¿Justicia ciega? Estudio indagó en cómo el lenguaje, las emociones y la intencionalidad influyen en jueces y abogados

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Investigación publicada en Humanities and Social Sciences Communications de Nature Publishing en septiembre de este año, y en la que participó investigador de la U. Adolfo Ibáñez, indica que los daños intencionales, en comparación con los daños accidentales idénticos, se castigan con mayor severidad, se consideran moralmente peores y se considera que inducen un daño mayor.


La diosa griega de la justicia era representada con los ojos vendados, el símbolo de no tratar a los amigos o conocidos de manera diferente a los extraños, o a los ricos mejor que a los pobres.

Pero los jueces, al igual que el resto de las personas, utilizan su conocimiento y expectativas en la toma de decisiones judiciales.

¿Qué sesgos pueden existir en jueces o abogados al juzgar moralmente acciones criminales? ¿Qué tan imparciales son? Esas fueron las pregunta que planteó el estudio The impact of legal expertise on moral decision-making biases publicado en la revista Humanities and Social Sciences Communications de Nature Publishing en septiembre de este año.

Investigadores de Colombia, Argentina y Chile, exploraron la toma de decisiones morales en 45 jueces penales, 60 abogados penales y 64 controles (personas sin conocimiento experto en leyes), enfocándose en la evaluación moral, la asignación de castigo y la estimación del daño sufrido por acciones dirigidas a terceros.

Agustín Ibáñez, investigador del Centro de Neurociencias y de la Escuela de Psicología de la U. Adolfo Ibáñez, explica que buscaron responder a la pregunta de si los jueces y abogados están libres de sesgos al juzgar moralmente las acciones criminales.

Diosa griega de la justicia de los ojos vendados, el símbolo de no tratar a los amigos o conocidos de manera diferente a los extraños, o a los ricos mejor que a los pobres. REUTERS.

“Las neurociencias cognitivas y otros enfoques del comportamiento han evidenciado que la toma de decisiones, especialmente cuando involucran juicios morales, son influenciadas de forma inconsciente por diversos factores”, Ibáñez aclara.

Sesgos

Existen tres fuentes de sesgos conocidos, indica Ibáñez. Está la intencionalidad, es decir juzgamos las acciones criminales de otros principalmente en base a la intencionalidad del agresor, si el daño se generó a propósito o por accidente. Sin embargo, “la forma en que se evalúa moralmente una acción intencional o accidental en los contextos legales no es bien conocida”.

Está también el impacto emocional. Si se usa un lenguaje grotesco para describir la acción de daño, dice el investigador, la evaluación moral tiende a ser más severa y presentar más castigo para el agresor.

Además, está presente la reactividad fisiológica. Es lo que ocurre, dice, cuando una descripción de un acto criminal nos activa emocionalmente y produce cambios fisiológicos, como, por ejemplo, aceleración del ritmo cardiaco, y “tendemos a emitir juicios morales más severos”.

La investigación analizó esos tres sesgos en una tarea de toma de decisiones morales, en escenarios basados en textos en los que un personaje inflige daño a una víctima. Lo vieron en jueces penales, abogados penales y controles (personas sin conocimiento experto en leyes).

Evaluaron la influencia de la información sobre el estado mental del perpetrador, por ejemplo, si el daño se cometió intencional o accidentalmente, el uso de lenguaje utilizado para describir el daño, si exageraba o no la descripción con adjetivos grotescos, y se comparó con los propios estados fisiológicos (por ejemplo, el ritmo cardiaco), en la toma de decisiones morales en conductas criminales hipotéticas.

Se les pidió a los participantes que juzgaran qué tan moralmente incorrecta era la transgresión del protagonista, utilizando una escala del 1 (completamente buena) a 9 (completamente incorrecta). En promedio, los jueces habían trabajado en derecho penal durante 19 años, mientras que los abogados tenían 13 años de experiencia como litigantes en el campo.

¿Los resultados? En comparación con los controles, las decisiones de los jueces y abogados se vieron menos afectadas por la manipulación del lenguaje o por el uso de descripciones grotescas. Además, proporcionaron evaluaciones más acertadas sobre el estado mental del transgresor y fueron más justos al castigar las acciones de daño accidental.

En los controles, el impacto emocional mediante la manipulación del lenguaje o el uso de descripciones grotescas del delito generó sesgos decisionales produciendo juicios morales más severos: un mismo acto criminal fue juzgado moralmente como mucho más malo, cuando él mismo era narrado usando un lenguaje grotesco. Esa manipulación no afectó las decisiones de los jueces y abogados.

“La experticia legal adquirida durante años de profesión puede ayudar a suprimir el impacto de tales sesgos inconscientes”, explica Ibáñez.

Efecto magnificación del daño

Pero hubo un aspecto en que la imparcialidad no fue tan clara. No fueron inmunes al “efecto de magnificación del daño”, es decir, sobreestimaron la magnitud del daño causado intencionalmente. En todos los grupos y condiciones los participantes consideraron los daños intencionales como moralmente peores que los accidentales, recibieron castigos más duros y se consideraron más dañinos.

¿Qué quiere decir eso? Ibáñez explica que frente a una misma situación, al igual que quienes no eran expertos en temas de justicia (controles), los expertos legales sobreestimaron la magnitud del daño cuando esta era causado intencionalmente, en comparación a cuando fue causado accidentalmente.

Todos los participantes juzgaron que el daño de una acción fue mayor cuando esta fue considerada intencional (hecha a propósito) que cuando fue considerada accidental, a pesar de que en ambas situaciones el daño concreto era el mismo.

Dicho de otro modo, el investigador detalla que “todos los participantes juzgaron que el daño de una acción fue mayor cuando esta fue considerada intencional (hecha a propósito) que cuando fue considerada accidental, a pesar de que en ambas situaciones el daño concreto era el mismo”.

Específicamente, los daños intencionales, en comparación con los daños accidentales idénticos, se castigan con mayor severidad, se consideran moralmente peores y se considera que inducen un daño mayor.

Este resultado muestra que los expertos legales no pudieron evitar este sesgo. Ello podría impactar en múltiples aspectos de los procesos judiciales, explica Ibáñez, tanto en la evaluación de la evidencia como en las decisiones respecto a las sentencias.

Eso podría entenderse porque en comparación con los daños accidentales, los daños intencionales pueden resultar en pérdidas subjetivas más importantes, como dolor, sufrimiento o angustia emocional para la víctima. Así, el efecto de aumento del daño puede inflar las sentencias legales.

“Nuestros resultados evidencian la necesidad de abordar y evaluar de forma sistemática la presencia de estos sesgos en la práctica legal, mediante mediciones sistemáticas, y programas de instrucción y corrección de sesgos en el ámbito penal”, indica Ibáñez.

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