“No tenía idea que la estufa estaba mala”: el testimonio del imputado por incendio en el Biobío tras rechazarse su prisión preventiva
La defensa sostuvo que no existió una conducta negligente imputable al cuidador del fundo y que se intentó responsabilizar al trabajador más vulnerable por una tragedia que, a su juicio, tiene múltiples factores aún en investigación.
Con visible afectación y reiterando que “no tenía ni idea que la estufa estaba mala”, Claudio Luna, cuidador de un fundo en la Región del Biobío, entregó su testimonio tras la audiencia en la que el respectivo Juzgado de Garantía rechazó decretar prisión preventiva en su contra, pese a estar imputado por incendio culposo, 20 cuasidelitos de homicidio y 14 cuasidelitos de lesiones graves, en una de las tragedias forestales más graves registradas en la zona centro sur del país.
El caso se remonta a la tarde del sábado 17 de enero, cuando a las 15.10 horas se originó un siniestro en el sector rural de Buen Retiro, en Concepción, el cual, de acuerdo con el Ministerio Público, se habría iniciado al interior de una vivienda utilizada por Luna y que, impulsado por el viento, terminó propagándose hasta el sector de Trinitarias, dejando hasta ahora 20 personas fallecidas.
“Era el único medio que teníamos para cocinar”
En su relato, Luna sostuvo que había llegado al predio apenas cuatro días antes del incendio, sin contrato formal, sin instrucciones previas y sin implementos básicos de seguridad. Explicó que utilizó una estufa a leña para preparar alimentos, sin saber que presentaba fallas estructurales.
“Yo me vine a trabajar con todo el corazón por mi hijo, que está enfermo, y no tenía ni idea de que la estufa estaba mala”, afirmó.
Agregó que nadie le advirtió de los riesgos y que la estufa era “el único medio que teníamos para cocinar”.
El imputado relató que el día del incendio se encontraba solo cocinando, mientras su pareja trabajaba en un evento familiar de los dueños del predio.
“Escuché un ruido raro y cuando me di cuenta el incendio ya había empezado. Partí corriendo a avisarles a los jefes”, aseguró, señalando además que ayudó a combatir las llamas, incluso utilizando agua de una piscina ante la ausencia de otros medios.
La imputación del Ministerio Público
La Fiscalía Regional del Biobío sostiene que el incendio se originó por un actuar imprudente de Luna, al usar una cocina cuyo tubo evacuaba directamente hacia vegetación, sin atrapachispas ni gorro de cañón, y sin adoptar medidas de seguridad.
Según los informes de la PDI y Conaf, el viento habría facilitado la propagación del fuego hasta zonas altamente pobladas.
Con estos antecedentes, el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva, argumentando la gravedad de los delitos y una supuesta intención de fuga, versión que fue controvertida por la defensa.
“Se está cortando el hilo por lo más delgado”
Por su parte, el defensor regional Osvaldo Pizarro valoró la resolución del tribunal y cuestionó con dureza la tesis de la Fiscalía.
“El tribunal estimó que la prisión preventiva resultaba desproporcionada, considerando que el señor Luna no tiene antecedentes penales, que no hubo una conducta de riesgo y que su actuar fue precisamente intentar evitar la propagación del incendio”, sostuvo.
También enfatizó que su defendido no conocía el lugar ni los riesgos, ya que llevaba menos de cuatro días trabajando y no recibió instrucción alguna del cuidador anterior, quien había desempeñado ese rol por más de 30 años.
“Lo que se están haciendo es cortar el hilo por lo más delgado, o en este caso la persona más pobre, que era este sujeto, este trabajador, el señor Luna, que llevaba menos de cuatro días trabajando en ese lugar sin que se le otorgaran los implementos”, afirmó.
La defensa también puso en duda la existencia de una conducta negligente imputable objetivamente a Luna y destacó que la vivienda y sus instalaciones eran de propiedad de los dueños del fundo, por lo que era razonable que el trabajador confiara en que se encontraban en condiciones seguras.
Dudas investigativas y nuevas líneas de análisis
Durante la audiencia, el tribunal acogió varios de los cuestionamientos planteados por la defensa, incluyendo la falta de acreditación de una fuga, desacreditada mediante un video exhibido por los abogados, y la incertidumbre sobre la trazabilidad exacta de las pavesas que habrían provocado el incendio de Trinitarias.
El defensor Pizarro adelantó que, durante los seis meses de investigación fijados, se deberán explorar líneas investigativas alternativas, como la influencia de otros focos simultáneos, incluido un tercer incendio proveniente desde Hualqui, y el análisis técnico de los vectores de dirección del fuego.
“Las exigencias que se le hacían al señor Luna para estimar que su conducta era negligente no son tales”, recalcó, subrayando que su representado no contaba con implementos de seguridad ni conocimientos técnicos para prever una emergencia de esa magnitud.
Pese a dar por establecido que el incendio de Trinitarias se originó por pavesas provenientes del siniestro Buen Retiro, el juez Carlos Aguayo descartó la prisión preventiva, considerando que la conducta imputada fue culposa y no dolosa, y que, en el peor escenario, Luna enfrentaría una eventual condena de presidio menor en su grado máximo, dada su irreprochable conducta anterior.
Finalmente, el imputado quedó sujeto a las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional.
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