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Declaran alerta ambiental para este miércoles en la RM: revisa la restricción vehicular

La medida fue adoptada por la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana producto de las adversas condiciones de ventilación previstas para la cuenca de Santiago.

Foto: Andres Perez. Andres Perez

Producto de las adversas condiciones de ventilación previstas para la cuenca de Santiago, la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana decidió declarar alerta ambiental para este miércoles 13 de agosto.

Esto, por recomendación de la Seremi del Medio Ambiente y con el fin de resguardar la salud de los habitantes de la región.

Según se informó, en términos meteorológicos este martes se observó régimen anticiclónico debilitado en superficie y flujo zonal en altura.

Respecto de la calidad del aire, las estaciones de la Red de Monitoreo del Ministerio del Medio Ambiente, se mantuvieron en rangos regular y bueno.

Para este miércoles, la Dirección Meteorológica prevé aire cálido en altura, “dando paso a circulación ciclónica en superficie y dorsal en altura. Se esperan temperaturas entre 6°C y 24°C, no existiendo probabilidad de advección costera hacia la cuenca de la Región Metropolitana.”.

Las autoridades llamaron a respetar las medidas decretadas con este episodio, especialmente la prohibición de encender calefactores a leña y derivados de la madera (excepto pellets) en toda la Región Metropolitana. Asimismo, recordaron que las quemas agrícolas están prohibidas en toda la RM hasta el 31 de octubre.

Restricción vehicular

Respecto de la restricción vehicular, no podrán circular este miércoles -en la provincia de Santiago, además de San Bernardo y Puente Alto-los automóviles con sello verde anteriores a septiembre de 2011 cuyas patentes terminen en 0 y 1.

En tanto, tienen prohibición de salir a la calle los vehículos sin sello verde con patentes finalizadas en 0, 1, 2 y 3. Esta medida rige fuera del Anillo Américo Vespucio, en la Provincia de Santiago, además de San Bernardo y Puente Alto.

La medida aplica además a las motocicletas con placas terminadas en 0 y 1 y para el transporte de carga (incluidas camionetas) sin sello verde con patentes finalizadas en 0, 1, 2 y 3.

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