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Ariztía recurre al Tribunal Constitucional por caso colusión en la industria de los pollos

El derecho a “guardar silencio, o en caso de consentir en prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento”. Este artículo del Código Procesal Penal es uno de los citados por la empresa Ariztía en una presentación que hizo ante el Tribunal Constitucional (TC).

¿El motivo? El gerente general de Empresas Arztía, Ismael Correa, pidió al TC que declare inconstitucional el que se le cite a declarar como parte del caso que analiza el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) tras una denuncia de colusión en contra de esta empresa junto a Agrosuper y Don Pollo.

Fue la Fiscalía Nacional Económica la que denunció, en diciembre del año pasado, a estas firmas productoras y comercializadoras de pollo, junto a la Asociación de Productores Avícolas (APA), a los que acusa de ponerse de acuerdo para limitar y asignar cuotas de producción, controlando la cantidad producida y ofrecida al mercado nacional, coordinado mediante el permanente intercambio de información sensible, estratégica y detallada del negocio entre las tres empresas productoras en el seno de la asociación gremial a que pertenecen.

Las empresas ha rechazado la acusación. Pero Ariztía fue más allá. Su gerente general acusa que el TDLC no está llevando a cabo “un justo y racional procedimiento”.

Para el ejecutivo, no corresponde que se le cite a declarar como testigo del caso pollos. Esto, pues el TDLC lo citó según lo dispuesto el Decreto Ley 211 sobre libre competencia, en cuanto éste permite la aplicación del artículo 385 del Código de Procedimiento Civil, el cual señala que todo litigante está obligado a declarar bajo juramento cuando lo exija el contendor o lo decrete el tribunal. “(A quien) compareciendo se niega a declarar o da respuestas evasivas, se le dará por confeso”, dice este artículo.

Sin embargo, a juicio de Ismael Correa, en los procesos que lleva adelante el Tribunal de la Competencia no debe aplicarse el Código de Procedimiento Civil.

Por el contrario, según el ejecutivo, tiene derecho a guardar silencio, citando el Código Procesal Penal, por lo que sostiene que es inconstitucional que se le cite a declarar ante el TDLC.

CONSECUENCIAS 
El Tribunal Constitucional recién está analizando la solicitud presentada por el ejecutivo de Ariztía.

Abogados que litigan ante el TDLC explican que este procedimiento podría, eventualmente, retrasar el caso pollos, por cuanto se podría decretar su suspensión mientras se analice el requerimiento ante el TC de Ismael Correa.

Más aún. Para algunos abogados, la posibilidad que el TC acoja la solicitud del ejecutivo de Ariztía podría modificar los actuales procesos ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, en donde es muy común que los ejecutivos que son parte de algún proceso sean citados a declarar en calidad de testigos.

Por lo pronto, el ejecutivo de Ariztía entregó sus antecedentes para justificar su presentación ante el TC. Sostiene que ha sido el propio TDLC el que ha aceptado que las garantías del sistema penal resultan aplicables a los casos en que pretende la aplicación de multas.

En efecto, la FNE pide que a las empresas acusadas el TDLC ordene aplicarles una multa de 30.000 UTA a Agrosuper, Ariztía y Don Pollo, mientras que para la Asociación de Productores Avícolas de Chile AG solicita se le imponga una multa de 20.000 UTA, además de ordenar su disolución. Así, las multas suman 110.000 UTM.

La FNE justifica las sanciones indicadas en que “el beneficio obtenido por la conducta supera con creces el monto máximo posible de multas aplicables a colusiones, que este tipo conductas son particularmente graves, y que afecta a un producto que forma parte de la canasta básica de consumo de la mayor parte de los hogares, con efectos sociales relevantes”.

Debes saber

¿Qué ha pasado?
La Fiscalía Nacional Económica acusó a las empresas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo de coludirse, pidiendo las máximas multas que permite la legislación.

¿Por qué ha pasado?  
Según el organismo antimonopolio, las empresas se coordinaron para limitar y asignar cuotas de producción, controlando la cantidad producida y ofrecida al mercado nacional.

¿Qué consecuencias tiene?
El gerente general de Ariztía recurrió al Tribunal Constitucional, pues dice que tiene derecho a guardar silencio y que no sea citado a declarar por el TDLC, que lleva el caso.

¿Qué consecuencias tiene?
El proceso podría ser suspendido mientras sea analizada la solicitud de Ariztía.

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