
Columna de Paula Escobar: Aborto, sin caricaturas

En una semana histórica, el pleno de la Convención Constitucional aprobó el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, pasando así al borrador de la Constitución. Con 108 votos a favor (más de los ⅔), la norma asegura “a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos. Asimismo, garantiza su ejercicio libre de violencias y de interferencias por parte de terceros, ya sean individuos o instituciones”.
Se desató -como era de esperar- una ola de reacciones. Algunas de gran satisfacción, de quienes han luchado por años por los derechos sexuales y reproductivos, y otras de rotundo rechazo . “De máxima gravedad”, dijo la Conferencia Episocopal, llamando de manera apenas velada a votar “rechazo”. Un convencional de derecha fue aún más lejos. Reaccionando a un inciso que decía que Chile es una república paritaria, dijo: “¿Significa acaso que en Chile tendremos que ser exactamente la misma cantidad de hombres y mujeres? ¿Qué pasa si aumentara la tasa de natalidad de los hombres por sobre las mujeres? Probablemente con la norma de aborto tienen pensada una posible solución”, alertó Cretton. Otros salieron a afirmar categóricamente que se había aprobado el aborto libre hasta los nueve meses.
Entendiendo que el asunto es muy complejo, y que la discrepancia y el disenso son, por cierto, legítimos, es importante ir aclarando conceptos. Primero, las convencionales que votaron a favor han explicado claramente que no se ha aprobado que se pueda abortar hasta los nueve meses. No se definen los plazos, que es distinto. Y la razón que han dado para ello es que debe ser materia de ley, una que se deberá tramitar en el Congreso. Como dijo a Ex Ante la abogada Verónica Undurraga, “parece un error leer este artículo entendiendo que reconoce un derecho a la interrupción del embarazo sin límites. Señala que el Estado garantiza el derecho, pero no dice cómo, esto significa que entrega su regulación al legislador”.
Es cierto que ha habido discrepancias entre constitucionalistas sobre un punto tan esencial como este. Por eso, es muy importante que, se agregue un inciso que establezca que los plazos y condiciones serán materia de ley (y mandatar así expresamente al legislador a regular la materia), para así despejar la falsedad de que si se aprueba la nueva Constitución, se abortará en Chile hasta nueve meses (lo cual sería, por cierto, inaceptable). En todo país con ley de aborto hay límites: existe importante legislación comparada al respecto, en razón de la salud de la mujer y los intereses del nasciturus. La regulación más habitual es en torno a las 12 y 14 semanas. De hecho, el proyecto que se tramitó en Chile el año pasado establecía este plazo (y, con límite y todo, no fue aprobado).
Entendiendo, entonces, que habrá un debate en el Congreso para establecer los plazos y las condiciones, vamos al fondo del asunto, que es el derecho al aborto. Es legítimo que haya personas que están en contra, por razones religiosas o de cualquier índole. Pero el punto es si pueden someter a su mirada del mundo a las mujeres que no tienen esa religión o esas creencias. El asunto es, justamente, qué rol le cabe a un Estado democrático y laico cuando una mujer no quiere seguir adelante con su embarazo. ¿Debe obligarla, como ahora (salvo en tres causales) a que lo lleve a término? ¿Debe encarcelarla si no lo hace? ¿Debe respetar la decisión libre de la ciudadana o decide el Estado por ella?
En su enorme mayoría, los países desarrollados, las democracias liberales, han contestado que esto debe ser una decisión de las mujeres y no del Estado. El caso Roe vs. Wade en Estados Unidos, en 1973, es el más paradigmático. La Corte Suprema legalizó la interrupción voluntaria del embarazo, afirmando que los gobiernos no tenían el derecho de prohibirlo, pues poner fin a su embarazo era una elección personal en asuntos de familia, protegida por la 14ª Enmienda de la Constitución.
Por otro lado, los abortos ya existen, de manera clandestina y riesgosa. Así lo explicó Simone Weil, figura icónica de la política francesa e impulsora del aborto en su país en 1975: “No podemos seguir cerrando los ojos ante los 300.000 abortos que, cada año, mutilan a las mujeres de este país, que pisotean nuestras leyes y que humillan o traumatizan a aquellas que tienen que recurrir a ellos”, dijo.
Es de honestidad intelectual que algunos de quienes han sido muy enfáticos en oponerse a la norma constitucional recién aprobada, enarbolando como argumento central que “no tendría límites”, sinceren que, en realidad, se han opuesto -y se oponen- a cualquier límite y a cualquier condición. Al aborto en tres causales, por ejemplo. José Antonio Kast tuvo originalmente en su programa de gobierno revertir esa ley, sin ir más lejos. Y también se oponen -o han opuesto- a la educación sexual no sexista y laica, al matrimonio igualitario, a las técnicas de reproducción médicamente asistida, la eutanasia y otras iniciativas que no estén en sintonía con sus propias creencias y convicciones en materia religiosa.
Salgamos de los estereotipos y las caricaturas: quienes están a favor de la interrupción voluntaria del embarazo no están contra la vida ni menosprecian la maternidad, sino que están a favor de la libertad de las mujeres de decidir sobre su propio cuerpo y su propia vida.
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