Feriado judicial y modernización de los tribunales civiles
La propuesta que anunció el gobierno, destinada a terminar con esta práctica, se ajusta a la necesidad de perfeccionar la administración de justicia en esta materia.
LA MINISTRA de Justicia anunció hace unos días que el gobierno pretende enviar al Congreso, a fines de este semestre, un proyecto de ley para eliminar definitivamente el feriado judicial. La decisión del Ejecutivo es acertada, pues se ajusta a los requerimientos de la sociedad de contar con un sistema judicial moderno y eficiente. Esta suspensión de actividades -que va desde el 1 de febrero hasta el primer día hábil de marzo- tenía como propósito original asegurar a los litigantes de una causa igualdad de oportunidades para defenderse en los tribunales de justicia, lo que recomendaba suspender los procedimientos durante el período estival, para evitar que éstos continuaran sin conocimiento de alguna de las partes. Con las facilidades que entrega hoy la tecnología, en cuanto a disponer de información en línea para seguir la marcha de las causas y realizar gestiones en su tramitación, colocar término a esta antigua práctica resulta del todo razonable, ya que su vigencia en el funcionamiento actual de los tribunales no se justifica y sólo contribuye a entorpecer su labor.
Hoy, el feriado judicial, que está regulado por el Código Orgánico de Tribunales, sólo se aplica en materia civil, ya que el resto de los tribunales, como los laborales, de familia, penales, tributarios, aduaneros y juzgados de policía local, no están sometidos a este régimen, sino que están sujetos a las normas de suplencia y subrogación que se implementan en cualquier institución durante el período de vacaciones, sea ésta pública o privada. No existe motivo alguno para que los jueces y funcionarios de los tribunales civiles queden exentos de ese tratamiento, menos aún si se toma en consideración que en todo el país existen 224 tribunales que atienden materias civiles, y que el año pasado ingresaron un millón 583 mil de estas causas (53% del total), las que si bien en un número importante son juicios ejecutivos o cuestiones preparatorias -donde la labor de los tribunales es menor-, impide a las personas que acuden a ellos contar con acceso permanente e igualitario a la justicia, afectando así un derecho fundamental que está consagrado en la Constitución.
Diversos especialistas y la propia Corte Suprema han venido reiterando en el último tiempo la necesidad de suprimir el asueto judicial, debido a la pérdida de sentido práctico que ha experimentado esta norma, por lo que el gobierno hace bien en acoger esas recomendaciones. Su mantención, además, contraviene el impulso de modernización que se le pretende inyectar a la justicia civil mediante el proyecto de reforma procesal civil que se está tramitando actualmente en el Congreso y que busca mejorar la administración de justicia, destinada a dirimir los conflictos que se originan en los negocios entre privados. Tiene poco sentido que se esté discutiendo la forma de perfeccionar los procedimientos de estos tribunales para que mejoren su funcionamiento y entreguen una respuesta adecuada a la ciudadanía, si es que antes no se garantiza la atención permanente de los mismos.
Aprovechando este debate, sería apropiado, también, que el máximo tribunal del país evaluara la conveniencia de flexibilizar la fecha del discurso inaugural del año judicial, que por norma se realiza el primer día de marzo (sea hábil o fin de semana), ya que muchas veces esta ceremonia pierde presencia al efectuarse en día festivo o en medio de una agenda amplia de temas. Su traslado a una fecha distinta le podría otorgar mayor realce.
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