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Marco y evaluación de la ética empresarial en Chile

<font face="tahoma" size="3"><span style="font-size: 12px;">La práctica de la ética en el ámbito empresarial es indispensable, pero no cabe confundir su ámbito con lo que es propio de la ley y debe ser exigido coercitivamente. </span></font>

LA CONFEDERACION de la Producción y del Comercio ha emitido recientemente el documento "Marco ético del empresariado chileno" y está trabajando en una iniciativa destinada a evaluar la gestión ética en las empresas chilenas. Hay que resaltar la importancia de que las empresas y quienes las dirigen, así como todos los ciudadanos, se guíen por principios éticos sólidos, aunque es importante precisar el alcance de estas iniciativas y evitar una confusión entre el ámbito que es propio de la ley, y por lo tanto exigible coercitivamente, de aquel que es propio de la ética y que corresponde a cada entidad determinar la forma de cumplirlo autónomamente.

La determinación de los estándares de comportamiento que son exigibles a las empresas es un tema que ha sido largamente discutido a nivel internacional y es una buena noticia para Chile que exista este debate. Sin embargo, es relevante distinguir con mucha claridad aquello que se estima socialmente deseable de lo que se aspira a exigir forzosamente.

En ese sentido, algunos pasajes del documento marco referido mueven a confusión al utilizar expresiones que podrían interpretarse como un condicionamiento de la legitimidad de la libertad empresarial o incluso del derecho de propiedad a exigencias difíciles de delimitar. Por ejemplo, se señala que "la libertad y el derecho de propiedad privada se legitiman socialmente mediante su ejercicio responsable". Cuando se habla de responsabilidad y de legitimación de derechos tan relevantes parece necesario determinar cuáles son los estándares exigibles, lo cual no puede quedar entregado a una noción difusa.

En general, es la ley la que debe exigir coercitivamente aquella parte de los principios éticos cuya observancia es necesaria para la convivencia social, lo que conlleva la necesidad de definirlos con precisión y a su vez valida la voluntad de imponerlos obligatoriamente. Así por ejemplo, el respeto a la vida, a la dignidad del trabajador, al derecho de propiedad, entre otros principios, son parte de lo que la sociedad debe exigir. La parte de la ética que queda fuera de la ley obliga a las personas en el ámbito de la prudencia y constituye un deber ser al que todos pueden aspirar a través de diferentes vías.

Igual prevención cabe formular respecto de la anunciada evaluación de la gestión ética de las empresas, porque tiende a generar una categorización entre sectores productivos o empresas que son "más éticos" que otros, lo que involucra en sí mismo un enjuiciamiento público que no deben arrogarse las entidades gremiales y puede afectar injustamente a quienes no cumplan con los modelos que se apliquen. Para algunos puede ser más ética una empresa que destina parte de sus utilidades a efectuar donaciones; para otros puede ser preferible la que las destina a emprendimientos que permiten duplicar la cantidad de puestos de trabajo que ofrece. Partiendo de la base de que ambas cumplen estrictamente con las normas legales exigibles, no se entiende según qué criterios objetivos podría destacarse a una por sobre la otra. Tampoco puede obviarse que al exacerbar la categorización de estándares éticos se podría debilitar la importancia que tiene el juicio de los propios consumidores, cuyo reconocimiento constituye también una importante medida de evaluación respecto de cualquier empresa.

La formación de las personas en la conciencia y el cumplimiento de los valores éticos aplicables en los ámbitos en que se desempeñan -empresarial, profesional, político o cualquier otro- es indispensable, pero resulta peligroso erigir a instituciones que tienen fines gremiales en jurados del comportamiento de los demás.

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