Monsalve sale de la cárcel tras seis meses de prisión preventiva e insiste en su “inocencia”
Con 4 votos contra 1, la Suprema acogió el recurso presentado por su defensa, con lo que el exsubsecretario salió de Capitán Yáber. Ahora, cumplirá la medida de arresto domiciliario total en su domicilio de Viña del Mar.
“Han sido meses dolorosos, meses complejos“.
Esas fueron las primeras frases que el exsubsecretario del Interior Manuel Monsalve pronunció apenas cruzó la puerta principal de la cárcel Capitán Yáber, luego de que la Corte Suprema acogiera el recurso de amparo presentado por el defensor penal público, Víctor Providel, y ordenara su libertad.
Fueron seis meses los que la otrora autoridad permaneciera tras las rejas luego de que una subalterna suya lo denunciara por violación y por abuso sexual, en hechos ocurridos en septiembre de 2024 y que están siendo investigados por la Fiscalía Centro Norte.
A las 14.11 Monsalve dio sus primeras declaraciones. Con la voz quebrada dijo: “Por supuesto que hay una denuncia, las denuncias tienen que ser investigadas, pero quiero volver a sostener lo que he dicho desde el principio: respecto a los delitos que se me imputan, quiero reiterar mi inocencia y mi disposición, por eso está mi defensa aquí, a que la inocencia y la culpabilidad de una persona debe resolverse en los tribunales de justicia”.
Luego de su vocería de poco más de tres minutos, tomó la palabra Providel. “Estamos muy satisfechos, muy conformes con el fallo. Ratificó los fundamentos que nosotros argumentamos en el recurso de amparo".
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Posteriormente, Monsalve y su equipo de abogados entraron por la puerta de funcionarios de la Defensoría. En una oficina de ese organismo lo estaba esperando su esposa y una de sus hijas, Gabriela. Quienes fueron testigos de esa reunión afirman que el exsubsecretario se mostró visiblemente afectado, tal como su cónyuge.
Tras esa reunión, que duró cerca de 30 minutos, Monsalve se retiró junto a su esposa y su hija en un vehículo rumbo a Viña del Mar, ciudad a la cual llegó minutos antes de las 16.30.
En ese inmueble, el mismo donde fue detenido en noviembre, es donde cumplirá la medida de arresto domiciliario total.
Últimas horas en Capitán Yáber
A las 10.28 de este lunes, el defensor penal público Víctor Providel entró al anexo Capitán Yáber para reunirse con la exautoridad.
Lo hizo en compañía del también defensor penal público Felipe Ibáñez, quien es parte del equipo que ha trabajado en su caso, con el fin de afinar con el exsubsecretario del Interior cómo sería su salida del recinto penal.
El exsubsecretario del Interior y quien fuera una de las figuras más valoradas del gobierno de Gabriel Boric se veía tranquilo. Luego de que la Corte Suprema acogiera el recurso de amparo y ordenara su inmediata libertad se mostró “contento”.
Minutos antes de que lo visitaran, la exautoridad se había enterado por televisión de que el máximo tribunal del país se había pronunciado a su favor.
Providel, Ibánez y Monsalve estuvieron reunidos en un salón de la cárcel durante 45 minutos. Allí Providel explicó a su defendido los argumentos de la Suprema para acoger el recurso. Ya el viernes Monsalve y su defensa tenían acordado que al salir el médico socialista daría una breve declaración, lo que se mantuvo en pie para este lunes.
La idea era salir caminando de la cárcel, ingresar por un costado de la Defensoría Penal Pública, ubicada en una parte del Centro de Justicia, para luego enfrentar a los medios, en lo que sería su primera vocería desde que presentó su renuncia en La Moneda el 17 de octubre.
El fallo de la Suprema encontró reacciones, tanto en la Fiscalía como en la parte querellante. Por su lado, el abogado asesor de la Fiscalía Centro Norte, Nicolás Calvo, mediante un video, abordó la resolución.
“Sin perjuicio, de la sustitución de la prisión preventiva del imputado, debemos rescatar que la misma Corte Suprema reconoce en su fallo que el 7° Juzgado de Garantía desarrolla adecuadamente los argumentos que dan por concurrente las letras A y B del artículo 140″, señaló.
