Por Alonso ArandaComisión de Seguridad del Senado aprueba en general endurecer sanciones por ataques contra Carabineros, PDI y Gendarmería
La iniciativa, que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, además incluye el hecho de insultar u ofender a funcionarios de las fuerzas de orden en el ejercicio de sus funciones.

La comisión del Seguridad Pública del Senado aprobó en general el proyecto de ley para endurecer sanciones por atentado contra la autoridad policial, de Carabineros, Policía de Investigaciones y Gendarmería, la incorporación de un tipo penal que sancione las ofensas, además de permitir la detención en caso de flagrancia de manera excepcional.
La iniciativa, que se originó en una moción de diputados de Renovación Nacional, junto a otros exlegisladores, también incorpora una hipótesis agravada de atentado contra la autoridad y aumenta la pena privativa de libertad cuando el atentado recaiga, específicamente, contra la autoridad policial.
El proyecto llegó al Senado para su segundo trámite constitucional, luego de ser aprobado en la Cámara de Diputados con 96 votos a favor, 34 en contra y 14 abstenciones.
En la sesión de este martes de la instancia de la Cámara Alta, el avance del proyecto fue aprobado por unanimidad de los senadores presentes, Karim Bianchi (Ind.), Cristián Vial (Ind.-republicanos) y Andrés Longton (RN).
En tanto, se acordó la incorporación de indicaciones con plazo máximo hasta el próximo lunes 26 de octubre, a las 12.00 horas.
Endurecimiento de sanciones
El Código Penal establece hoy que este tipo de atentados se castigarán con presidio menor en su grado medio (541 días a 3 años). Además, define una multa de 11 a 15 UTM (entre $788.931 a $1.075.815).
El presente proyecto suma consideraciones a la hora de aplicar dichas sanciones: contará para ello el que los delincuentes actúen en grupo o individualmente, pero amparado en éste. Junto a esto, establece que, si los hechos se verifican en contra de carabineros, funcionarios de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería de Chile, sólo se aplicará la pena privativa de libertad.
Asimismo, en el marco de las faltas, se incluye el hecho de insultar u ofender gravemente a carabineros o a funcionarios de la PDI en el ejercicio de sus funciones. Esto, conociendo o no pudiendo menos que conocer su calidad de tal, menoscabando la dignidad de la función policial o el respeto debido a ella. En tal caso, la sanción será de pena de prisión en su grado máximo (hasta 60 días) y multa de una a cuatro UTM (hasta $286.884).
En la misma pena incurrirá quien -fuera de los recintos penales- insulte u ofenda gravemente a funcionarios de Gendarmería en el ejercicio de sus funciones, conociendo o no pudiendo menos que conocer su calidad de tal, menoscabando la dignidad de la función penitenciaria o el respeto debido a ésta.
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