Por Leonardo CárdenasInmobiliaria y Constructora Francisco de Riveros va a la quiebra tras rechazo de Banco Consorcio a su reorganización
El 17° Juzgado Civil de Santiago dictó la liquidación de la inmobiliaria del empresario Sergio Santander, luego del rechazo de Banco Consorcio a su plan de reorganización. La decisión judicial pone fin a su proyecto en Vitacura, que presentaba un 85% de avance, debido a la falta de proyecciones financieras que sustenten la viabilidad técnica de la propuesta de reorganización.

El 17° Juzgado Civil de Santiago declaró la liquidación forzosa de Inmobiliaria y Constructora Francisco de Riveros SpA, de propiedad del empresario Sergio Santander. Esta decisión se tomó tras el fracaso del proceso de reorganización de la compañía, luego de no conseguir el apoyo de sus acreedores.
La inmobiliaria desarrolla actualmente un proyecto de viviendas y equipamiento en la comuna de Vitacura, ubicado en Francisco de Riveros N° 4550, el cual contempla una superficie edificada de 8.794,43 metros cuadrados distribuidos en cinco pisos, más un nivel retirado.
La iniciativa cuenta con el financiamiento de Banco Consorcio, la ejecución técnica de Constructora Copahue SpA y la gestión estratégica de Inversiones y Asesorías JPF Tres SpA. Según la planificación técnica, se estima que el término de las obras se alcanzará en un plazo aproximado de 12 meses tras su reanudación, con un costo proyectado hasta su recepción final de UF 155.159,08 brutas.
La propuesta de la empresa fue rechazada en la junta del pasado viernes donde participaron ocho acreedores que concentran el total de la deuda con derecho a voto, equivalente a $22.175 millones. Banco Consorcio, titular del 73% del pasivo, votó en contra del plan y denegó la solicitud para presentar una nueva propuesta.
A raíz de esto, la jueza Rocío Pérez Gamboa ordenó la liquidación de Inmobiliaria y Constructora Francisco de Riveros. La resolución ordena que un liquidador incaute los bienes y documentos de la sociedad.
El mismo escrito, advierte al público la prohibición de pagar o entregar mercaderías a la empresa. Los acreedores tienen un plazo de treinta días desde la publicación del fallo para presentar los documentos que justifiquen sus créditos.
Con la asesoría legal de Castañeda y Pino Abogados, Inmobiliaria y Constructora Francisco de Riveros propuso finalizar las obras de edificación de un proyecto que registra un 85% de avance.
El plan contemplaba ejecutar el 15% restante y obtener los permisos respectivos para pagar la totalidad de los créditos. Para terminar los trabajos, la compañía requería un financiamiento de 155 mil UF y los accionistas de la inmobiliaria se comprometieron a aportar 35 mil UF destinadas a la línea de construcción.
De acuerdo a la propuesta de reorganización, el plazo de ejecución se redujo a doce meses. La iniciativa incluía entregar un mandato mercantil irrevocable a la interventoría en un plazo de diez días para otorgar facultades de administración y gestión de recursos.
El mismo documento detalló que para el término de las obras se requerían UF 155.159,08 brutas, que corresponden al costo de construcción para término de obra por la suma de UF 132.601,05 brutas + UF 22.558,03 brutas por efecto de gastos de Enel, Aguas Andinas, proveedores, contribuciones, derechos municipales, primas de pólizas y ajustes.
Informe
La propuesta de venta del proyecto inmobiliario, presentada en la reorganización liderada por la veedora Daniela Camus, establecía condiciones específicas para la enajenación de sus unidades.
Según el documento, las viviendas que no contaran con promesa vigente se venderían siguiendo un precio de lista determinado, el cual solo podría ser modificado mediante un acuerdo explícito entre la empresa deudora y Banco Consorcio.
El plan determinaba que la totalidad de los fondos obtenidos por las ventas y promesas se destinarán prioritariamente a saldar la deuda con el banco hipotecario. Antes de estos pagos, se descontarían los costos asociados a comisiones de venta, marketing y los honorarios de la intervención, quedando toda la administración financiera bajo la responsabilidad de la interventora concursal designada.
Camus explicó que la empresa deudora no ha presentado un flujo de caja mensual que sustente la viabilidad de la propuesta. Esta carencia de proyecciones sobre ingresos y costos dificulta evaluar la capacidad real del proyecto para completar la construcción y posterior explotación inmobiliaria necesaria para cumplir con las obligaciones financieras reorganizadas.
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