Los argumentos de la ANFP para frenar el reclamo de Unión Española e Iquique para seguir en Primera
En Quilín reaccionan a la interpretación reglamentaria que les da esperanzas a hispanos y Dragones Celestes.
Unión Española y Deportes Iquique sentenciaron el descenso a Primera B. En ambos casos, la caída responde a paupérrimos rendimientos deportivos durante todo el año. Sus hinchas sufren. Las muestras de pesar una vez materializado el adiós a la categoría de honor resultaron, en ambos casos, sobrecogedores.
Esta semana, sin embargo, en Independencia y en el norte surgió una luz de esperanza. Una interpretación reglamentaria llevó a ambos clubes a iniciar acciones en el plano jurídico para evitar la catástrofe.
Los argumentos de la ANFP para frenar el reclamo de Unión Española e Iquique para seguir en Primera
Como explicó El Deportivo, el origen del reclamo es la contradicción entre las bases de la Primera División y el respectivo reglamento. En el segundo se mantuvo, por error, una disposición que data desde el estallido social, que establece el descenso a través del promedio de los últimos tres torneos. La postura de ambos clubes ya fue oficializada.
En Quilín se remiten a la formalidad y, en ese sentido, sostienen que atenderán la petición realizada por ambas entidades. Es decir, que la revisarán. Sin embargo, la ANFP tiene una interpretación distinta: que los estatutos del fútbol chileno, que fueron aprobados el 2023, están por sobre el reglamento y las bases. En ese documento se establece que la liga se disputará con 16 equipos, y no con 20, como señala el reglamento.
“El cambio de los estatutos deroga varios aspectos del reglamento, el cual ya se aprobó. Todo ese reglamento estaba en reestructuración de acuerdo a los nuevos estatutos que están por sobre el reglamento. Además, las bases fueron aprobadas por unanimidad, y definen que descienden el 15 y 16 de la tabla de posiciones”, afirman en Peñalolén.
“Por otro lado, las bases están por sobre los aspectos deportivos y específicos que incluso no contemplen ni los estatutos y/o el reglamento, por el principio de especificidad”, rematan.
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