Política

Ministro Larraín respalda nominación de Mera a la Suprema: “La valoración de un juez se debe realizar en forma global y no a partir de un fallo específico”

El titular de Justicia afirmó que "siempre será posible discrepar con fallos específicos o individuales de los jueces”. Además recalcó que el fallo de Los Queñes, donde Mera absolvió a funcionarios de Carabineros acusados de la muerte de dirigentes del FPMR, fue ratificado por la Corte de Rancagua y por la Corte Suprema.

Hernán Larraín

La mañana de este miércoles, sesionó la Comisión de Constitución del Senado e invitó al ministro de Justicia, Hernán Larraín, a exponer. ¿El motivo? Dar a conocer los antecedentes del nombre propuesto por el Presidente Sebastián Piñera para suceder a Hugo Dolmestch en su cargo en la Corte Suprema.

El elegido por el Mandatario fue el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera, nominación que ha recibido cuestionamientos desde la oposición, como el caso de algunos senadores que manifestaron que no respaldarán el nombramiento.

Los principales reparos dicen relación con un caso de derechos humanos y con fallos medioambientales en los que Mera tuvo participación. En el primer caso, se trata de la absolución de funcionarios de Carabineros en el caso Los Queñes, donde fueron asesinados los frentistas Cecilia Magni y Raúl Pellegrin, causa en la que Mera oficiaba como ministro en visita extraordinario.

En el segundo caso, al magistrado se le ha cuestionado por rechazos a recursos de protección presentados en la Corte de Valparaíso a causa de la crisis medioambiental de Quintero y Puchuncaví.

Justamente esta mañana el ministro Larraín se refirió a la trayectoria de Mera y a estos cuestionamientos en específico: “El Presidente de la República ha escogido como candidato al ministro Raúl Mera. Sus antecedentes personales, su trayectoria judicial, su compromiso por la tarea jurisdiccional, su conducta intachable, lo hacen merecedor de este nombramiento en forma indubitable”.

“Pensamos que en verdad su historial es de tal envergadura que no debería ser mayormente difícil lograr su aprobación en esta corporación”, sentenció el secretario de Estado.

Posteriormente señaló que “hemos podido apreciar en algunas publicaciones de prensa, las declaraciones que algunos dirigentes políticos han hecho que se oponen a su nombramiento”, haciendo referencia a los dichos de Heraldo Muñoz (PPD) y del senador Guido Girardi.

Al respecto indicó que “el mero análisis de las actuaciones que ha tenido un juez a lo largo de su trayectoria no puede ser considerado a raíz de un pronunciamiento específico o determinado, sino que debe ser visto como un todo, en su conjunto. Lo que estimamos se debe apreciar, es analizar la forma como ha fallado, la fundamentación de sus afirmaciones, la coherencia entre uno y otro dictamen, la independencia que se puede apreciar en sus actuaciones a través del tiempo, y por cierto, la probidad observada en el ejercicio de su función”

“Revisar un fallo determinado y rechazar su designación por no compartir su contenido, no pareciera ser el camino a seguir en momentos de tomar una decisión como la que debe tomar en su momento la Corte Suprema, el Presidente de la República o el propio Senado. Ello porque siempre será posible discrepar con fallos específicos o individuales de los jueces”, añadió Larraín.

Posteriormente sostuvo que “la valoración de un juez de debe realizar en forma global, y no a partir de un fallo específico o determinado. Asimismo, cabe tener presente la necesaria cautela que hay que tener para observar y asegurar la debida independencia de los jueces, ya que esta se puede ver afectada si es que los jueces advierten que sus designaciones van a depender de cómo fallan en casos determinados, lo cuál ciertamente va a distorsionar su obligación de administrar justicia en forma imparcial y objetiva”.

“Más aún, no se debe olvidar que quienes llegan a ser postulados para integrar la Corte Suprema desde la carrera judicial han dictado cientos, sino miles, de fallos a lo largo de los años. Dificulto que haya un juez que no tenga en sus registros fallos que no puedan merecer críticas posteriores. Se trata de seres humanos que deben ser evaluados por su trayectoria, no por alguna acción aislada”, agregó el titular de Justicia.

Caso Los Queñes y caso Almonacid

Luego de dar a conocer los antecedentes protocolares, Larraín se refirió específicamente al fallo del caso Los Queñes, el que ha sido el principal foco de controversia en la nominación.

Al respecto indicó que la absolución de los funcionarios policiales “fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Rancagua en julio de 2013. Luego, en octubre de 2014, la Corte Suprema desechó los recursos de casación entablados por los querellantes por una mayoría de votos que integraron los ministros Milton Juica, Lamberto Cisternas y Guillermo Silva, el actual presidente de la Corte Suprema”.

“Es decir, el fallo que como ministro en visita extraordinario dictó el ministro Mera fue avalado con posterioridad por los tres integrantes de la Corte de Apelaciones de Rancagua y por los ministros mencionados de la Corte Suprema, ratificando el criterio por él observado”, afirmó Larraín.

A continuación, Larraín abordó otro fallo en materia de derechos humanos en el que, de acuerdo al secretario de Estado, Mera recibió elogios por su sentencia: “En la misma Corte de Apelaciones de Rancagua, en el Caso Almonacid, redactó una sentencia que ha sido señera en materia de derechos humanos, cuando se trató de cumplir una sentencia emanada por la Corte Interamericana de Justicia”.

“La cuestión sometida a decisión de la Corte de Rancagua consistió en determinar cuál era la fuerza obligatoria de la sentencia expedida precisamente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos con fecha 26 de septiembre de 2006 en el caso denominado Almonacid Arellano y otros contra Chile, frente a la existencia de un sobreseimiento definitivo previamente dictado por la causa criminal que se instruye precisamente por la muerte del señor Almonacid”, sostuvo el ministro.

Finalmente señaló que “estamos frente a un fallo redactado por el ministro Mera, que en lugar de hacer un simple ‘cúmplase’ de la orden que le dio el tribunal, acogió la doctrina internacional de derechos humanos, en virtud de la cual los fallos pronunciados por la corte tienen prevalencia sobre el ordenamiento interno. Y es un fallo anticipatorio, porque han habido con posterioridad otros que han seguido ese camino. Mostrando así un compromiso con la doctrina internacional de los derechos humanos indiscutible”.

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