Comienza el segundo plazo para enviar la declaración de renta: revisa cuándo se recibirá el pago
Este jueves se habilita el siguiente periodo para realizar el trámite ante el SII. Consulta a continuación el calendario completo.
Este jueves comenzó el segundo periodo para realizar la Operación Renta 2026, según se encuentra establecido en el calendario de plazos para este año.
La fecha contempla hasta el 23 de abril y quienes realicen la declaración de renta dentro de dichos días contarán con su depósito el próximo 15 de mayo.
Cabe recordar que ya venció la etapa inicial, que se habilitó el 1 de abril y se extendió hasta el pasado 8, en la que personas naturales contarán con el primer pago el 29 de abril.
De acuerdo al Servicio de Impuestos Internos (SII), las siguientes fechas clave del proceso corresponden a las siguientes:
- Declaraciones realizadas del 1 al 8 de abril por personas naturales tendrán su depósito el 29 de abril
- Declaraciones realizadas del 9 al 23 de abril tendrán su depósito el 15 de mayo
- Declaraciones realizadas del 24 de abril al 8 de mayo tendrán su depósito el 27 de mayo
- Pagos mediante cheque estarán disponibles el 29 de mayo
- Formulario 22 con pago estará disponible desde el 8 al 30 de abril
Quiénes deben hacer la declaración de renta
La declaración de renta se realiza en el sitio del SII, donde se requiere ingresar con Clave Tributaria o Clave Única.
Desde el SII se recuerda que deben realizar la declaración de renta de este año quienes se encuentren en las siguientes situaciones:
- Con ingresos anuales superiores a $11.265.804, salvo que correspondan a sueldos de un solo empleador
- Si se tuvo más de un empleador o pagador
- Trabajadores a honorarios que buscan optar a la cobertura parcial de cotizaciones previsionales
- Quienes solicitaron el Préstamo Solidario de 2021, donde esta Operación Renta cuenta con el cálculo y pago de la última cuota
- Quienes crearon un emprendimiento en 2025 y recibieron ingresos por venta de productos o prestación de servicios
- Todas las empresas
Además, se permite presentar la declaración, pese a no estar obligado, si se busca acceder a un beneficio tributario, como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios o el crédito por gastos en educación.
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