Se aprueba la “Ley Jacinta”: estos son los cambios que habrá para conseguir licencia de conducir
El Congreso despachó la reforma que endurece los requisitos de salud para conducir. Su implementación será gradual y partirá durante 2026.

Chile dio un paso decisivo en materia de seguridad vial. La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó por unanimidad y despachó el proyecto conocido como “Ley Jacinta”, iniciativa que modifica la Ley de Tránsito y otras normativas para elevar los estándares exigidos a quienes conducen vehículos motorizados en el país.
La ley nace tras el fallecimiento de Jacinta González Schnitzer, una menor de cinco meses que murió luego de que un conductor de 80 años, con una enfermedad terminal, perdiera el control de su vehículo. El caso generó un amplio consenso político respecto de la necesidad de asegurar que quienes manejan cuenten efectivamente con condiciones físicas y psíquicas compatibles con esa responsabilidad.

Declaración jurada y nuevos controles de salud
El eje central de la reforma es la incorporación de una declaración jurada obligatoria. Tanto quienes postulen por primera vez como quienes renueven su licencia deberán declarar que no padecen enfermedades inhabilitantes o restrictivas para conducir, las que serán definidas en un reglamento técnico. Falsear esta información será considerado una infracción gravísima y podrá implicar la cancelación definitiva de la licencia.
Además, las municipalidades deberán aplicar protocolos médicos estandarizados, dejando atrás evaluaciones dispares entre comunas. Estos procedimientos serán definidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en conjunto con el Ministerio de Salud.
¿Cuándo entra en vigencia?
La ley no se aplicará de inmediato. El MTT tendrá un plazo de 12 meses desde su publicación en el Diario Oficial para dictar el reglamento. Una vez publicado, las nuevas exigencias comenzarán a regir 90 días después, proyectando su aplicación efectiva durante 2026.

Principales cambios que introduce la Ley Jacinta:
1. Licencias de conducir con mayores exigencias, reforzando la evaluación física y psíquica.
2. Declaración jurada de salud obligatoria para obtener o renovar licencia.
3. Sanciones severas por información falsa, incluida la cancelación del documento.
4. Protocolos médicos municipales unificados, definidos por MTT y Minsal.
5. Protección reforzada para niños en motocicletas: edad mínima de 12 años, posición segura y prohibición de llevar menores entre el conductor y el manubrio.
6. Duplicación de las coberturas del SOAP: fallecimiento sube de 300 a 600 UF y lesiones de 200 a 400 UF, con pagos más rápidos.
7. Fuero laboral por la pérdida de un hijo, incorporando un mes de protección en el Código del Trabajo.
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