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Caso Dominga sigue enredado en la Suprema y será la Corte de Santiago la que decida recusación del ministro Matus

Si el tribunal de alzada capitalino acoge marginar al magistrado de la causa, cuyo fallo él mismo estaba encargado de redactar, la Tercera Sala deberá dejar sin efecto el acuerdo. En ese caso, todo volverá a cero y el recurso de casación deberá ser visto por una nueva sala.

DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

El lunes 19 de mayo el caso Dominga quedó a un paso de ser resuelto en la Tercera Sala de la Corte Suprema. Ese día, la sala constitucional -integrada por la ministra Adelita Ravanales, los ministros Jean Pierre Matus y Diego Simpértigue y las abogadas integrantes María Angélica Benavides y Andrea Ruiz- hicieron la vista de la causa y luego deliberaron el futuro del proyecto minero Dominga.

Luego de tomar el acuerdo, la sala designó al ministro Matus para que fuera el redactor de la sentencia. Sin embargo, a última hora, ese mismo lunes, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) presentó un escrito para recusar a Matus.

Fuentes judiciales que conocen del asunto dicen que el acuerdo tomado por la sala confirmaba lo que ha sido la jurisprudencia de la Tercera Sala hace bastante tiempo. Esto es rechazar los recursos de casación cuando no ha existido un pronunciamiento de fondo sobre el proyecto, es decir, justamente lo que pasa con Dominga. El único disidente de esa postura era el exministro Sergio Muñoz, quien ya no forma parte del máximo tribunal.

De hecho, esa posición ya la había tomado la misma sala cuando rechazó el recurso de casación en mayo de 2022. Esa vez el fallo de mayoría asentó el hecho de que al no existir “una sentencia definitiva”, la Suprema no puede revisar la decisión.

En su recusación, el SEA alegaba que el magistrado debía marginarse por el vínculo declarado que tiene con el abogado Marcelo Castillo, quien ha representado a grupos que respaldan el proyecto, como el Sindicato de Trabajadores Independientes Artesanales de Totoralillo Norte.

La respuesta de Matus

El nombre de Castillo aparece en el listado público de inhabilidades que tiene el ministro Matus. Dicho listado detalla que respecto de Castillo le aplica la causal de inhabilidad número 14 del artículo 196 del Código Orgánico de Tribunales. Según informó el ministro Matus, el objetivo de esas inhabilidades -que son públicas- es que en cualquier causa todas las “partes que consideren que ello pudiera comprometer mi imparcialidad la hagan valer en la forma y tiempo que la ley dispone”.

Sin embargo, la recusación planteada por el SEA mencionaba a Castillo, un abogado que, según se puede revisar en el expediente judicial del recurso de casación en la Suprema, no ha sido parte de la disputa en el máximo tribunal.

Como la recusación del SEA llegó tarde, cuando ya había sido votado el acuerdo, Matus emitió un informe el 14 de junio contestando la solicitud. En ese informe de dos páginas, Matus explicita que Castillo “no es ni ha sido parte en este pleito, razón suficiente para desechar de plano la incidencia promovida”.

Matus fue punto por punto argumentando por qué la recusación debía ser rechazada. Así es como reprochó que el SEA haya hecho la solicitud de recusación después de que la sala realizara la vista del caso, y que más encima lo hiciera mal. El mismo Código Orgánico de Tribunales dice que para recusar a un supremo, el procedimiento debe hacerse en la Corte de Santiago, pero el SEA lo hizo en la Suprema, un tribunal incompetente para estos asuntos.

Pese a argumentar jurídicamente por qué no aplicaba la petición del SEA, Matus optó por una decisión prudencial. “La única forma de dar curso a la solicitud del incidentista es estimar que su escrito corresponde a una solicitud de ‘recusación amistosa’ contemplada en el artículo 124 del Código de Procedimiento Civil, presentada el mismo día en que se dio cuenta de la causa en que incide, esto es, el 19 de mayo del presente, pero cuyo conocimiento no habría sido posible sino hasta después de acordarse su fallo, por no haberse dictado la resolución que así lo ordena sino hasta el 10 de junio pasado”, se lee en su informe.

Quienes supieron de esto cuentan que el supremo evitó que su situación trajera cuestionamientos a la Corte Suprema. Así fue que solo con el objeto de que el gobierno “o terceros no atribuyan a factores ajenos a lo dispuesto en el derecho vigente las resoluciones que sobre esta causa y las demás relacionadas con el hecho que la originan recaigan en el futuro”, Matus aceptó la recusación planteada.

Todo en manos de la Corte de Santiago

Sobre esto no se supo más hasta que el martes 24 de junio la sala constitucional revisó el asunto. Ahí la mayoría de los presentes -Simpértigue y las abogadas integrantes Benavides y Ruiz- estuvo de acuerdo con remitir los antecedentes a la Corte de Santiago.

La única disidente fue la ministra Ravanales, quien estuvo por resolver el asunto en esa misma sala. En tanto, el ministro (s) Jorge Zepeda no quiso conocer el “asunto pendiente por no formar parte del acuerdo”.

Lo que viene ahora es un proceso que no ha tenido ningún movimiento desde que el miércoles 25 de junio la Suprema remitió la recusación directamente hasta la Corte de Apelaciones de Santiago para que decida si acepta la recusación planteada en los términos de Matus o si estima que no hay fundamento para acogerla.

En caso de que el tribunal de alzada capitalino acepte la recusación, el caso Dominga se enredará aún más. Eso derivará en que la Tercera Sala tendrá que dejar sin efecto el acuerdo tomado por la sala y realizar una nueva vista de la causa, pero esta vez con una nueva sala no inhabilitada. Es decir, todo volvería a fojas cero.

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