) ya está terminado, es decir, la causa fue cerrada. Pese a eso, aún se mantienen vigentes 378 casos, que corresponde al 3,2% del total. Además de aquellos, hay otros 21 (0,1%) que son causas que están suspendidas.

Los tipos de término

Como todo proceso penal, las causas del estallido social tuvieron diferentes salidas. En cifras de la Fiscalía Nacional, el 70,3% de los cierres se dio a través de una “salida no judicial”, es decir, no requirió de la decisión de un tribunal, sino que en etapas previas.

El 46% de los casos, es decir 6.928 del total, terminó en “archivo provisional”. Seguido de la “decisión de no perseverar” en la investigación con un 24,2%. También se consideran otros tipos de términos, principalmente debido a decisiones administrativas del ente persecutor. En este apartado, el 24,1% de las causas (3.640) fueron “agrupadas a otro caso”.

En salidas judiciales, es decir, con la determinación de un tribunal, las cifras caen drásticamente. La mayoría de los casos que concluyeron en juicio, el 1,5% de las causas (238 casos) tuvieron una sentencia definitiva condenatoria para el agente de Estado que estaba acusado.

Otros 180 casos, que representan al 1,2%, terminaron con una sentencia definitiva absolutoria. En 154 causas (1% del total), se sobreseyó definitivamente al funcionario policial o militar involucrado. El resto de salidas judiciales son variadas y en solo dos casos se logró un acuerdo reparatorio.

En el caso de las condenas, el 68,9% se logró en un juicio oral, el 25,2% en un procedimiento abreviado y el 5,8% en simplificado. Las absoluciones, en cambio, el 97,2% en juicios ordinarios, solo un caso en abreviado y cuatro en simplificados.

La directora de la unidad especializada en Derechos Humanos de la Fiscalía Nacional, Alejandra Seguel, destaca que el estallido social fue un “fenómeno nuevo”, que implicó varios desafíos para el Ministerio Público. Lo anterior, “por la masividad de casos, por las características de las grandes movilizaciones y porque también se trataba de tipos penales relativamente nuevos para nuestro ordenamiento jurídico. Por lo tanto, eso implicaba desafíos para todas las instituciones que participan del proceso penal, no solo el Ministerio Público. Las mismas policías que debían investigar, los tribunales, etcétera”.

“Creo que todos esos desafíos se vieron reflejados en el curso de las investigaciones y en el resultado también de ellas”, sostiene Seguel.

Las razones tras las cifras

Para el Ministerio Público existen diversas explicaciones respecto a los resultados que han tenido las causas e investigaciones de violencia institucional ocurridas durante el estallido social.

Seguel explica, por ejemplo, que respecto de los casos archivados existen múltiples factores que inciden en aquello, principalmente apuntando a la dificultad de estas indagatorias: “Estos fueron hechos masivos, pero no solamente masivos sino que ocurrieron concentrados en muy pocos días, en pocas horas, en un ambiente de bastante desorden y que, por lo tanto, eso dificultaba altamente la recopilación de pruebas”.

Además de eso, destaca que las responsabilidades penales se siguen respecto a una persona, en este caso un funcionario, por lo que “si es que hay un procedimiento de control de orden público en que están involucrados varios funcionarios policiales, (…) la obligación del Ministerio Público es imputar la responsabilidad de uno, y eso se dificulta cuando hay muchas personas involucradas en un procedimiento de orden público”.

“Entonces, eso también influye en que hay causas en las que, si no se puede determinar la participación de una persona en particular, la obligación del Ministerio Público es que no puede prosperar con esa persecución”, concluye.

A juicio de la Fiscalía Nacional, las causas que aún siguen pendientes son pocas, dado el porcentaje que representan respecto del total. Entre las razones de estos casos aún pendientes, Seguel apunta a que en varios “no habían antecedentes para seguir investigando”.

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