Esos puntos, según Calvo, se refieren a que “tanto la investigación como la imputación por violación y abuso sexual se mantienen firmes e inalteradas, puesto que no se ha puesto en duda ni la existencia del delito ni la participación del imputado”.
En la misma línea, la abogada María Elena Santibáñez, quien representa a la denunciante, afirmó en un comunicado que “respetuosamente disentía del fallo de la Suprema”.
“Nos parece relevante destacar que el fallo, en su análisis de la resolución impugnada, estimó que esta cumplía con el estándar de fundamentación respecto de que en la especie concurren antecedentes suficientes, tanto para estimar que se encuentra por establecida la existencia de los delitos de violación y abuso sexual imputados al Sr. Monsalve, como la existencia de presunciones fundadas de su participación como autor material de los mismos, elementos que no han sido puestos en duda por la resolución del recurso de amparo”, se lee en ese comunicado.
Así las cosas, el 15 de junio se acaba el plazo de investigación con lo que podrían iniciarse las etapas que dan inicio al juicio oral. Esto, si es que la Fiscalía no pide más plazo de investigar.
Por otro lado, también se espera que la Fiscalía formalice la arista gastos reservados, la cual se inició a fines de 2024 y en la que los investigadores buscan dilucidar si Monsalve utilizó esos dineros para gastos personales.
La Moneda evita pronunciarse
Conocido el fallo, el gobierno evitó entregar un pronunciamiento. En la vocería de los lunes, la ministra secretaria general de Gobierno (s), Aisén Etcheverry, fue consultada por la opinión del Ejecutivo al respecto.
“A nosotros como Ejecutivo no nos corresponde ni opinar ni comentar las decisiones judiciales. Un poder autónomo del Estado y sus decisiones tienen que ser siempre respetadas. Nosotros no tenemos absolutamente nada que decir al respecto”, remarcó.
“El Ejecutivo ha sido proactivo en colaborar con todas las instancias, entregando toda la información requerida a los tribunales de justicia, al propio Congreso a través de las comisiones especiales e investigadoras”, agregó.
Las claves del fallo
21 páginas tiene el fallo de la Segunda Sala de Corte Suprema, integrada por Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y María Teresa Letelier, además de los abogados integrantes Pía Tavolari y Eduardo Gandulfo.
Allí, en fallo 4-1, el máximo tribunal criticó la resolución del 7° Juzgado de Garantía, que en abril rechazó modificar la medida cautelar del “ex hombre fuerte” de gobierno.
“No supera el umbral mínimo de fundamentación asociado a la necesidad de cautela”, dice en una parte, y otra se afirma que la jueza Carla Cappello “no fundamentó ni se pronunció respecto de la petición subsidiaria elevada por la defensa en orden a sustituir el actual fin de la prisión preventiva por el de peligro de fuga”.
Para la Suprema, estos puntos, no atendidos por la jueza de Garantía, son yerros del tribunal. “La decisión de mantener una medida cautelar, en especial la prisión preventiva, va íntimamente relacionada con el desarrollo de una argumentación hacia futuro, cuestión que se ve acentuada aún más al abordar la necesidad de cautela, no bastando una enunciación genérica de los criterios orientativos”, se lee en el texto.
Así las cosas, para la Suprema no existe un peligro de fuga de Monsalve y la prisión preventiva, extendida por seis meses, “se aproximaba más a una indebida anticipación punitiva”.
“Es necesario resaltar primeramente que todos los intervinientes coincidieron en que la resolución judicial dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago era escueta o sintética. Es más, los persecutores reconocieron en sus alegatos estar en presencia de una resolución “sucinta”, aunque, bajo su parecer, idónea en cuanto al grado de fundamentación requerido para una revisión de prisión preventiva", dice en otro punto.
Por otro lado, en el fallo de la Suprema también se lee una crítica a la Corte de Apelaciones, que en su fallo criticó a la Defensoría Penal Pública por interponer un amparo y no un recurso de apelación. “Es menester dejar establecida la idoneidad de la acción de amparo como remedio de corrección de aquellas decisiones judiciales que, apartándose de las formas expresamente consagradas en la ley (...). Lo primero que corresponde mencionar es que la Constitución Política de la República literalmente habilita la deducción de la acción de amparo para los efectos de denunciar la inobservancia de las formas legales requeridas al disponer la privación o restricción de la libertad de una persona".
El voto en contra fue de la abogada integrante Pía Tavolari.
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