¿Cómo los militares pueden usar la fuerza ante civiles? Qué se sabe (y qué no)

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Carabineros tiene una normativa bastante detallada en estos casos. Las Fuerzas Armadas también, pero hasta ahora Defensa no ha especficado cuál. Un reglamento de uso de la fuerza al que accedió La Tercera PM detalla que casi nunca se autorizan reacciones letales.


"No hay inhibiciones para las Fuerzas Armadas que no cumplan con todo lo que la ley establece, y lo han estado haciendo". Eso dijo hace cuatro días el ministro de Defensa, Alberto Espina, en la Guarnición Militar de Santiago, cuando recalcó que "hemos visto en el centro de Santiago cómo personas los insultan, cómo personas cobardes, porque saben que la respuesta del militar puede tener efectos letales, pero los militares han tenido la responsabilidad de actuar de acuerdo a las circunstancias".

Seis días después de que se decretara Estado de Emergencia, y luego toque de queda, se abren preguntas: ¿Qué pueden hacer o no hacer legalmente ante los civiles tropas entrenadas para combatir? ¿Se les ha capacitado para esto? ¿Bajo qué reglas y normas operan? ¿Cuándo pueden disparar? ¿Pueden hacerlo al cuerpo? ¿Por qué se han reportado víctimas fatales heridas a bala?

Entre los heridos y muertos se cuenta un caso en Curicó, zona donde no estaba operando el toque de queda.

La misma inquietud tiene el Presidente del Senado, Jaime Quintana. "Ayer oficiamos a todos los Jefes de la Defensa para acceder a protocolos de control orden público, medidas de publicidad de las decisiones, y al Minsal para conocer cifra actualizada de heridos y que se permita la labor de la @defensorianinez y el @inddhh en centros hospitalarios", posteó muy temprano hoy en su cuenta de twitter.

Carabineros, por ejemplo, se rige bajo el denominado "Protocolo de Intervención para el Mantenimiento del Orden Público", cuya última actualización se publicó en el Diario Oficial el 1 de marzo. Deberían actualizarse al menos cada cuatro años. Las 29 detalladas páginas del documento -confirmado por el Ministerio del Interior como vigente en estos casos- especifica principios de "legalidad", "necesidad", "proporcionalidad" y "responsabilidad", y detalla cinco niveles de "uso diferenciado y gradual de la fuerza".

Hasta esta mañana, las consultas hechas a La Tercera PM al Ministerio de Defensa no habían tenido una respuesta oficial respecto de la reglamentación aplicada. Tampoco han aclarado si es la misma para las tres ramas.

Este medio sí accedió extraoficialmente a un documento titulado "Reglas de Uso de la Fuerza (RUF)" (terminología derivada del término anglosajón rules of engagement), que data de 2012. Esta normativa lleva la firma de Andrés Allamand, ministro de Defensa (2011-2012) durante el primer gobierno de Sebastián Piñera. Esta RUF fue mantenida por el actual secretario de Estado, Alberto Espina.

En contraste con el de Carabineros, son solo tres páginas y cuatro reglas: "Nivel de fuerza", "Uso de armas", "Autorización para portarlas", "Autorización para detener, registrar y desarmar".

El primer punto detalla varias circunstancias en que "se autoriza el uso de la fuerza, excluyendo fuerza letal", salvo en "respuesta a un acto hostil", cuando esté involucrado "personal civil o uniformado internacional que entre en la respectiva zona jurisdiccional como parte del contingente de un país amigo cumpliendo tareas de ayuda humanitaria".

El documento dice claramente que se excluye la fuerza letal "para evitar o sofocar disturbios ocasionados por civiles", o "para evitar que un individuo o grupo por la fuerza vulnere una barrera, un puesto de control o un cordón que se haya implementado por orden del comandante de la fuerza".

El mismo RUF tampoco autoriza el uso de fuerza letal "para evitar la fuga de personas bajo arresto o detenidas mientras hayan sido entregadas a las autoridades policiales pertinentes". Tampoco se puede disparar a matar "contra toda persona o grupo que limite o intente limitar la libertad de movimientos de las fuerzas militares, policiales o de ayuda humanitaria".

¿Usan o no algunos cartuchos de salva en sus fusiles?

De ser esta la única regla que norma la conducta de los militares, ¿por qué hay víctimas? Extraoficialmente, fuentes allegadas a Defensa cuentan que cuando salen a las calles colocan al menos dos o tres cartuchos de salva o fogueo en cada cargador de sus armas. Tras dispararlos, se percuta munición de guerra real. Los fusiles de asalto usan cargadores de alrededor de 20, 28 o 30 tiros, según el modelo. En las calles se ha visto a personal armado con fusiles Galil Ace y algunos modelos de SIG.

