Efecto de la reforma notarial: Suprema libera a fiscales judiciales de visitas para inspeccionar condiciones carcelarias
Los magistrados solo quedarán con la función de visitar los penales en donde haya enajenados mentales. Para el resto, la función recaerá en los jueces de garantía o los jueces orales.
La entrada en vigencia de la reforma notarial y registral, provocó un ajuste de piezas en las funciones que desempeñan los fiscales judiciales de las distintas cortes de apelaciones del país.
Históricamente, los fiscales judiciales han sido magistrados que junto con integrar salas cuando se necesita, se hacen cargo de las investigaciones disciplinarias, pero también se encargaban de visitar las cárceles de sus jurisdicciones para así constatar en terreno el cumplimiento de condiciones mínimas y humanitarias de la población penitenciaria.
De hecho en el pasado han habido fiscales judiciales que han asumido esa función con especial atención. Así lo hizo, mientras fue fiscal judicial de la Corte Suprema, la exmagistrada Lya Cabello.
La exfiscal del máximo tribunal en 2017 visitó todos los centros penitenciarios del país para redactar un informe, que dio a conocer en 2018, con el que denunció las condiciones inhumanas en las que habitan los internos de los centros penitenciarios. Incluso denunció, aquella vez, que los hechos que constató son los mismos que se habían denunciado hace 15 años atrás en el informe de 2003.
Lo mismo que hizo Cabello, lo replicaban los fiscales judiciales que tenían cárceles en sus jurisdicciones. Sin embargo, todo eso llegará a su fin.
Así lo determinó el pleno de la Corte Suprema y lo comunicó el fiscal del máximo tribunal Jorge Pizarro. “Con fecha uno de abril de 2026, el pleno de la Corte Suprema dictó resolución mediante la cual se indicó que las visitas a establecimientos penitenciarios no constituyen una obligación con base legal vigente para los fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones”, se lee en el oficio enviado por Pizarro.
A juicio del máximo tribunal la norma que facultaba a que los fiscales judiciales cumplieran esta labor fue suprimida por otro artículo que radicó esta función en los jueces de garantía, en los magistrados de los Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y en los ministros de corte en las comunas asiento de corte.
Por eso los supremos determinaron que “se acordó que la Fiscalía Judicial se encontraba relevada de practicar las visitas a los centros penitenciarios”.
De esta manera se ordenó “que las visitas programadas para los períodos siguientes no se llevarán a efecto, quedando los fiscales relevados del cumplimiento de dicha práctica”.
Si bien la decisión se basó en la actualización a la normativa vigente, fuentes judiciales comentan que también responde a que a partir de abril los fiscales judiciales recibieron el encargo de fiscalizar en terreno y de forma periódica las notarías, conservadores y archivos de sus jurisdicciones.
Una labor nueva, que antes estaba radicada en los ministros visitadores, y que ahora pasó a manos de los fiscales. Con esto han debido programar visitas a los distintos oficios, estudiar la nueva normativa y organizar qué aspectos van a fiscalizar. De hecho ya existen fiscales judiciales que se han constituido en notarías y han empezado a exigir cambios según lo expresa la nueva reforma.
Dado que ahora la visita de las cárceles queda en manos de los jueces penales, los fiscales judiciales solo deberán hacerse cargo de la exigencia que aún prevalece en el Código de Procedimiento Penal respecto de que estos funcionarios deberán "inspeccionar periódicamente los establecimientos especiales y carcelarios donde se encuentren internados enajenados mentales".
Fuentes judiciales comentan que con la misma carga laboral, y sumando la fiscalización de los oficios notariales y registrales, era imposible sostener las visitas penitenciarias. Sin embargo, hay magistrados que consideran negativa esta medida ya que los fiscales judiciales “eran los únicos que se tomaban en serio” las inspecciones penitenciarias.
Dejarlo en manos de los magistrados penales, que tienen alta carga laboral, podría dejar este tema en “tierra de nadie”. En este punto comentan que dependerá mucho de los jueces ya que, salvo excepciones como el juez Fernando Guzmán, es poco común que ese tipo de magistrados destinen parte de sus labores a revisar las condiciones humanitarias en las que viven los internos carcelarios.
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