Bono clase media: SII crea mecanismo para que personas puedan rectificar o confirmar sus ingresos

SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS - SII - EXTERIOR - FACHADA - FRONTIS - ACRONIMO - DETALLE - VISTA GENERAL - TRANSPORTE PUBLICO - TAXI - PUBLICADA - La Tercera - 20160407 - SII - NEG - Temas - 04 Noviembre 2015. Fachada SII SII - Santiago - Region Metriopolitana - Chile - Andres Perez

A partir del 8 de agosto, la plataforma en la web del Servicio estará disponible para aclarar la situación. De todos modos, la Comisión de Economía del Senado citó para el viernes al ministro de Hacienda y al director del SII.


La solicitud del bono clase media tuvo más de un problema. La principal dificultad había sido al momento de declarar la renta que se ha recibido en julio, por lo que unos 200 mil postulantes dejaron la casilla en cero ($0), tal como estaba, lo que lo que hizo acceder a algunos beneficios, pese a que su ingreso real en aquel mes no había sido de cero pesos.

Ante estos problemas el gobierno había señalado que el Servicio de Impuestos Internos (SII) iba a contactar a las personas habían puesto ingreso cero para comprobar esos ingresos e incluso se dijo que los que no cumplieron con los requisitos tendrían que devolver esos dineros o bien arriesgaban pena de cárcel.

Para subsanar todo este problema, el SII salió a aclarar cómo será el mecanismo para que las personas que ya hicieron su solicitud del bono clase media puedan confirmar las remuneraciones de julio y así completar su proceso de postulación.

Este proceso no incluye a los trabajadores independientes, ni a los empresarios individuales ni a los trabajadores cesantes o suspendidos con acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, quienes no deberán realizar ninguna acción adicional a su solicitud.

De acuerdo al SII, se estableció un sistema de solicitud del aporte fiscal que confía en el ciudadano y le permite, bajo declaración jurada, alertándole de las consecuencias de entregar información no fidedigna, indicar los ingresos recibidos en el mes anterior (julio) a la solicitud.

Concretamente, de acuerdo a lo establecido en la Ley, a partir del 8 de agosto, estos contribuyentes deberán confirmar o completar la información de julio que declararon en su solicitud SII. Así, en el caso de los contribuyentes que por cualquier situación no informaron en forma fidedigna sus ingresos de julio, podrán modificar y completar su proceso de solicitud, o bien dejarla sin efecto.

El llamado del organismo

El director del Servicio de Impuestos Internos, Fernando Barraza, hizo un llamado a los contribuyentes que están en esta situación a “ingresar este fin de semana a revisar su solicitud, confirmarla, modificarla o anularla, según corresponda, entregando los antecedentes requeridos en la plataforma web del SII. De esta forma, podremos garantizar que quienes cumplan con los requisitos, puedan acceder oportunamente a este aporte tan necesario en estos momentos”. Además, el trabajador dependiente que en julio no haya tenido remuneración o que esta se haya visto disminuida, deberá identificar a su último empleador con su RUT.

Para aclarar el problema, la Comisión de Economía de la Cámara de Senado citó para este viernes al ministro de Hacienda, Ignacio Briones junto al director del SII, Fernando Barraza.

La senadora Ximena Rincón (DC) sostuvo que “alguien debe, primero, asumir responsabilidades y, después, entregar soluciones inmediatas para las familias. No amenazar con cárcel a 200 mil chilenos que se vieron afectados por este error en una plataforma que funcionaría con sólo un clic”, aseveró la parlamentaria.

El procedimiento constará de los siguientes pasos:

• El SII comunicará, por correo electrónico, a aquellos contribuyentes que deben completar su solicitud, detallando paso a paso cómo realizar el trámite.

• Una vez recibido este correo, a partir del sábado 8 de agosto el contribuyente podrá confirmar sus ingresos de julio, o bien anular su solicitud, a través de la opción disponible en www.sii.cl

• Si debe completar sus remuneraciones de julio, debe escoger la opción modificar e ingresar en la celda editable el monto tributable correspondiente, es decir, sueldo bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

• En caso que haya acordado con su empleador una disminución de su remuneración de julio, el contribuyente también debe ingresar el monto tributable recibido, es decir el valor bruto menos las cotizaciones previsionales y antes de aplicar impuestos, y no el monto líquido o pago final (sueldo tributable).

• Una vez indicados correctamente sus ingresos o remuneraciones, el sistema realizará el nuevo cálculo para determinar el acceso al Aporte Fiscal. Si el ingreso del mes de julio registra una disminución del 30% o más, el sistema le indicará el monto del bono al que puede acceder, propuesta que puede aceptar y enviar, junto con elegir la forma de pago de su preferencia.

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