¿El regreso del FUT?: expertos analizan el nuevo registro que tendrá el sistema tributario reintegrado
La megarreforma reintegra el sistema tributario, por lo que de manera gradual se elimina la obligación de restitución del 35% del crédito por Impuesto de primera categoría vigente desde 2014 para contribuyentes del régimen semiintegrado.
El corazón de la megarreforma salió intacto en la discusión por el Congreso. En lo central, reduce el impuesto a las empresas desde el 27% al 23% junto con volver a la integración completa del sistema impositivo volviendo a lo que existía antes del 2014.
En la reforma tributaria de 2014, bajo el segundo gobierno de Michelle Bachelet, Chile pasó de un sistema impositivo integrado a uno semiintegrado. En la práctica, implica que las empresas pagan un impuesto de Primera Categoría de 27%, pero al momento de retirar utilidades, los dueños solo pueden utilizar una parte (65%) de ese tributo como crédito contra sus impuestos personales, debiendo “restituir” o pagar el saldo.
Ahora, con este cambio, se elimina la obligación de restitución del 35% del crédito por Impuesto de primera categoría vigente desde 2014 para contribuyentes del régimen semiintegrado. A partir de 2029, el 100% del Impuesto de primera categoría pagado por la empresa será imputable el Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional.
Con la reintegración total del sistema se deberá crear un registro para llevar la contabilidad de esos ingresos. Antes de la reforma del 2014 para esos efectos estaba el Fondo de Utilidades Tributarias (FUT), que era un registro contable y tributario utilizado en Chile por las empresas sujetas al impuesto de Primera Categoría.
Esa reforma lo cerró y reemplazó por los registros Rentas Afectas a Impuesto (RAI), Registro de Rentas Exentas (REX) y Registro Saldo Acumulado de Créditos (SAC).
Ahora, con esta reintegración habrá nuevamente un registro similar al FUT. Ximena Niño, senior advisor de Tax & Legal en Deloitte, explica que el principal cambio se producirá a nivel del registro de control de los créditos denominado SAC (Saldo Acumulado de Créditos), puesto que el proceso gradual de integración incidirá en los créditos que se asignarán a los repartos de utilidades. “Al quedar integrado el sistema a contar del año 2029, los créditos que se incorporarán al Registro SAC (Saldo Acumulado de Créditos) serán sin la llamada restitución, es decir, el crédito que se incorpora al registro será 100% utilizable contra los impuestos finales”, señala la experta.
Niño sostiene que “en el año comercial 2027 la restitución será de un 30%, lo que implica que el crédito contra impuestos finales ascenderá a un 70%; en el año 2028 la restitución será de un 20% con un crédito de 80%; y a contar del año 2029 ya no habrá restitución y el crédito será de un 100%”.
La experta precisa que “el proyecto también establece que el protocolo de uso de créditos será en el siguiente orden: primero se deben consumir los créditos acumulados al año 2026, luego los de 2027, luego 2028, y con posterioridad los generados a contar del año 2029. Como puede apreciarse, con la gradualidad incorporada será necesario controlar créditos con distintos atributos”.
Loreto Pelegrí, socia del Área Legal y Tributaria de PwC Chile, puntualiza que “el registro del nuevo sistema integrado me parece una herramienta necesaria desde el punto de vista técnico, porque la integración requiere identificar con precisión las utilidades acumuladas, los créditos asociados y su posterior distribución a los propietarios”.
Asimismo, considera que “por razones de simplicidad y certeza jurídica, el registro debería mantener la mayor continuidad posible con los mecanismos ya conocidos y utilizados por los contribuyentes, evitando crear nuevas complejidades administrativas innecesarias”.
¿Similar al FUT?
Para Niño existen diferencias solo de forma y no de fondo entre el sistema integrado que se propone y el FUT. La experta sostiene que “las diferencias de forma es porque en el FUT tanto las utilidades como los créditos se controlaban por años de generación y/o percepción y se asignaban por estricta antigüedad, es decir, primero se distribuían las más antiguas y luego las más nuevas, de manera que los saldos de utilidades que quedaban con cada reparto eran las de los años más recientes”.
Aclara que las diferencias no son de “fondo” porque “tanto en el FUT como en el sistema integrado y también en el actual semi integrado, las utilidades tributan de la misma forma, devengadas en la empresa y con impuestos finales cuando sean distribuidas o retiradas por los socios o accionistas”.
Pelegrí apunta a que “existe una similitud conceptual importante con el antiguo FUT, ya que vuelve a existir un mecanismo de control de utilidades acumuladas pendientes de tributación final. De hecho, desde una perspectiva práctica, me parece razonable que el registro sea sustancialmente el mismo, porque la lógica económica que busca controlar es idéntica: determinar qué utilidades han tributado, cuáles permanecen invertidas y qué créditos pueden asociarse a futuras distribuciones”.
Antonio Guzmán, socio de Consultoría Tributaria, Tax & Legal KPMG Chile, menciona que existe una similitud, puesto que “se fundamentan en un sistema de integración plena entre el Impuesto de Primera Categoría y los Impuestos Finales. Sin embargo, no corresponde asimilarlo al FUT histórico, porque el nuevo régimen opera sobre la base de registros empresariales distintos y no comprende ciertos mecanismos de diferimiento como reinversión o retiros en exceso”.
Mientras que Javier Jaque, socio Líder de CCL Auditores Consultores, apunta que “con estos nuevos ajustes puede parecerse un poco más al FUT, porque va a tener que imputarse cuando se generen utilidades a contar del año 2029 sin restitución, hacer un orden de imputación a las utilidades anteriores con el objeto de absorber primero aquellas que tenían restitución, por lo tanto, va a ser una imputación similar a ir a las más antiguas, equivalente a lo del FUT”.
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La mayoría no entiende el debate por el impuesto a las empresas. El resto lee La Tercera.
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