¿Se inhabilitará Allamand en la acusación contra Cubillos?: lo que dice la ley sobre el escenario que enfrenta el senador

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La Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y el Reglamento del Senado abordan posibles causales para que un parlamentario no pueda participar en una votación en caso de que haya ciertos vínculos de parentesco. Sin embargo, ambos cuerpos explicitan como una de las excepciones los casos que sean de exclusiva atribución de la Cámara Alta, como es pronunciarse por un libelo acusatorio.


Esta semana la acusación constitucional impulsada por la oposición en contra de la ministra de Educación, Marcela Cubillos, dio un nuevo paso en el Congreso. El martes, la Cámara de Diputados dio cuenta del libelo, iniciando la cuenta regresiva en el proceso que busca la destitución de la secretaria de Estado por -según los fundamentos del escrito- vulnerar la Constitución y distintas leyes de la República.

Aunque el proceso es largo y recién esta semana se resolvió el nombre de los cinco diputados que analizará el libelo, las miradas ya están puestas en el Senado, que debe actuar como jurado en una acusación constitucional y resolver finalmente el destino de la ministra Cubillos.

El debate se instaló tempranamente considerando -entre otras cosas- que precisamente en la Cámara Alta se desempeña como senador de Renovación Nacional (RN) el exministro de Defensa y esposo de Cubillos, Andrés Allamand.

La pregunta que ronda entonces es si el parlamentario se inhabilitará o no el día en que el Senado vote la acusación.

De momento, Allamand ha señalado que "la ley es lo suficientemente clara y, efectivamente, hay un proceso de discernimiento que yo lo voy a hacer oportunamente".

Y desde la oposición tomaron distancia hoy sobre una eventual arremetida para pedir la inhabilidad, asegurando que se trata de una "decisión personal" del legislador. 

¿Pero qué dicen los cuerpos legales sobre una situación de esta naturaleza?:

Efectivamente, tanto el artículo 5B de la Ley Orgánica Constitucional (LOC) como el reglamento del Senado posibilitan al senador para no inhabilitarse a la hora de votar la acusación contra Cubillos.

El artículo 5B de la Ley Orgánica Constitucional (LOC) del Congreso Nacional plantea lo siguiente: "Los miembros de cada una de las Cámaras no podrán promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos o a sus cónyuges, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellas, o las personas mencionadas, tengan en el asunto".

Sin embargo, en el párrafo siguiente se detallan una serie de excepciones: "No regirá este impedimento en asuntos de índole general que interesen al gremio, profesión, industria o comercio a que pertenezcan, en elecciones o en aquellas materias que importen el ejercicio de alguna de las atribuciones exclusivas de la respectiva Cámara". La actuación del Senado como juez en una acusación constitucional es, precisamente, una atribución exclusiva de la Cámara Alta.

En el caso del Reglamento del Senado, el punto se aborda en su artículo 8, con una redacción muy similar a la de la LOC que rige al Congreso: "No podrán los Senadores promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos, sus ascendientes, sus descendientes, su cónyuge, sus colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, ambos inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción. Con todo, podrán participar en el debate advirtiendo previamente el interés que ellos, o las personas mencionadas, tengan en el asunto", señala, para agregar luego que "no regirá este impedimento en negocios de índole general que interesen al gremio, profesión, industria o comercio a que pertenezcan, en elecciones, o en aquellos asuntos de que trata el Título XII de este Reglamento".

Dicho acápite, titulado "Atribuciones exclusivas del Senado", establece en su párrafo 1 que entre las prerrogativas están las "acusaciones que entable la Cámara de Diputados". Esto implica, en síntesis, que la eventual inhabilidad por parentesco no rige en el caso de la acusación constitucional, y, por ende, Allamand puede votar sin problemas, sin perjuicio de que la persona acusada sea su esposa.

Con todo, un factor a considerar es que el quórum para aprobar una acusación constitucional es de la mayoría absoluta de los miembros en ejercicio del Senado. Es decir, se requiere que 22 legisladores voten a favor, y la cifra no varía dependiendo de los parlamentarios que participen en la votación, por lo que Allamand podría no participar sin que esto alterara el resultado.

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