Columna de José Francisco Lagos: El mal criterio Tohá

El general director de Carabineros, Ricardo Yáñez.
Foto: Dragomir Yankovic / Aton Chile.


El 7 de mayo pasado estaba fijada la audiencia de formalización para el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, por presuntos delitos de omisión en apremios ilegítimos durante su gestión como encargado de Orden y Seguridad de la institución, en el marco del 18 de octubre.

En esa oportunidad tal audiencia fue pospuesta para el 1 de octubre, tras el indignante e impactante asesinato de tres carabineros en la comuna de cañete el 27 de abril, que coincidió con un aniversario de Carabineros.

En el mes previo a la pasada audiencia de formalización el gobierno, a través de la ministra del Interior quisieron instalar un estándar que se denominó “criterio Tohá”, que básicamente le exigía a cualquier persona que haya sido formalizada, renunciar a su cargo. En este caso, buscaban que el general director de Carabineros renunciara antes de su formalización.

Este criterio ha sido reafirmado por el gobierno, ahora a través del subsecretario del Interior, quien señaló que “no tiene que ver con la presunción de inocencia, tiene que ver con la necesidad de que las instituciones del Estado funcionen para los fines que están establecidos”.

Habría que recordarle al Ejecutivo en qué consiste la formalización, que según el artículo 229 del Código Procesal Penal establece que “es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados”. Lo que no significa que la persona sea culpable, sino que simplemente se le da a conocer que hay una investigación en su curso, por hechos que incluso pueden ser desestimados por el juez o hechos en los que la participación del formalizado sea desechada o simplemente no se logre acreditar.

Esto significa que, a pesar de lo que señala el gobierno, se estaría sancionando a una persona por el mero hecho de ser investigada.

¿No es acaso más razonable en un Estado de Derecho dar el alcance adecuado a las instituciones, tanto en su extensión como en sus limitaciones?

Bastaría que los fiscales de turno formalicen a cualquier funcionario de Carabineros para que este tenga que dejar sus funciones. Ya vimos lo que ha ocurrido en bullados casos, en que incluso la Fiscalía ha debido pagar costas y los carabineros han sido reintegrados a sus funciones, como el reciente caso del cabo Zamora.

En el contexto de una crisis de seguridad, no parece adecuado seguir una doctrina que puede presentar tantas falencias e injusticias como las antes descritas. Cada vez que el gobierno ha intentado fijar un estándar de comportamiento hacia los demás, ha fracasado sistemáticamente, por lo que no parece prudente establecer un criterio de estas características.

Por José Francisco Lagos, director ejecutivo del Instituto Res Publica