¿Hasta cuándo hay plazo para grabar la patente en los vidrios de los vehículos?

Plazos para grabar la patente en los vidrios del auto.

El reglamento dado por el Ministerio de Transportes estipula las fechas en que los automóviles deben contar con el grabado. Esta medida busca prevenir y sancionar la venta de autos robados.


El Ministerio de Transportes dio a conocer el reglamento de la Ley 21.601, que obliga a los conductores el grabado de la placa patente en los vidrios y espejos de los vehículos motorizados que circulan en Chile, además de los plazos para realizar este trámite.

La ley fue promulgada en septiembre del año pasado y la cartera de Gobierno tenía seis meses para crear dicho reglamento, el cual regula las características que debe tener el grabado. Esta medida busca prevenir y sancionar la venta de vehículos robados y es una modificación a la Ley de Tránsito.

¿Hasta cuándo hay plazo para grabar la patente en el vehículo?

De acuerdo con lo que menciona el reglamento, los vehículos nuevos tienen un plazo de cuatro meses, desde la publicación de este documento en el Diario Oficial, mientras que los automóviles comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023, cuentan con un periodo de 12 meses desde el anuncio del decreto.

Cabe señalar, que para efectos del reglamento, no se considerarán vehículos nuevos, aquellos que se hayan vendido entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el cuarto mes contado desde la publicación de este decreto en el Diario Oficial, por lo que también tendrán un periodo de 12 meses.

Los vehículos nuevos deberán ser entregados por las automotoras con sus respectivos grabados, cuando se comercialicen.

Plazos para grabar la patente en los vidrios del auto.

¿Cómo debe ser el grabado de la patente en los vidrios?

De acuerdo al reglamento, la placa patente y el número de chasis (VIN por sus siglas en inglés: Vehicle Identification Number) deben estar grabados de la siguiente forma:

  • Parabrisas: se debe grabar en el vértice inferior derecho.
  • Costado del conductor: se debe grabar en el vértice inferior derecho.
  • Costado del acompañante: se debe grabar en el vértice inferior izquierdo.
  • Luneta trasera: se debe grabar en el vértice inferior izquierdo.
  • Espejos laterales: los que tengan forma o se aproxime a un cuadrado, rectángulo, circular u ovalado, se debe grabar siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima al dicho borde, en la parte inferior o superior, sin entorpecer su función.
  • Respecto a la tipografía, la patente siempre debe estar en mayúsculas, estilo regular (sin negritas, ni cursiva) y contar con una altura mínima de 7 a 10 milímetros en los vidrios y de 5 a 10 mm en los espejos.

Los vehículos motorizados que tengan más de seis vidrios, deberán grabar como mínimo seis, mientras que los cuenten con menos de esta cantidad, deberán grabarlos todos.

Los buses o minibuses que están destinados al transporte de personas deben grabar como mínimo seis vidrios, y uno de ellos tiene que ser el parabrisas.

La multa va desde 1 a 1,5 UTM, es decir, $64.793 a $97.190, de acuerdo al valor de marzo, en caso de tener grabada la patente en los vidrios y espejos del automóvil.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.