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TDLC aprueba extender concesión de Terminal 2 de Puerto de Valparaíso a Agunsa hasta 2029

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia analizó dos caminos: extender el contrato actual de TPV, operado por Agunsa, o fijar condiciones para hacer una nueva licitación y optó por la primera.

DEDVI MISSENE

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó la solicitud presentada por la estatal Empresa Portuaria Valparaíso (EPV) para extender la concesión del Terminal N°2 del puerto a su actual operador, la empresa Terminal Portuario de Valparaíso (TPV), del grupo Agunsa, hasta el 31 de diciembre de 2029.

En un informe, dado a conocer este jueves, el TDLC resolvió respecto de las solicitudes de EPV para abordar el periodo de concesión que va del 16 de marzo de 2027 al 31 de diciembre de 2029. Este lapso incluye desde la fecha de término de la concesión actual del Terminal N° 2 del Puerto de Valparaíso y el inicio de una nueva concesión en 2030, que comprenderá ambos terminales de ese puerto.

Las solicitudes se referían a dos propuestas: autorizar la modificación del contrato “Concesión Portuaria Frente de Atraque N° 2 Puerto de Valparaíso–Espigón” vigente entre EPV y la filial de Agunsa para extender su plazo de duración; o fijar las condiciones para realizar una nueva licitación que cubriera ese periodo.

En su análisis, el TDLC “tuvo en cuenta que las solicitudes recaen sobre un periodo de transición, excepcionalmente corto, y que no se contemplaban obligaciones de inversión en infraestructura”. Bajo esa premisa, el tribunal analizó ambas solicitudes en su mérito y de forma separada.

El informe concluyó que “la solicitud de extender la licitación actual es compatible con la regulación sectorial, con lo dispuesto en el Informe N° 20/2021, y que no genera riesgos sustanciales a la competencia. En consecuencia, aprobó la extensión de la duración del contrato celebrado entre EPV y TPV en los términos solicitados".

Respecto a la solicitud de fijar las condiciones de competencia para una nueva licitación, se analizaron las bases de licitación propuestas por EPV, las que fueron aprobadas, con ciertos ajustes.

A este respecto, el TDLC precisó el alcance del concepto de incumbente y diversos aspectos del índice tarifario de adjudicación. Junto con ello, se establecieron medidas estructurales de restricción a la integración horizontal y vertical, en línea con los últimos informes del tribunal. Por último, se establecieron otras medidas conductuales y de fiscalización a ser consideradas en las bases de licitación definitivas.

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