Dudas sobre el FES aún no despejadas
Cabe lamentar que el impacto fiscal que previsiblemente conllevará este proyecto no haya sido debidamente atendido en la Comisión de Hacienda de la Cámara, que era precisamente la instancia llamada a hacerlo.
La semana pasada, la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto de ley que crea un nuevo sistema de financiamiento estudiantil para la educación superior (FES). Si bien en esta instancia se rechazaron algunos contenidos —como el impedimento de que las instituciones cobren un copago a los beneficiarios de este mecanismo-, llama la atención que el grueso del proyecto obtuviera la venia de una mayoría de diputados, haciendo estos caso omiso a las críticas que ha recibido el proyecto y, en especial, a las interrogantes levantadas por el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) en aspectos relacionados con su impacto fiscal.
Entre estos, el más evidente dice relación con los supuestos que utiliza la Dirección de Presupuestos (Dipres) para proyectar los ingresos y egresos asociados al FES. Tal como había advertido el CFA, el efecto neto del FES sobre la billetera fiscal puede variar según qué tan optimista o pesimista sea el escenario que se considere. Es por ello que la Dipres analizó algunos escenarios alternativos, que revelan que, efectivamente, un alza marginal en la informalidad laboral o una menor tasa de uso del beneficio por parte de estudiantes de altos ingresos esperados, producirá una mayor demanda de recursos públicos. Sin embargo, esta no estimó el efecto de una potencial morosidad, que hasta ahora se ha supuesto nula. Teniendo a la vista que —como advirtió el CFA- la brecha de cumplimiento para el impuesto a la renta personal antes de la pandemia fue de 32,4%, este parece ser un supuesto que debiera repensarse.
Así también, otro aspecto que sigue sin ser bien abordado por el gobierno dice relación con la forma como pretende que se registren contablemente los egresos e ingresos derivados del FES, esto es, el modo de concebir el beneficio. Según la Dipres, al tratarse de un préstamo, este deberá contabilizarse “bajo la línea”, es decir, como si los desembolsos para financiar aranceles regulados no afectaran el patrimonio fiscal. El argumento de ello radicaría en el “alto poder coercitivo” del mecanismo de cobro a los egresados que contempla el proyecto —a través de la Tesorería General de la República-, el que aseguraría que los dineros desembolsados serán íntegramente restituidos y por lo tanto equivaldrán a la adquisición de un activo por el mismo valor. Esta expectativa, sin embargo, pasa por alto que, debido al diseño del beneficio, la cuantía del arancel financiado por el Estado no compromete al beneficiario a restituir dicho monto, sino a pagar un porcentaje de sus ingresos futuros, tal como un impuesto. De este modo, el descalce entre ingresos y egresos fiscales es una característica intrínseca del FES, que deberían obligar a que al menos una parte de los egresos deban registrarse “sobre la línea”, es decir, como una transacción que sí tiene el potencial de afectar el déficit fiscal.
En definitiva, el proyecto del FES avanza pese a que no se ha dado respuesta cabal a las inquietudes sobre este. A los aspectos relacionados con su impacto sobre beneficiarios e instituciones de educación superior, recientemente se sumaron dudas por su impacto fiscal que no fueron atendidas del modo debido en la Comisión de Hacienda, que era precisamente la llamada a hacerlo.
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