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Colegio Mayflower de Lo Barnechea se ve obligado a reincorporar a tres alumnos expulsados por supuesta venta de vapeadores

El tribunal calificó de “arbitraria e ilegal” la actuación del establecimiento particular, que en 2024 canceló la matrícula de tres estudiantes de sexto básico tras una investigación interna por "venta y compra de vapeadores". La Superintendencia de Educación también sancionó al colegio con una multa de 70 UTM por irregularidades en sus procedimientos.

Uno de los colegios más prestigiosos de la Región Metropolitana acaba de sufrir un golpe judicial. Se trata de The Mayflower School, establecimiento particular pagado de Lo Barnechea, que se vio obligado por la Corte de Apelaciones de Santiago a reincorporar a tres alumnos cuya matrícula fue cancelada o no renovada para 2025, tras una investigación interna que los vinculó con la venta de vapeadores y un supuesto caso de bullying que tuvo lugar a fines de 2024.

El fallo, emitido el 1 de octubre y al que tuvo acceso La Tercera, calificó la actuación del colegio como “arbitraria e ilegal” y determinó que vulneró los derechos de los niños y sus familias.

Todo se dio luego de los recursos de protección presentados por las madres de los menores, quienes alegaron que sus hijos -entonces alumnos de sexto básico- fueron sancionados sin pruebas y sin derecho a defensa.

En todos los casos las medidas disciplinarias se comunicaron en diciembre del año pasado, cuando ya era prácticamente imposible matricularlos en otro establecimiento.

Pero el conflicto se originó tiempo atrás. Fue el 5 de noviembre del año pasado cuando el Mayflower envió a la comunidad educativa un correo para informar una investigación interna por “venta y compra de vapeadores” dentro del colegio.

Fue ahí donde uno de los menores fue sancionado tras reconocer que meses antes había tenido un vapeador que compró en un mall y vendió a un amigo fuera del colegio, sin que el dispositivo ingresara nunca al establecimiento. Según relataron sus padres, el tema ya había sido abordado y resuelto en familia, pero pese a ello el colegio lo consideró parte de la investigación interna y lo dejó condicional, excluyéndolo del equipo de fútbol y posteriormente cancelando su matrícula para 2025.

Su familia denunció que durante ese proceso el niño fue víctima de insultos y amenazas por redes sociales, hechos que el establecimiento no habría abordado ni denunciado.

En tanto, a otro de los menores involucrados se le atribuyó haber vendido dos vapeadores. El hecho se dio luego de que, junto a un compañero, encontrara dos vapeadores tirados en el patio del colegio dentro de un estuche. Según el relato de su familia, ambos los mostraron a sus amigos y uno de ellos ofreció comprarlos. Ese mismo día concretaron la venta y el estudiante usó su parte del dinero para comprar una bebida y algo para comer en el kiosco escolar.

Los padres sostuvieron que el colegio no ejerció el debido cuidado al permitir que estos objetos circularan libremente en el recinto y que su hijo no los ingresó al establecimiento, sino que los halló allí. También a él se le impuso condicionalidad.

Foto: The Mayflower School.

En el caso del tercer alumno el establecimiento lo sancionó por estar involucrado en una falta que comprometía a varios alumnos, y posteriormente lo acusó de bullying contra un compañero. Según su madre, nunca se le presentaron pruebas ni se siguió el protocolo interno, que exige entrevistas, derivaciones psicológicas y análisis del contexto antes de determinar responsabilidades.

Durante 2025 los tres estudiantes pudieron seguir asistiendo al colegio gracias a una orden de no innovar otorgada por la Corte. Sin embargo, según denunció la abogada Carolina Maluenda, quien representó a dos de las familias, el colegio no cumplió completamente la medida: “Solo los recibió como oyentes, sin incluirlos en el sistema de notas, sin enviar información a los apoderados y manteniéndolos fuera del fútbol. Los padres también fueron discriminados por funcionarios, que les dijeron abiertamente que, por tener un recurso en curso, no podían acceder a ciertas solicitudes”.

Maluenda agrega que el fallo “da cuenta de que el colegio no contaba con un reglamento interno de convivencia ajustado a la normativa educacional y aplicó dos medidas disciplinarias desproporcionadas a la falta cometida. La ley prohíbe castigar dos veces por lo mismo, pero acá se les dejó condicionales y además se les excluyó del deporte, causando un evidente menoscabo”.

El tribunal recogió esa argumentación. En su resolución, la ministra Marisol Rojas Moya estableció que no existió debido proceso, pues el colegio no notificó formalmente el inicio de las investigaciones, no otorgó instancias reales de defensa ni justificó la gravedad de las sanciones. También subrayó que las decisiones fueron tomadas “con disparidad en el trato sancionatorio”, ya que otros alumnos involucrados en hechos similares no recibieron castigos equivalentes.

La Superintendencia de Educación había llegado a conclusiones similares meses antes. En agosto de 2025 sancionó al Mayflower con una multa de 70 UTM por aplicar incorrectamente su reglamento interno, no garantizar el debido proceso y actuar con falta de proporcionalidad. En su informe, la entidad advirtió la existencia de protocolos incompletos y apelaciones sin respuesta formal.

Las apoderadas de los alumnos expresaron su satisfacción por la resolución. Sostuvieron a este medio haber recibido el fallo “con mucha alegría, ya que confirma que nuestros hijos fueron sancionados y expulsados injustamente por un hecho puntual, que en ningún caso correspondió a lo que se les acusó”.

Agregaron que durante casi un año enfrentaron “injusticias e irregularidades por parte del colegio, que actuó sin pruebas ni apego a la normativa, afectando emocional y psicológicamente a los niños”.

PEDRO RODRIGUEZ

El colegio, representado por su rector, Carlos Packer-Comyn, defendió en el escrito su actuar señalando que al ser un establecimiento particular pagado el vínculo con los apoderados se rige por un contrato anual de servicios educacionales, lo que no implica obligación de renovar matrícula. Añadió que las medidas se adoptaron en el marco de su proyecto educativo católico y conforme a su Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

La Corte, sin embargo, desestimó ese argumento. “Incluso los colegios particulares deben garantizar procedimientos justos y proporcionales”, enfatizó la resolución, que ordenó al Mayflower reincorporar inmediatamente a los tres alumnos como estudiantes regulares y lo condenó al pago de las costas del proceso judicial.

La Tercera consultó al colegio para conocer su versión sobre el fallo, pero al cierre de esta edición no obtuvo respuesta.

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