Opinión

Ventajas del proyecto de ley Fármacos II

Actualmente se discute en la Comisión de Salud de la Cámara la "Ley de Fármacos II", iniciativa que el Presidente Sebastián Piñera se comprometió a impulsar en su reciente cuenta pública. Se trata de un proyecto originado en una moción parlamentaria respecto de la cual el Ejecutivo ha ingresado recientemente indicaciones que apuntan, en lo central, a introducir más competencia en la industria farmacéutica y mejorar el acceso a los medicamentos.

Entre otras medidas, se contempla conseguir mayor transparencia en los precios de los medicamentos; la apertura a los mercados internacionales y el incentivo al intercambio de medicamentos a través de la certificación de bioequivalencia y uso de la denominación común internacional. Asimismo, el proyecto vuelve a instalar en la discusión pública la venta directa en establecimientos de comercio de medicamentos que no requieren receta médica, que cumplan con las autorizaciones sanitarias establecidas. Cabe recordar que tras la Ley de Fármacos I, y luego de frustrase en el Congreso una propuesta similar del anterior gobierno del Presidente Piñera, los medicamentos sin receta pueden ser vendidos en góndolas, pero solo de farmacias.

Volver a impulsar los pilares centrales de esta iniciativa constituye un objetivo meritorio. Aumentar el número de oferentes -los que no serían sólo farmacias, sino también supermercados, negocios, gasolineras, entre otros-, redunda en más competencia en un sector concentrado, generando una incidencia directa en el precio de los fármacos, como está demostrado en experiencias internacionales (siendo probablemente mayor el impacto en comunas donde no hay o existen pocas farmacias). Así, se busca reducir el gasto de bolsillo de los chilenos en medicamentos, que es muy elevado en comparación con otras jurisdicciones, al tiempo que se amplía el acceso a los mismos al extenderse los canales de distribución. Se evita, además, la intermediación del vendedor, quien no necesariamente está alineado con las necesidades de salud del paciente.

Es un avance permitir que los medicamentos sin receta puedan ser vendidos no sólo en góndolas de farmacias, sino también en las de establecimientos comerciales, resguardando las condiciones sanitarias. La experiencia internacional así lo avala. Países desarrollados como Inglaterra, Francia, Estados Unidos y Canadá clasifican a sus medicamentos en categorías de acuerdo con el nivel de supervisión que requiere su venta: sólo con receta, supervisada por un farmacéutico y venta abierta en establecimientos comerciales de cualquier tipo (con los respectivos resguardos sanitarios).

Los detractores a esta medida sostienen que una venta más libre encierra el riesgo de una sobre medicación. Sin embargo, es un hecho que si la autoridad sanitaria consideró que no eran altamente riesgosos de producir adicción o intoxicación al autorizar su venta sin receta, dicho riesgo es bajo, y no debe olvidarse que tras la Ley de Fármacos I, ya pueden ser vendidos al público en góndolas de farmacias. Los reparos, en todo caso, no son insalvables; podrían incorporarse mayores resguardos y entregar información a los consumidores sobre su adecuado uso y dosificación.

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