Tricel respalda a concejales de Santiago y valida requerimiento contra exalcaldesa Irací Hassler
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la alegación de extemporaneidad presentada por la exautoridad municipal. Con esto, se ratifica la validez del recurso presentado por un grupo de concejales de Santiago en que la acusaban de abandono de deberes.
La misma jornada en que impidió la candidatura a diputado del exalcalde de Recoleta Daniel Jadue (PC), el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) emitió un fallo que confirma la validez del requerimiento presentado por concejales de Santiago en contra de la exalcaldesa Irací Hassler, donde la acusan de abandono de deberes y graves faltas a la probidad durante su administración.
En la sentencia de este viernes, la entidad ratifica lo resuelto previamente por el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana el pasado 17 de junio de 2025, rechazando la alegación de extemporaneidad presentada por la exautoridad municipal. La decisión se adoptó con dos votos en contra, de los ministros Adelita Ravanales y Gabriel Ascencio, quienes sostenían que el requerimiento había sido presentado fuera de plazo.
“El Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, con fecha 17 de junio de 2025, rechazó el alegato de extemporaneidad planteado por la exalcaldesa, considerando que, el artículo 51 bis de la Ley recién citada permite hacerlo válidamente ‘dentro de los seis meses posteriores al término de su período edilicio’”, se lee en el fallo.
Para llegar a esta sentencia, el debate jurídico del Tricel se centró en la interpretación del artículo 51 bis de la Ley N°18.695 (Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades). Esta norma establece que la responsabilidad administrativa de alcaldes y concejales, por probidad o notable abandono de deberes, puede perseguirse hasta seis meses después del término de su período edilicio.
Para los ministros disidentes, Ravanales y Ascencio, el período edilicio de Hassler concluyó el 15 de noviembre de 2024, fecha en que se hizo efectiva su renuncia. Bajo esta mirada, el plazo de seis meses vencía en mayo de 2025, lo que haría extemporáneo el requerimiento ingresado el 4 de junio de 2025.
En cambio, para la mayoría del Tricel, el plazo debía contarse desde el 5 de diciembre de 2024, fecha de instalación del nuevo concejo municipal. Esta interpretación busca resguardar la facultad fiscalizadora de los concejales entrantes, evitando que una renuncia anticipada límite el control ciudadano sobre la gestión municipal.
“La fiscalización por parte del nuevo Concejo se vería restringida o vulnerada por la renuncia anticipada del Alcalde, como ocurrió en este caso, reduciendo e incluso llegando a extinguir el plazo para ejercer la facultad de requerir la declaración de inhabilitación del alcalde saliente a través del artículo 51 bis”, señala el fallo sobre esta interpretación.
Así el tribunal ratificó la tramitación del proceso en contra de la exalcaldesa, validando que la acción se presentó dentro del plazo legal.
La decisión del Tribunal Electoral
El 4 de junio de 2025, el Segundo Tribunal Electoral Metropolitano acogió a trámite un recurso presentado por un grupo de concejales de Santiago contra la exalcaldesa de esa comuna, en la que la acusaban de abandono de deberes y graves faltas a la probidad durante su administración, como informó en ese entonces La Tercera.
La acción fue interpuesta por los ediles Luis Mackenna (UDI), Carolina Prieto (Republicanos), Santiago Mekis (RN), Juan Mena (RN), Vicente Martínez (Republicanos) y María José Ramírez (RN), y en esta se solicitaba la inhabilidad de Hassler para ejercer cargos públicos por el término de cinco años.
Una semana después, la exalcaldesa pidió declarar inadmisible el requerimiento, para lo que argumentó que no se encontraban vigentes los plazos para su presentación, lo que fue rechazado por el tribunal.
En esa ocasión, la entidad ya había recordado que el plazo para la presentación de una acción de este tipo es dentro de los seis meses posteriores al término del período edilicio, el que concluyó el 5 de diciembre de 2024.
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