Defensa de Crespo reitera que no se acreditó su autoría en el disparo que lesionó a Gustavo Gatica
Además desde la defensa, apuntaron que el disparo estuvo amparado por el marco "constitucional, legal y reglamentario".
Durante la jornada de este lunes 22 de diciembre continuaron los alegatos de clausura del juicio contra Claudio Crespo, acusado por la Fiscalía Centro Norte de lesionar gravemente al ahora diputado electo Gustavo Gatica, en el marco de una protesta realizada durante el estallido social de 2019.
En la ocasión, la defensa de Crespo inició sus alegatos apuntando a que en ningún momento del juicio se logró acreditar la autoría del acusado en el disparo que lesionó a Gustavo Gatica, a la vez que señaló que el disparo que lesionó a Gatica "se encontraba amparado por el marco constitucional, legal y reglamentario"
“Esta defensa mantiene inalterada la posición, que se ha logrado acreditar, más allá de toda duda razonable, que don Claudio Crespo no es el autor del disparo que lesionó a Gustavo Gatica”, apuntó el abogado Mauricio Bascur, añadiendo que "independientemente quien haya sido el funcionario de carabineros que efectuó el disparo, quedarán en evidencia ante este tribunal dos premisas importantes. La primera, que el disparo se encontraba amparado por el marco constitucional, legal y reglamentario. Y segundo, que el disparo, la forma, la dinámica, la mecánica y la ejecución se realizó sin infringir ninguna norma reglamentaria”.
Según explicó el defensor, al momento de los hechos “no existían disposiciones expresas sobre distancias y direccionamientos que regularan las normas reglamentarias para el uso de las escopetas antidisturbios”, agregando que “los testimonios de algunos testigos prestados en esta causa, se basaron en criterios institucionales de operaciones de carabineros de Chile, posteriores a la fecha en la que ocurrieron los hechos”.
Asimismo, la defensa además acusó a imprecisiones por parte del Ministerio Público, señalando que no se identificó a los manifestantes hacia quienes supuestamente se dirigió el disparo, argumentando que esta omisión impide evaluar si el uso de la fuerza fue o no legítimo conforme a reglamentos y protocolos.
En ese contexto, desde la defensa en su argumentación cuestionaron el carácter de la manifestación apuntando que incluso se lanzaron bombas molotov contra Carabineros. “Quedó en evidencia que lo que estaba haciendo esa manifestación, estaba lanzando elementos proyectiles que son de consecuencias letales”.
“En el preciso momento en que don Gustavo Gatica resulta lesionado, la manifestación en la cual él se encontraba, dentro de la norma específica de la circular 1832, es de aquellas que se describen como una manifestación ilícita, agresiva e inclusive violenta, que es aquella en que se generan daños o cuando se agrede intencionalmente a las personas o a la autoridad policial”, enfatizó.
El abogado defensor además agregó que “si lo miramos del plano estrictamente legal, no estamos hablando del plano reglamentario, estrictamente legal, Gustavo Gatica estaba cometiendo delitos. Son acciones delictuales. Y no como un hecho aislado, sino que de forma reiterada estaba lanzando elementos contundentes contra la autoridad pública, que tienen efectos potencialmente lesivos para el personal de carabineros”.
Según explicó, “se encontraba integrando un grupo de delincuentes que lanzaban artefactos incendiarios al personal policial”, añadiendo que “la policía se encontraba facultada legal y reglamentariamente, e inclusive, su señoría, por mandato constitucional, a hacer uso de las armas”.
“Carabineros tenían la facultad incluso de hacer uso de armas de fuego letales. ¿Qué decisión tomó la policía en relación a la proporcionalidad de los medios? No utilizó en ese momento ningún disparo de un arma de fuego. ¿Qué se aprestaba en ese momento a realizar, don Gustavo Gatica? Se puede presumir, su señoría, que lo que se aprestaba a hacer era el lanzamiento de la piedra contra el personal de Carabineros", mencionó.
Es así como finalmente señaló que “el grupo al cual se dirigió el disparo haya sido, a quien haya sido, era un grupo que estaba organizado y que estaba cometiendo delitos. Por consiguiente, el disparo se encuentra legitimado, legal y normativamente".
“Ni el personal investigador ni el Ministerio Público, su señoría, realizaron el más mínimo análisis normativo a fin de concluir si el disparo, reiteramos que lo haya efectuado, se encontraba autorizado por una norma. Así lo declaró inclusive el oficial de caso. Lo único que se buscaba era un culpable”, expresó.
Los alegatos de clausura continuarán este martes y se espera que el 9 de enero de 2026 el tribunal dé a conocer su veredicto.
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