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Los detalles de la apelación que presentó la abogada que demandó a Juan Pablo Hermosilla por agresión física

En las próximas semanas, la Corte de Apelaciones de Santiago debe resolver si acoge o rechaza el recurso de nulidad presentado por la abogada María de Los Ángeles Barros, quien impugnó la sentencia del 2° Juzgado Laboral de Santiago que desestimó su demanda por despido injustificado y agresión física contra su jefe, el abogado Juan Pablo Hermosilla.

El abogado Juan Pablo Hermosilla en audiencia de formalización de imputados del caso Audio en el 4° Juzgado de Garantía de Santiago. Foto: Dragomir Yankovic / Aton Chile. DRAGOMIR YANKOVIC/ATON CHILE

Hace dos semanas, la Corte de Apelaciones escuchó los alegatos del recurso de nulidad presentado por la abogada María de Los Ángeles Barros, en contra de la sentencia del 2° Juzgado Laboral de Santiago, que desestimó su demanda por despido injustificado y agresión física contra el abogado Juan Pablo Hermosilla.

En su escrito, la abogada, egresada de la Universidad Adolfo Ibáñez (UAI) y especialista en delitos sexuales, solicitó al tribunal de alzada que aplicara “la perspectiva de género en la función judicial”. Argumentó que en casos que involucran violencia de género, esta debe ser entendida como una forma de discriminación, y destacó que es responsabilidad del Estado actuar con la debida diligencia para prevenir tales violencias. Esto incluye investigar los actos denunciados, enjuiciar a los perpetradores, sean o no agentes del Estado, y garantizar protección y reparación para las víctimas.

El 22 de junio de 2023, Barros demandó al estudio Asesorías Hermosilla y Compañía Ltda., donde trabajó desde el 21 de abril de 2020 hasta el 13 de marzo de 2023 y solicitó una indemnización de $100 millones. En su demanda, denunció la vulneración de varios derechos fundamentales y pidió el pago de prestaciones e indemnización por daño moral. La abogada menciona la violación de su derecho a la integridad física y psíquica, a la honra, a la no discriminación y a la libertad de trabajo. Lo más relevante de la demanda es que Barros acusó a su jefe de agredirla físicamente el 14 de diciembre de 2022 en medio de un viaje de trabajo desde Santiago Viña del Mar en el que Hermosilla le habría dado golpes con la mano en la cabeza a la abogada.

El caso es que en su sentencia de primera instancia la jueza laboral Germaine Petit-Laurent Eliciery si bien declaró que la trabajadora había sido golpeada, consideró que no se vulneraron sus derechos laborales y desestimó el pago de una indemnización acorde al daño infringido.

Barros explicó a Pulso que “la principal razón por la que decidí recurrir a la Corte de Apelaciones fue porque es inaceptable que se normalice la violencia. La jueza señala en su fallo que Juan Pablo Hermosilla me golpeo pero que no constituye una vulneración porque era propio de la relación de confianza y trato coloquial que existía con mi jefatura”.

Según la apelación, presentada en junio de este año, es clave analizar cómo las normas, prácticas y estereotipos de género afectan los casos legales, ya que pueden impactar de manera desigual a las mujeres y otros grupos vulnerables. En este caso, la jueza habría normalizado comportamientos inadecuados, sugiriendo que la acción denunciada fue simplemente parte de una relación de confianza o un trato “colloquial” entre las partes, o incluso una especie de relación paternal, lo que restaría importancia a la vulneración denunciada.

Sesgos

El recurso también destacó que justificar las “conductas” como parte de la confianza entre Hermosilla (empleador) y Barros (trabajadora) es incorrecto, no solo porque viola normas claras, sino porque “olvida que hay dos tipos de poder involucrados”. Por un lado, “está el poder de dirección laboral, que es propio de cualquier relación de trabajo y la subordinación que se espera en un entorno laboral, lo cual ayuda a organizar la empresa y mantener la disciplina”.

“Un fallo de estas características no puede estar envuelto de los sesgos del que sí fue objeto el fallo de instancia, esto es que la parte litigante es una mujer sensible y errática, donde su empleador cumple un rol paternal que castiga, corrige y premia a esta figura filial, toda vez que son estos mismos sesgos los que impidieron que la trabajadora identificara -oportunamente- que estaba bajo una dinámica laboral abusiva -es más sólo advierte tal situación cuando es un tercero quien se lo hace presente-“, cerró.

La resolución del caso en segunda instancia está en manos de los magistrados de la Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por Graciela Gómez e integrada por la ministra Carolina Brengi y el abogado integrante Jorge Gómez. Hoy la causa está en acuerdo, es decir, ya existe un acuerdo entre los jueces sobre el caso y el fallo está en etapa de redacción.

Descargos

Al cierre de este artículo no hubo comentarios de Juan Pablo Hermosilla sobre la apelación que interpuso la demandante. En septiembre de este año, Pulso conversó con el abogado, quien señaló:

“Este caso está expuesto en tribunales y es un caso muy lamentable, porque es una chica a la cual le tenía mucho cariño. Nunca tuve un problema con ella: al revés, ella tuvo problemas, como se acreditó con todo el resto de la oficina, y ya expuesto todos los argumentos en el juicio, a mí me dolió mucho. Ella es hija de un amigo que falleció”, explicó Juan Pablo Hermosilla.

¿Nunca la golpeó, como denuncia la abogada?

“Pero por favor, es absolutamente inverosímil, porque no sólo no se produce esa situación que ella señala, sino que además es una situación en la cual cuando ella se va de la oficina se produce una despedida muy afectuosa”, respondió a Pulso en aquella oportunidad.

La defensa de Asesorías Hermosilla y Compañía Limitada es liderada por el abogado Cristóbal Torrealba. Mientras que Barros es representada por la abogada Romina Urzúa.

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