Aula Segura

Presidente de la Repœblica  junto a la ministra de Educaci—n firman Proyecto de Ley


El proyecto Aula Segura presentado por el gobierno ha tenido una azarosa tramitación en el Senado, pese a que aparentemente habría consenso en que los niveles de violencia vistos el último tiempo en los colegios son inaceptables y que las medidas para enfrentarlos no están dando resultados. Las críticas han apuntado a cuestiones muy dispares, siendo algunas razonables y otras no.

Respecto a estas últimas, resulta absurdo cuestionar el proyecto por no hacerse cargo de las causas profundas de la violencia escolar. Exigírselo sería lo mismo que pedirle al Código Penal que resuelva las motivaciones que llevan a las personas a delinquir. El hecho de aprobar este proyecto en nada obstaculiza promover otras acciones para tratar el problema de la violencia escolar en toda su complejidad. Pero debe tenerse claro que las sanciones son un componente muy relevante de cualquier estrategia para atacar este problema, pues ellas siempre requerirán de la existencia de disuasivos creíbles que desalienten su comisión.

Igualmente resulta incorrecto criticar medidas punitivas, como lo es expulsar a estudiantes, porque no solucionaría nada desde el momento en que ellos necesariamente deben ser derivados a otro establecimiento. Este comentario pareciera olvidar que la sanción de expulsión hoy en día existe y que es imprescindible para enviar el mensaje de que la violencia es inaceptable, cualesquiera sean sus motivaciones. Asume, además, que las personas van a seguir comportándose igual aunque sean sancionadas y cambiado su entorno, lo que la evidencia demuestra que es falso.

Pero donde sí aciertan las críticas es que existen otros caminos para lograr los mismos objetivos que se buscan con la iniciativa, sin correr el riesgo de sancionar a personas eventualmente inocentes. El proyecto lo que hace es establecer un procedimiento de expulsión rapidísimo en los casos que se les impute a los alumnos la tenencia o almacenamiento de armas o explosivos o cometer agresiones físicas graves. En tales casos, la expulsión puede realizarse en un plazo de cinco días (a diferencia de los 25 que tarda el procedimiento normal), sin que sea necesario seguir para ello "un procedimiento previo, racional y justo…", que es lo que la ley exige para los restantes casos.

Tal como explicó el gobierno, su motivación es evitar los problemas para la convivencia estudiantil que entraña que alumnos implicados en este tipo de hechos sigan participando en las actividades escolares mientras se tramita el proceso. Pero esto es fácilmente solucionable sin poner en riesgo el debido proceso en la aplicación de sanciones tan severas como la expulsión. Para ello bastaría con establecer como medida cautelar la suspensión del alumno mientras dure la investigación, sin perjuicio de acelerar el curso de la misma para evitar que el alumno implicado quede durante mucho tiempo fuera del circuito escolar.

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