Fiscalía acusa golpe tras revés en caso ProCultura y apunta a “exceso de garantismo de juez”
En el Ministerio Público esperan que la Corte de Apelaciones de Santiago revierta el escenario, aunque en el intertanto seguirán con diligencias. Sobre el resultado, insisten en que había elementos suficientes para acreditar los hechos imputados, de lo contrario -aseguran- no habrían obtenido las órdenes de detención.
Desde que se abrió la indagación vinculada a presuntos delitos de fraude al Fisco en la adjudicación y ejecución de convenios por parte de la Fundación ProCultura en distintas regiones del país, el Ministerio Público ha enfrentado distintos traspiés.
Hubo cambio de fiscales, se reprochó la legalidad de ciertas diligencias -como el pinchazo del teléfono de Josefina Huneeus- y también persecutores han recibido la negativa para ejecutar ciertas medidas intrusivas por parte de tribunales.
Pero no esperaban un nuevo revés, menos en la etapa de formalización de la causa. Este martes, el juez Patricio Álvarez sostuvo que la Fiscalía no logró acreditar la existencia de los delitos que se imputaron a Alberto Larraín, María Constanza Gómez, María Teresa Abusleme, Evelyn Magdaleno y Gabriel Prado, rechazando decretar su prisión preventiva.
Según sostuvo el magistrado del Séptimo Juzgado de Garantía, el Ministerio Público habría presentado antecedentes contradictorios, no logrando probar que los imputados mantenían ánimo y concierto para defraudar al Fisco, elemento central de la imputación de los fiscales.
El golpe fue duro. Eso sí, el desarrollo de las distintas jornadas fue dando ciertas luces de lo que podría ocurrir. Sabían que no estaba garantizado “el triunfo” y que había una posibilidad cierta de derrota.
Conocían, además, el perfil del juez Álvarez, por lo que su fallo no fue del todo sorpresivo. Durante la audiencia, además, percibieron una predisposición a no considerar seriamente los argumentos de los querellantes institucionales, como el Consejo de Defensa del Estado (CDE), y que fueron vistos casi como un trámite.
Al interior de la Fiscalía interpretan que se trata de un juez complejo para el Ministerio Público. Recuerdan que en otras ocasiones ha rechazado diligencias relevantes, como el alzamiento del secreto bancario en una causa importante vinculada a la diputada Karol Cariola, hoy senadora. En ese sentido, lo consideran parte del grupo de jueces más duros del Séptimo Juzgado de Garantía, con un perfil garantista, pero —según ellos— garantista con cierto tipo de imputados.
En la Fiscalía existe la convicción de que, si los imputados hubieran tenido otra vinculación o afiliación política, el resultado habría sido distinto.
Fuentes consultadas por este medio creen que el juez se equivoca al sostener que no existen presupuestos materiales del delito, porque en el caso del fraude al Fisco no es necesario, en esta etapa procesal, demostrar que los imputados se quedaron con el dinero. Bastaba, recalcan, con acreditar su uso indebido, mal uso o incluso su inversión, para configurar el delito. Como ocurre en el caso que afecta a Cathy Barriga, por ejemplo.
Respecto de la participación, dicen que es inverosímil que se plantee siquiera esta discusión, ya que si una ONG se adjudica un convenio y los fondos se destinan a otros fines, como lo son fondos mutuos, lo lógico es pensar que los responsables son quienes están a cargo. Por eso consideran que el juez actuó de manera parcial y confían en que la Corte de Apelaciones revertirá la decisión.
En la Fiscalía entienden que la prisión preventiva no debe aplicarse automáticamente en todos los casos, pero sostienen que este sí reviste gravedad. Recuerdan que la jueza Carla Capello estimó que existían antecedentes suficientes para ordenar detenciones, lo que refuerza su postura. Afirman, en ese sentido, que no es comprensible que con sólo cinco días de diferencia, el criterio del mismo tribunal hubiese variado tanto.
Con todo, en la Fiscalía asumen que la investigación ha tenido falencias y “ripios”, pero lo explican en parte por decisiones políticas que, a su juicio, terminan influyendo en resoluciones judiciales, como ocurrió —según ellos— cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta cuestionó al fiscal Patricio Cooper.
Otro punto que les llamó la atención fue la rapidez del fallo: después de cuatro jornadas de audiencia, el juez resolvió en apenas 15 minutos, lo que les pareció extraño para una decisión de esta magnitud. Lo lógico, sostienen desde el Ministerio Público, era que al término de las réplicas, suspendiera la audiencia, y comunicara su decisión al día siguiente, o que al menos hubiese hecho un receso.
Además, consideran contradictorio que el juez haya afirmado que no estaban acreditados los presupuestos materiales ni la participación, y aun así decretara una medida cautelar. Desde la perspectiva del ente persecutor, si realmente no existían esos antecedentes, lo lógico habría sido dejar a los imputados sin ninguna medida. Las cautelares, incluso las menos gravosas, se dictan cuando el tribunal da por acreditados los hechos y la participación.
Por eso, estiman incoherente que, tras una fuerte crítica a la investigación, igualmente haya impuesto una medida cautelar, aunque fuera la más leve.
Como sea, la idea que se repite por estos días en el Ministerio Público es que estas investigaciones y procesos son largos, por lo que queda mucho paño por cortar.
“Las causas complejas no se resuelven en una audiencia”, dijo escuetamente el fiscal regional de Antofagasta Juan Castro Bekios a La Tercera.
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