
Milei limita por decreto el derecho a huelga y reaviva pelea con gremios y justicia en Argentina
La medida, que aumenta la cantidad de trabajos considerados “esenciales”, había fracasado cuando intentó aprobarse a principios del mandato del libertario, tras ser declarada como inconstitucional.

Casi un año y medio después de intentar restringir el derecho a huelga, reconocido por la Constitución argentina, el gobierno del presidente Javier Milei aprobó este miércoles un decreto que, en principio, se planteaba desregularizar el transporte marítimo y fluvial, pero que terminó afectando a cientos de miles de trabajadores trasandinos que ahora ven amenazado su derecho a huelga.
Esto, al ampliar de manera vasta la cantidad de servicios “esenciales”, que deberán garantizar una prestación mínima incluso cuando están en un conflicto laboral. Así, algo que antes se limitaba a trabajadores de la salud, que debían prestar al menos entre el 50% o 75% de su capacidad en medio de una huelga, afectaría ahora a otros ámbitos productivos.
El decreto pone en alerta a los sindicatos, a la Confederación General de Trabajadores y a la izquierda argentina, y aunque no se ha planteado aún un paro general para oponerse a la acción, ya se está evaluando combatir el decreto en los juzgados.

El decreto, que se encuentra en el marco de la “Desregularización del Transporte Marítimo y Fluvial”, agrega casi como en una especie de letra chica una serie de nuevos rubros a aquellos que son considerados como “esenciales”, impidiéndoles poder hacer huelga completamente.
En un principio, estos ámbitos eran los de salud, hospitalarios, relativos al agua potable, a la energía eléctrica, el gas y el control del tráfico aéreo. Por ley, estos sectores debían garantizar entre el 50% y 75% de funcionamiento aun en conflicto gremial.
Estos rubros son considerados esenciales, pero el nuevo decreto agrega “actividades o servicios de importancia transcendental”, entre los que se encuentran “la producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios, el transporte terrestre y subterráneo, la radio y televisión, las actividades industriales, la industria alimentaria, la producción y distribución de materiales de construcción, los servicios de reparación de aeronaves y buques, todos los servicios aeroportuarios, los servicios logísticos, la actividad minera, la actividad frigorífica, el correo, la distribución y comercialización de alimentos y bebidas, la actividad agropecuaria, los servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos, el comercio electrónico y la producción de bienes y/o servicios ligados a compromisos de exportación”.
Así, las actividades incluidas en esta extensa lista también tendrían que asegurar una prestación de servicios del 50% o 75% en caso de huelga, lo que atentaría, explican algunos abogados, con el derecho protegido por la Constitución. Como indicó el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano a EFE, esta ampliación de las actividades esenciales ya se contemplaba en el DNU (decreto de necesidad y urgencia) que Milei intentó pasar en sus primeras semanas, “y ya fue declarado inaplicable por inconstitucional por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo”.
Milei solo llevaba 10 días en la Casa Rosada cuando intentó imponer la reforma laboral a través del “decreto de necesidad y urgencia 70/23”, que no fue sujeto a un debate en el Congreso. El capítulo IV del texto contemplaba límites al derecho a huelga, cambios en los cálculos indemnizatorios, y fue frenado en dos instancias por la justicia, siendo considerado inconstitucional. Quedó suspendido hasta tanto se pronuncie la Corte Suprema, que mantiene un “estratégico silencio”, indicó el diario La Nación.
Ahora, el nuevo decreto viene “escondido” en una normativa sobre la marina mercante, “casi como una nota al pie”, según el diario La Nación, como parte de una sutileza que habría podido pasar inadvertida en el Boletín Oficial. “A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025, el gobierno amplió ahora las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50% y 75% en caso de estar en conflicto. Casi no hay actividades exceptuadas. Un derecho garantizado por la Constitución, como lo es del ejercicio de la huelga, está ahora en riesgo”, acusa el periódico.
La norma ha sido mal recibida por los sindicatos, y se suma al malestar que han traído los intentos de limitar los aumentos salariales a 1% o 1,5%, como medida ante la inflación. Al respecto, en Argentina se habla ya de un “cepo salarial”.
Una de las primeras organizaciones en reaccionar frente a la medida fue la Central General de Trabajadores, que anunció al respecto: “La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada. El movimiento obrero dará las batallas que tenga que dar, en los Tribunales, en la calle o en los lugares de trabajo”.
Juan Pablo Brey, secretario general del Sindicato de los Aeronavegantes, declaró por su parte a La Nación: “Es una barbaridad más de un gobierno autoritario que implementa todo por decreto. Este nuevo DNU viola la autonomía sindical, el derecho de huelga protegido por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y viola el convenio 87 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT)”.
“La enorme extensión de actividades que son amparadas por el decreto avanza sobre los derechos de prácticamente todas las personas con actividad laboral del país, violando derechos reconocidos por la Constitución”, denunció el Centro de Estudios Sociales y Legales en un comunicado.
El abogado laboralista Marías Cremonte, de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, se refirió, por su parte, a la finalidad de la etiqueta de “servicio esencial”: “La legislación argentina, hasta esta ilegal modificación, siguiendo a la OIT solo consideraba esencial los servicios cuya interrupción puedan poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Tiene una finalidad concreta, que no es prohibir la huelga”.
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