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FNE: Estudio sobre el comercio electrónico alerta por “prácticas unilaterales potencialmente abusivas”

La FNE advirtió sobre posibles riesgos de prácticas abusivas de las grandes plataformas de comercio electrónico hacia sus vendedores. Para mitigarlo, recomendó a estas empresas establecer estándares mínimos de transparencia y predictibilidad en sus términos y condiciones.

08 de junio 2017 Fotos temáticas de FNE Foto: Alejandra De Lucca V. / La Tercera FISCALIA NACIONAL ECONOMICA - DEPENDENCIAS Alejandra De Lucca V.

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) acaba de publicar el informe preliminar del estudio de mercado sobre comercio electrónico.

El reporte concluyó que el e-commerce ha adquirido una importancia creciente en la actividad económica, con ventas cercanas a US$10 mil millones en 2025 -cerca de 2,9% del PIB nominal de Chile-.

En su estudio, la FNE constató que, a nivel de plataformas, existe una estructura de mercado concentrada, en la cual hay un número reducido de actores relevantes. El informe también señaló que el comercio a través de plataformas ha ido ganando terreno ante los formatos físicos y que en los grandes retailers los precios entre el canal electrónico y el físico pueden ser diferentes, ya que éstos en algunos casos se determinan en atención a variables específicas de cada canal y punto de venta.

En ese contexto, el informe consingó que el mercado chileno mantiene “espacios relevantes de rivalidad”, especialmente del lado de los consumidores, quienes presentan alta sensibilidad al precio y un comportamiento activo de comparación entre plataformas.

En conjunto, estos hallazgos sugieren que el mercado no se encuentra actualmente cerrado ni exento de presión competitiva, pero sí presenta características estructurales que pueden dar lugar a “riesgos prospectivos”.

Entre los riesgos que detectó la Fiscalía Nacional Económica sobre el mercado de comercio electrónico está: “la coexistencia de consumidores relativamente móviles y vendedores altamente dependientes, sumada a la capacidad de las plataformas para ordenar el acceso a la demanda, influir en la visibilidad y proveer servicios complementarios, justifica prestar especial atención a ciertos mecanismos que podrían afectar el desenvolvimiento competitivo del sector”.

Más directa aún, la agencia antimonopolios señaló en su informe que "los términos y condiciones que rigen la relación contractual de algunas de las principales plataformas de comercio electrónico con sus sellers tienen características que favorecen el ejercicio de prácticas unilaterales potencialmente abusivas que, a la postre, pueden afectar negativamente las condiciones de competencia en el mercado".

Por lo mismo, la FNE recomendó a las plataformas que “sus términos y condiciones se ajusten a ciertos estándares mínimos”.

En materia de limitantes a la competencia, la primera analizada fue la influencia de las plataformas sobre la conducta comercial de los sellers. El estudio mostró que dicha influencia existe y se manifiesta a través de distintos canales, en particular mediante contactos efectuados por los ejecutivos comerciales encargados de la relación con terceros vendedores (Key Account Managers o KAM), los algoritmos de determinación o sugerencia de precios y la Buy Box.

Sin embargo, la evidencia levantada no permite sostener que, en el estado actual de desarrollo del mercado chileno, la mayor parte de los riesgos competitivos asociados a estas herramientas se esté materializando de manera concreta.

La segunda limitante analizada fue la paridad de precios. El estudio concluyó que “la principal preocupación competitiva no parece radicar, al menos por ahora, en cláusulas contractuales explícitas, generalizadas y fácilmente observables, sino en mecanismos funcionalmente equivalentes”.

“La evidencia cualitativa, contractual y cuantitativa converge en mostrar un riesgo competitivo atendible asociado a prácticas de monitoreo, comparación con otros canales y posible afectación de visibilidad que pueden inducir a algunos sellers a alinear sus precios o condiciones comerciales entre canales”.

En ese sentido, la FNE sostuvo en su reporte que “la evidencia es consistente con que, en el marco de la relación comercial mediada por KAM, plausiblemente, algunas plataformas podrían estar imponiendo una paridad de precios de facto o desplegando conductas que tienen un efecto equivalente, aunque existen explicaciones alternativas también consistentes con la misma evidencia”.

“Atendidos los riesgos identificados y el hecho de que no pueden descartarse explicaciones alternativas, la Fiscalía se mantendrá atenta a la gestión comercial que realizan los KAM y a otros instrumentos que podrían conducir a la imposición de paridad de precios, particularmente en el caso de plataformas que pudieran exhibir poder de mercado en algunos segmentos o en caso de evidenciarse prácticas que en su conjunto generen un efecto acumulativo en tal sentido”, concluyó.

En cuanto a los términos y condiciones que rigen la relación contractual de algunas de las principales plataformas de comercio electrónico con sus sellers, la FNE adviertió que presentan deficiencias que merecen ser abordadas para reducir el riesgo de prácticas unilaterales potencialmente abusivas.

Por lo anterior, recomendó a las plataformas que registran ventas superiores a UF 100 mil al año (unos US$ 4,5 millones) -y que corresponden a grandes empresas según lo establecido en nuestra legislación- adoptar términos y condiciones que se ajusten a un conjunto de estándares mínimos de transparencia y predictibilidad en relación con sus sellers.

Actualmente califican como destinatarios de la recomendación todas las plataformas híbridas analizadas en el contexto del estudio: Falabella.com (Chile), Hites.cl, Mercado Libre (Chile), Mundo Líder (Walmart Chile), Paris.cl (Cencosud) y Ripley.com (Chile).

Recomendaciones

Según datos de la Cámara de Comercio de Santiago, cada vez más personas adquieren bienes de manera remota; en abril de 2025 el porcentaje de compradores online ascendía a un 64% de los consumidores y, en agosto de 2025, un 75% de los chilenos habría realizado al menos una compra por Internet.

En este sentido, el Fiscal Nacional Económico, Jorge Grunberg afirmó que la “irrupción del comercio online, especialmente a través de plataformas, ha modificado de manera estructural el funcionamiento del comercio minorista, más allá del impulso coyuntural asociado a la pandemia”.

El informe preliminar de la FNE incluyó una recomendación dirigida a los actores del mercado con el objetivo de que los términos y condiciones entre las plataformas de comercio electrónico y sus vendedores habituales cumplieran con requisitos mínimos de transparencia y predictibilidad. Según la FNE, esta medida buscaba mitigar el riesgo de posibles prácticas unilaterales abusivas por parte de las plataformas. Para lograrlo, la autoridad sugirió que estos criterios estuvieran disponibles públicamente en el sitio web o la aplicación de cada empresa, basándose en una serie de estándares básicos.

los acuerdos debían estar redactados en un lenguaje claro y comprensible, evitando cláusulas ambiguas y precisando los cobros, las condiciones comerciales y la distribución de riesgos en caso de devoluciones.

Asimismo, era fundamental que detallaran los motivos específicos por los cuales se podía restringir, suspender o terminar el acceso de un vendedor a la plataforma o a sus servicios. Además, en caso de que se realizaran modificaciones a los términos que pudieran afectar negativamente a los vendedores, se debía establecer un período de aviso de al menos 15 días hábiles antes de su aplicación.

Por otro lado, la FNE recomendó que las plataformas describieran de manera sencilla cuáles eran los parámetros principales que determinaban la clasificación y posicionamiento de los productos, aclarando si este orden podía alterarse mediante pagos.

También debían transparentar a qué datos generados por los vendedores tenía acceso la plataforma, especificando sus condiciones de uso y si se compartían con terceros; esto con el fin de promover la transparencia y facilitar que los vendedores pudieran comparar entre distintas plataformas.

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