Histórico

Krassnoff y "El Fanta" apelan a la Corte Suprema por libertad condicional

Sus abogados buscan repetir resultado de fallos que cuestionaron informes de Gendarmería en tres casos de reos de Punta Peuco. En tanto, Justicia emplazó ayer al Poder Judicial a explicar por qué se decidió que el municipio de Colina realice nuevas evaluaciones.

Luego de que ayer se conocieran tres fallos de la Corte Suprema que criticaban los informes desfavorables en que Gendarmería recomendaba no entregar la libertad condicional a tres reos de Punta Peuco, condenado por delitos de lesa humanidad, los también reclusos de ese penal,  Miguel Krassnoff y Miguel Estay, conocido como “El Fanta”,  apelaron al máximo tribunal para que se les otorgue el beneficio penitenciario.

En esos fallos, la Tercera Sala del máximo tribunal resolvió que Gendarmería no elaboró de forma prolija los argumentos para rechazar la libertad condicional a Alex Ambler Hinojosa, capitán (r) condenado a siete años de presidio por el asesinato de los hermanos Eduardo y Rafael Vergara Toledo; Claudio Salazar Fuentes,  ex carabinero sentenciado a presidio perpetuo por el homicidio de José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino; y Conrado Sesnic Guerricabeitia, ex funcionario de la Armada condenado a cinco años por el secuestro calificado del militante MIR, Rudy Cárcamo.

En ese sentido, los jueces argumentaron en una de sus resoluciones que “se trata de un informe elaborado por personal dependiente de Gendarmería, cuyas conclusiones se repiten reiteradamente y sin mayores modificaciones en cada uno de los casos de quienes se encuentran recluidos en dicho centro penitenciario, lo que permite concluir que en su elaboración no se actuó con la prolijidad y profundidad que tal labor requiere”.

Es en base a esta resolución, se ordenó que el informe sicológico y social de los internos sea realizado por otros organismos, ajenos a Gendarmería. Es por ello ayer la Corte de Apelaciones de Santiago solicitó nuevas evaluaciones por parte de la Municipalidad de Colina y el Servicio Médico Legal. Una vez hechas estas  diligencias, según el fallo, la comisión de libertades condicionales revisará nuevamente la situación de los tres reclusos y decidirá si entregarles el beneficio.

Para Raúl Meza, abogado del ex agente de la Dina y brigadier (r) del Ejército Miguel Krassnoff, esta resolución “sienta un precedente judicial histórico en los procesos penales por derechos humanos contra militares condenados por delitos de lesa humanidad, considerando que abre una posibilidad concreta para que se conceda la libertad condicional a los internos de Punta Peuco”.

El uniformado, condenado a 267 años de presidio, según indica su abogado en un recurso, por diversos casos de violaciones a los derechos humanos, apeló a la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que mantuvo el rechazo a su libertad condicional.

Según se argumenta en el recurso de apelación, “la citada comisión (que entrega el beneficio y que está compuesta por jueces), en su resolución denegatoria, nunca tuvo un pronunciamiento específico respecto del interno Miguel Krassnoff Martchenco, sobre los motivos particulares por los cuales se le denegaba el beneficio, invocándose por parte de la citada instancia sólo argumentaciones de carácter general”.

El abogado Meza, sostuvo que “en el caso de mi representado jamás en toda su estadía en Punta Peuco, ha sido evaluado personalmente por algún sicólogo de Gendarmería, sin embargo, se emite un informe sicológicos negativo sobre la falta de conciencia de los delitos cometidos”.

El segundo recurso que fue presentado a la Suprema fue el de Miguel Estay Reyno, alias el ‘Fanta’, quien fue condenado a cadena perpetua por su participación en el asesinato de los profesores José Manuel Parada, Manuel Guerrero y Santiago Nattino, en 1985.

Este requerimiento se presentó el 9 de marzo de 2016, por su abogado Felipe Bahamondes, quien argumentó que este se basa en que “siempre hemos sostenido, y lo reconoce la resolución conocida hoy (ayer), que los informes que emite la comisión de conducta de libertad condicional son imparciales, toda vez que quien hace esas evaluaciones es Gendarmería. Es muy beneficioso que ese informe sea hecho por un tercero, un órgano independiente”.

Respaldo a Gendarmería

La ministra de Justicia, Javiera Blanco, respaldó el actuar de Gendarmería y emplazó al Poder Judicial por pedir informes a la municipalidad de Colina y al SML.

“Llama profundamente la atención que esos informes vayan a ser solicitados por ejemplo en un caso a la Municipalidad de Colina, porque creemos que obviamente quien puede tener una información y conocimiento mayor en relación a lo que son las posibilidades de rehabilitación y arrepentimiento eficaces de estas personas, son quienes están a su cargo. Eso es algo que tendrá que explicar el Poder Judicial”, dijo.

En tanto, el sacerdote jesuita Fernando Montes, expresó que “no quiero entrar en el fondo ni de amnistía ni de concesión de los beneficios eventualmente legales que se puede dar. Sólo celebro que se pidan informes serios”.

En tanto, la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, sostuvo que “creemos que esta es una decisión política de la Corte Suprema, y eso es una decisión gravísima”.

Sin embargo, el abogado Maximiliano Murath, quien representa a la asociación de familiares de reos en Punta Peuco, señaló que “hay que diferenciar. La libertad condicional no es amnistía, se sigue cumpliendo la pena, pero no recluido”.

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