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Detenido y alegando demencia: lo último que se sabe del chileno detenido en Brasil por racismo a casi 3 meses del suceso

Germán Naranjo, exgerente comercial de la pesquera Landes, lleva más de dos meses detenido en Brasil tras emitiri dichos racistas y homofóbicos en un vuelo entre Sao Paulo y Frankfurt. La investigación de su caso sigue en manos de la justicia brasileña.

Centro de Detención Provisional II.

Fruto de sus acciones, de un momento a otro la vida de Germán Naranjo Maldini, exgerente comercial de la empresa pesquera Landes, cambió. A mediados de mayo de este año viajaba desde Sao Paulo, Brasil, a Frankfurt, Alemania, en el vuelo LA8070 de Latam, cuando comenzó a emitir insultos racistas y homofóbicos a un trabajador de la aerolínea.

Debido a la gravedad de lo ocurrido, Naranjo fue detenido por autoridades en Brasil, marcando el comienzo de una situación judicial que se aproxima a cumplir tres meses, con el empresario aún detenido en Brasil.

Desde Cancillería apoyaron el caso inicialmente, pero sostienen que ya pasó a los Tribunales de Justicia en Brasil, siendo responsabilidad de su abogado y familia en este momento. El Consulado no puede involucrarse en un proceso judicial.

Sí están facultados para hacerle seguimiento, asesorías, ver si él o su familia necesitan algo y si es así apoyar en lo que se pueda y sea necesario. Sin embargo, señalan que no ha sido solicitado.

A la espera de la resolución del caso, Naranjo está desde el domingo 10 de mayo detenido en la comisaría del aeropuerto de Guarulhos, ubicada en las afueras de Sao Paulo, en el distrito de Várzea do Palácio y Cumbica, donde está ubicado el Centro de Detención Provisional II.

Los últimos antecedentes dados a conocer por ExAnte indican que la defensa de Naranjo habría solicitado suspender momentáneamente la investigación argumentando que tendría demencia, de conformidad con el artículo 149, caput, del Código de Procedimiento Penal (CPP) de Brasil.

Debido a lo anterior, Naranjo ahora deberá realizarse los exámenes correspondientes, bajo el argumento de que lo sucedido habría sido bajo un “episódio sicótico”, además de considerar el historial de alcoholismo, amnesia, pérdida de conciencia y diagnósticos psiquiátricos.

El presente de Naranjo

María Lorena Rossel, abogada y académica de Derecho Internacional de Universidad de Las Américas, conoce el caso. Sostiene que es necesario tener presente que Naranjo no está siendo investigado únicamente por expresiones discriminatorias.

“El Ministerio Público Federal de Brasil formuló una denuncia por cinco delitos: poner en peligro la seguridad del transporte aéreo al intentar abrir la puerta del avión; injuria racial por los insultos discriminatorias contra la tripulación; amenazas contra funcionarios de la Policía Federal; desacato; y resistencia a la autoridad por resistirse al arresto”, indica Rossel.

Respecto de la injuria racial, desde 2023 se equiparó al delito de racismo y se tipificó una pena de 2 a 5 años de reclusión, sin derecho a fianza e imprescriptible. Se describe como insultar a alguien, ofendiendo su dignidad o decoro, por motivos de raza, color, etnia u origen nacional.

La causa ya superó la etapa inicial de investigación policial. Con la presentación de la denuncia por parte del Ministerio Público Federal, el procedimiento ingresó a una fase judicial en la que el juez debe controlar la acusación y continuar con la producción de prueba antes de dictar sentencia. Eso, claro, a la espera de la reciente solicitud de su defensa que suspendió momentáneamente la investigación.

Durante la primera etapa de investigación, la Policía Federal realizó tareas de rutina, tales como reunir y resguardar dispositivos, tomar declaraciones de testigos presenciales y documentar las características del acusado.

“La investigación reveló que Naranjo había proferido insultos en múltiples momentos y contra múltiples personas: primero en la sala VIP del aeropuerto, luego en el vuelo, y luego nuevamente contra los agentes de policía cuando fue detenido”, explica Rossel.

El Ministerio Público Federal formalizó posteriormente la denuncia tipificando los cinco delitos diferenciados, presentando una estructura acusatoria que fragmenta la conducta reiterada de Naranjo en múltiples figuras típicas para maximizar la exposición penal.

Germán Naranjo.

“Con el recibimiento de la denuncia, Naranjo adquirió formalmente la condición de réu -reo en español- en proceso penal federal, con lo que se inició la etapa de acusación propiamente dicha“, añade la abogada.

Hasta antes de lo pedido por su abogado, Naranjo se encontraba en la etapa de instrucción penal, fase donde ocurre la producción probatoria destinada a esclarecer los hechos. "Esta etapa es determinante porque consolida los fundamentos sobre los cuales versarán posteriormente las alegaciones finales de ambas partes”, dice la abogada.

Duración del proceso

El tiempo que tome todo dependerá de la complejidad de la prueba, de los recursos que interpongan las partes y de las diligencias pendientes, pero tratándose de un imputado privado de libertad, el sistema brasileño procura otorgar una tramitación relativamente expedita.

“Se proyecta durará entre cuatro a seis meses e incluye actos procesales complejos e inevitables”, señala Rossel.

Completada la instrucción, las partes presentan alegaciones finales durante uno a dos meses, tras lo cual el juez federal dispone de 30 a 60 días para dictar sentencia de primera instancia, lo que se proyecta aproximadamente entre febrero y abril de 2027, momento en que habrán transcurrido aproximadamente dos años desde la detención inicial.

Imagen referencial. Chad Slattery

Adicionalmente existe una posibilidad remota de recurso especial ante el Superior Tribunal de Justicia, que consumiría seis a doce meses adicionales. En conclusión, la duración total estimada del proceso se proyecta entre 24 a 36 meses.

Sin embargo, si la defensa lograra negociar un acuerdo reparatorio conforme a mecanismos de consenso procesal disponibles en Brasil, ”se podrían reducir los plazos”, señala Rossel.

Pena en Chile

Conforme al Código Procesal Penal chileno y al Decreto Ley 321 de 1925 que regula traslado de condenados, Chile posee un marco legal que permite recibir a ciudadanos chilenos condenados en el extranjero para cumplir sus penas en territorio nacional.

Jurídicamente existen instrumentos válidos que permitirían a Naranjo solicitar traslado una vez que se dicte sentencia condenatoria ejecutoriada en Brasil”, indica Rossel.

Sin embargo, aunque jurídicamente Chile podría aceptar el traslado, el obstáculo reside en que Brasil debe consentir la salida del condenado. “El Código Procesal Penal chileno permite recibir condenados, pero no puede obligar a Brasil a entregarlos”, resume la profesional.

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