AFP Provida gana disputa a ex ejecutivos de La Polar a 15 años del fraude
La Corte Suprema desestimó los recursos de casación que interpuso un grupo de exejecutivos de La Polar en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que los condenó al pago de los perjuicios ocasionados a los fondos de pensiones de AFP Provida por el escándalo financiero de 2011.
A quince años de que estallara el caso de La Polar, el escándalo de las repactaciones unilaterales vuelve a reflotar en tribunales. El viernes, la Corte Suprema resolvió desestimar los recursos de casación presentados por un grupo de ex ejecutivos de la multitienda, quienes intentaban así revocar el fallo de la Corte de Apelaciones que los había condenado al pago de una millonaria indemnización por el daño provocado a los fondos de pensiones administrados por AFP Provida.
La sentencia del tribunal de alzada había establecido la responsabilidad de los ex ejecutivos por los perjuicios ocasionados tras el fraude que remeció al mercado local en 2011.
El 13 de marzo de 2026, la Primera Sala de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo presentados por los ex directivos de la multitienda, que a fines de 2023 se fusionó con ABC Din para formar la cadena abc, firma controlada por la familia Santa Cruz y Leonidas Vial.
Esto luego que Santiago Grange, ex gerente de Finanzas; Matías González, ex gerente general interino; Pablo Alcalde, ex presidente; y Nicolás Ramírez, ex gerente general, intentaran revertir la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones. El fallo había acogido la demanda de indemnización de perjuicios presentada por AFP Provida en representación de los fondos de pensiones que administra, señalando que el total del daño sufrido por los fondos de pensiones de Provida por el caso La Polar, asciende a 2.575.388 UF ($102.607 millones).
Según el fallo de la Corte Suprema, AFP Provida, como administradora de fondos de pensiones, tenía una serie de recursos recursos invertidos en La Polar. Al 8 de junio de 2011, el total invertido era de $101.568 millones. De ese monto, cerca del 40% estaba en acciones y el 60% en bonos. Los fondos A, B, C, D y E tenían $40.306 millones en acciones de La Polar, equivalentes a 17.255.636 acciones. Además, los fondos mantenían inversión en cuatro series de bonos de La Polar por UF 2.769.500, cuyo valor al 8 de junio de 2011 era de $61.261 millones.
El fallo del máximo tribunal concluyó que como en sus recursos de casación los ex ejecutivos no denunciaron la infracción de las leyes que regulan la valoración de la prueba, los hechos establecidos por los jueces que conocieron el caso en las instancias anteriores deben considerarse definitivos. “La interpretación y aplicación de las normas atinentes al caso en estudio, ellos resultan inamovibles para este tribunal”, concluyó el fallo.
La sentencia fue dictada de forma unánime por la Primera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Mario Carroza, Jorge Zepeda (S) y Hernán Crisosto (S), y las abogadas integrantes Fabiola Lathrop y Andrea Ruiz.
En el litigio, AFP Provida contó con la asesoría de Alfredo Waugh, socio del estudio Gutiérrez, Waugh, Jimeno & Asenjo Abogados.
Descargos
Los condenados declinaron efectuar comentarios sobre este fallo y a través de sus cercanos señalaron que no cuentan con los recursos para responder a la demanda de AFP Provida.
Las mismas fuentes consultadas cuestionaron que los jueces no acogieran el reclamo planteado por las defensas de los exejeuctivos por la responsabilidad de las AFP en la administración de los fondos debido al comportamiento “anómalo de la acción” de La Polar.
En el proceso, Santiago Grange -representado por el abogado Germán Ovalle- se defendió diciendo que nunca tuvo acceso a información privilegiada. También afirmó que está económicamente “arruinado” y que debe $2.102 millones a los bancos. Explicó que su único rol era conseguir capital de inversionistas, usando información contable auditada y aprobada por los comités de directores, y que siempre estuvo al margen de las tareas administrativas.
Por su parte, Nicolás Ramírez pidió que se rechazaras la demanda y que se condenara en costas a la parte demandante. Señaló que los fondos de pensiones no han sufrido un daño patrimonial indemnizable, porque tienen derechos de compensación contra AFP Provida. Además, afirmó que no conocía las prácticas contables y financieras irregulares mencionadas, por lo que no pudo haber entregado información falsa ni a la Superintendencia ni al mercado.
Pablo Alcalde también pidió que se rechazara la demanda. Primero, porque la parte demandante participó en un convenio judicial preventivo, aceptando nuevas condiciones de pago, lo que habría extinguido la responsabilidad principal de La Polar y la del demandado. Segundo, porque los daños reclamados no serían claros ni determinados, ya que no se sabe a qué precio se compraron las acciones y no se consideraron las ganancias obtenidas ni el riesgo propio del mercado bursátil.
Grange, Ramírez y Alcalde contaron con la asesoría legal de Germán Ovalle, Mario Rojas y Guillermo Chahuán, respectivamente.
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