La misma versión argumenta que a veces ocurre que las personas creen que les están disparando al cuerpo con munición real, pero que lo que están usando es fogueo, que pierde efectividad después de unos metros; la idea es que el ruido baste para dispersar.

Pero eso también es un peligro: un cartucho de salva o fogueo puede ser letal si se dispara a quemarropa. Así murió -por ejemplo- en 1984 el actor norteamericano Jon-Erik Hexum, entonces estrella de la serie de televisión Cover Up! al dispararse en la sien con cartuchos de fogueo .44 Magnum: se fracturó el cráneo.

Sin embargo, otros entendidos en el tema y con experiencia en Defensa, indican que no es común que la infantería use cartuchos de salva o de fogueo, y que hasta en su entrenamiento usan munición real.

¿Realmente los uniformados cargan cartuchos de salva en los cargadores de sus fusiles cuando salen a las calles por estos días? La Tercera PM le preguntó específicamente al Ministerio y a la Subsecretaría de Defensa, pero no obtuvo respuesta.

En todo caso, al menos el documento que detalla esta nota no dice nada sobre el uso de munición de fogueo.

Eso sí, en el MinDef aseguran que el ministro Alberto Espina le ha impartido instrucciones a los jefes de Defensa en las regiones bajo Estado de Emergencia y/o Toque de Queda. Ha hecho videoconferencias simultáneas desde el Centro de Operaciones de la Defensa, explicándoles que sus hombres deben mantener la calma y no disparar al cuerpo.

También se ha rayado la cancha de lo que pasa en estos casos: al militar involucrado se le entrega al Ministerio Público, y su institución no lo defiende en tribunales, sino que la Defensoría Pública.

En lo relativo al "uso de armas", en el RUF se lee que "se autoriza" hacer advertencias y usar métodos anti-disturbios. Y luego detalla que sí hay permiso para detener a "individuos o grupos que cometan actos hostiles", tanto contra unidades militares, civiles o bienes de uso público o privado. También para quienes "intenten pasar por la fuerza barreras o puestos de control".

Los militares, al menos según este documento, también están autorizados para registrar personas en busca de "armas, municiones y explosivos. Este registro debe hacerse preferentemente por géneros".

Gaspar: "Veo que evitan choques contra la población civil"

La Tercera PM le consultó a Gabriel Gaspar, ex subsecretario de Guerra, sobre el tema. Él explica que "toda misión militar tiene que tener definido cuál es el uso de los medios de que dispone. Esa autorización, que se llaman reglas de enfrentamiento, están reglamentadas y son autorizadas por la autoridad política. Desconozco cuáles se usan ahora; debiera ser el ministro o el subsecretario de Defensa quienes expliquen cuáles son".

"Una observación mía sacada de la tele o de la calle: creo que la instrucción es el no uso de los medios. A actuar básicamente de presencia y disuasivo y al no empleo de los medios que tienen las Fuerzas Armadas. Salvo el apoyo de situaciones donde haya desborde de las fuerzas policiales".

-Pero han muerto personas por heridas a bala disparadas por militares. Hay patrullas que le han disparado a edificios residenciales.

-Son casos, pero no es la mayoría. Tendrá que explicarlo la autoridad a cargo. Lo que sí veo es que están evitando choques con la población civil. Vi en Viña, suponiendo que es cierto, escenas de búsqueda de empatía entre la población y las tropas. Hay una gran experiencia ahí del aprendizaje de nuestras tropas en el paso por Haití. Ahí también usaron normas de enfrentamiento, pero las de Naciones Unidas, que tiene una vasta experiencia en estos temas.

"¿Las tropas están instruidas? La frase del general Iturriaga lo refleja todo: no estamos en guerra. Cuando uno está en guerra usa todos los medios", dice.

Carabineros tiene normas clara, detalla, "porque Carabineros tiene una variedad de medios, dado que es el encargado de orden y seguridad. Tiene medios para disolver, como guanacos, tienen bombas lacrimógenas, fusiles con balines y además armamento. Pueden emplearlo gradualmente".

-Ese reglamento está hecho para fuerzas policiales que disponen de medios no letales. El Ejército solo trabaja con medios letales, o está entrenado para eso. ¿Por qué podría tener entrenamiento o reglamentos sobre uso de fuerza no letal? 

-De los estados de emergencia, éste es uno de los más difíciles, porque las Fuerzas Armadas tiene que cumplir funciones más bien de seguridad que de Defensa. Por eso la fuerza policial y armada se colocan bajo un mismo mando. ¿Cuáles son las normas? Tienen que informarla la autoridad que corresponde. En mi época claro que había, pero nunca tuvimos que decretar esto. Decretamos muchos estados de emergencia por catástrofes cuando fui subsecretario, pero no por este tipo de situaciones.

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