Histórico

Primer fallo por ley de discriminación afecta a hotel que no permitió ingreso de pareja de lesbiana

El Tercer Juzgado Civil de Santiago falló en contra de un motel de Providencia que no permitió el ingreso de la pareja en julio de este año. El local fue condenado a una multa de 50 UTM.

La jueza del Tercer Juzgado Civil de Santiago, Soledad Araneda Undurraga, falló en contra de la Sociedad Marín Limitada, luego de que el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) presentara una acción de no discriminatoria a favor de una pareja lésbica a la cual se le impidió en julio pasado al acceso al Motel Marín 014, de Providencia, sólo en razón de su orientación sexual.

Araneda acogió íntegramente las sanciones demandadas por el Movilh contra la empresa, condenándola a pagar una multa de 50 UTM y ordenando que "la sociedad Comercial Marin Limitada, en lo sucesivo, no podrá prohibir, ni restringir el ingreso de parejas homosexuales basada en la orientación sexual", la penas más altas contempladas en la Ley Zamudio.

"Este es un fallo histórico, un hito por cuanto se ha ganado la primera demanda que se presentó por la Ley Zamudio y porque sienta un precedente inédito para que a ninguna personas se le niegue un servicio o producto en razón de su orientación sexual o la identidad de género. Estamos felices porque se ha alcanzado justicia para estas jóvenes y porque esto sin duda alentara a más personas a formular denuncias por discriminación", sostuvo el presidente del Movilh, Rolando Jiménez.

El pasado 30 de julio las estudiantes universitarias Carla de La Fuente y Pamela Zapata denunciaron que el Motel Marín 014 les había impedido el ingreso en razón de su orientación sexual, por los que acudieron a la Ley Zamudio, en el marco de una acción de no discriminación patrocinada por el abogado del Movilh, Alan Spencer.

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