Entrega de $1.900 millones “prácticamente en una maleta” y una dura crítica al interventor: el nuevo fallo en caso Itelecom
La Corte de Apelaciones invalidó un pago de $1.900 millones de la Municipalidad de Las Condes a Itelecom por considerarlo negligente, fallando a favor del acreedor TriLinc. Esto obligaría al municipio a pagar nuevamente la millonaria deuda, decisión que la alcaldía apelará, mientras la empresa continúa su reorganización.
Hace cinco años la empresa Itelecom, para evitar la quiebra, pidió su reorganización. Sus deudas sumaban $18.072 millones y sus principales acreedores eran la Corporación Interamericana para el Financiamiento de Infraestructura (Cifi), Banco Itaú y TriLinc Global Impact Fund Cayman.
En medio de este proceso su fundador, Marcelo Lefort, fue imputado por el pago de sobornos a funcionarios municipales por contratos de luminarias y falleció en septiembre de 2025. Hoy el caso marca un nuevo hito.
El 20 de abril de 2026, la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor de TriLinc, un fondo de inversiones de Islas Caimán y acreedor de Itelecom, que ha manifestado una serie de reparos por el orden en que reciben los pagos los acreedores.
El tribunal de alzada capitalino revocó una sentencia previa del 23° Juzgado Civil e invalidó un pago de $1.900 millones que la Municipalidad de Las Condes había realizado a la compañía en el marco de su reorganización. La corte determinó que el municipio pagó con un cheque a un representante y no depositó los fondos en la cuenta de resguardo exigida para garantizar la deuda.
Según el abogado de TriLinc, Alfredo Waugh, la Municipalidad de Las Condes debería volver a pagar el monto en cuestión. “El fallo dejó sin efecto el pago que ‘pretendió’ hacer, pero que legalmente no hizo. La consecuencia es que su obligación de pagar la deuda no se ha extinguido y la Municipalidad está obligada a hacer dicho pago como en derecho corresponde. Sigue actualmente estando obligada con Itelecom”, señaló.
“Por su negligencia la Municipalidad ha ‘perdido’ más de $1.900 millones y tendrá que responder por esos fondos públicos”, añadió.
El tribunal calificó de “insólito” el pago y sostuvo que la municipalidad actuó de modo negligente al entregar un cheque abierto por una suma cuantiosa al antiguo representante de la empresa.
Los ministros cuestionaron la liviandad con que el municipio aceptó las instrucciones del interventor Nicolás Mena para no usar las cuentas corrientes y llegaron a comparar la acción con entregar el millonario monto prácticamente en una maleta.
“La municipalidad recibió información contradictoria en torno a si estaba autorizada o no a proceder al pago, dónde debía hacerlo y a quién. No obstante ello, prefirió no requerir información judicial al respecto y simplemente optó por entregar prácticamente en una maleta, mil novecientos millones de pesos”, agregó el laudo.
“Insólito parece también que el mismo interventor (Nicolás Mena) le informe que en el proceso de reorganización se está recién tramitando la apertura de una cuenta y que la empresa misma no tenía ninguna disponible, para acto seguido, pedirle extender el pago en cheque nominativo a nombre de la empresa, siendo evidente que, si no dispone de cuentas donde depositarlo, solo podría ser cobrado por caja”, explicó el fallo.
“Mucha confianza se habrá tenido, asimismo, en los administradores y/o representantes que condujeron a la empresa a la necesidad de reorganización concursal, puesto que tanto el interventor como Itelcom omitieron informar a la municipalidad, la identidad del nuevo administrador que -según se analiza más adelante- ya debía estar designado”, estableció el fallo redactado por la ministra Carolina Vásquez.
“La municipalidad sabiendo que la empresa estaba en un procedimiento de reorganización, informado tanto por su contratante como por el inversor y acreedor prendario y el mismísimo interventor, no averiguó quién detentaba actualmente la calidad de representante o de administrador con facultades de representación, procediendo simple y llanamente de un modo que no puede sino ser calificado de negligente, a entregar un cheque abierto, por una cuantiosa suma de dinero al antiguo representante de Itelcom”, concluyó.
Por otro lado, el tribunal cuestionó el trabajo del veedor. La resolución anotó un descuido al pedir que el pago se realizara con un cheque para cobro por caja. El texto señaló que la afirmación del interventor sobre la falta de cuentas de banco carece de sustento, pues el contrato de prenda documenta la existencia de cuatro cuentas. La corte concluyó que el veedor omitió informar a la municipalidad la identidad de quién debía recibir el pago y no demostró gestionar la designación de la administración.
El veedor de la reorganización de Itelecom, Nicolás Mena, declinó efectuar comentarios sobre este artículo.
Origen del caso
El origen del caso se remonta a 2017, cuando la Municipalidad de Las Condes mantuvo un contrato de prestación de servicios con la empresa Itelecom. En aquel periodo, el municipio figuró como deudor de la compañía proveedora. Debido a problemas financieros, Itelecom suscribió un contrato de prenda con la firma TriLinc para obtener financiamiento, lo que generó la disputa posterior sobre el destino de los pagos.
A raíz del agravamiento de la situación financiera de Itelecom, los acreedores y la justicia determinaron que un monto de $1.900 millones constituía un bien esencial para la continuidad de las operaciones de la empresa. En ese contexto, la municipalidad pagó dicho monto directamente a Itelecom y no a TriLinc. Esta última empresa reclamó el pago basándose en el contrato de prenda previo.
En la primera instancia, el tribunal validó la posición de la municipalidad, al considerar que el pago se efectuó en cumplimiento de una sentencia dictada en un procedimiento de insolvencia. Pero ahora, la Corte de Apelaciones emitió un fallo que revirtió la decisión inicial.
Descargos de Las Condes
Hoy los acreedores de la empresa de luminarias se encuentran en proceso de aprobar una nueva propuesta de acuerdo de reorganización, la que se presentará a los acreedores dentro de los próximos días.
Frente al revés judicial, la alcaldesa de la Municipalidad de Las Condes, Catalina San Martín, se mostró sorprendida por el fallo y señaló: “La Municipalidad de Las Condes recibió con sorpresa el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, tanto por sus expresiones ofensivas como por el hecho de desconocer que el pago efectuado a Itelecom (representado por el veedor o síndico) respondía al cumplimiento de una sentencia y no de un mero capricho”.
“El Municipio deducirá recursos de casación de forma y de fondo, a fin de revertir este lamentable fallo”, añadió.
Para el abogado Jorge Lembeye, asesor de Itelecom, el pago de la municipalidad ”a Itelecom estuvo correctamente hecho conforme a la declaración de bien esencial que sobre el recaía, fue debidamente recibido por un apoderado con facultades para ello y se utilizó en los términos establecidos en la ley y el acuerdo. Por ello, no compartimos lo resuelto en el fallo ni las apreciaciones que en éste se contienen”.
¿Cómo afecta este fallo a la reorganización de Itelecom?
“No le afecta. Los fallos sólo afectan a las partes del juicio en el que se hayan dictado y, como ya señalamos, Itelecom no formó parte del mismo”, respondió.
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