Trama bielorrusa: Corte de Santiago mantiene prisión preventiva para Vargas, Lagos y Migueles
El tribunal de alzada desestimó el recurso presentado por la defensa de los imputados y recalcó el peligro para la seguridad de la sociedad de la libertad de los acusados, motivo por el cual ratificó la máxima medida cautelar.

Desde la mañana de este lunes la segunda sala de la Corte de Santiago revisó el recurso interpuesto por la defensa de Mario Vargas, Eduardo Lagos y Gonzalo Migueles, con el fin de revertir la cautelar de prisión preventiva en su contra.
Los imputados llevan 20 días recluidos en el anexo penitenciario Capitán Yáber, luego de que se dieran por acreditados los delitos de cohecho, soborno y lavado de activos, por parte de la jueza Michel Ibacache, quien decretó el 5 de noviembre la máxima medida cautelar.
En la ocasión, tras un extenso receso por la tarde, el tribunal declaró que la prisión preventiva se mantiene, ya que se justifica en ciertas causales, como los antecedentes calificados que ameriten la medida, la seguridad de la sociedad y el peligro de fuga.
De acuerdo a lo que argumentó el tribunal, la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que mantuvo la prisión preventiva de los abogados Mario Vargas y Eduardo Lagos y del contador, pareja de la exjueza, Ángela Vivanco, Gonzalo Migueles.
En la lectura de la resolución se señaló que a Gonzalo Migueles se imputa el delito de cohecho reiterado, en calidad de autor; y lavado de activos. A Mario Vargas se le acusa de soborno reiterado y lavado de activos. En cuanto a Eduardo Lagos, los delitos acusados son soborno reiterado y lavado de activos.
“A la luz de los antecedentes vertidos, en la vista de la causa, no es posible analizar la conducta de los acusados de manera separada, desde que entre todos ellos existían vínculos de confianza y de cercanía que les permitía actuar de manera coordinada en la realización de todos y de cada uno de los tipos penales que se les imputa”, añade la resolución.
“En fechas cercanas a dichas actuaciones la empresa beneficiada, con el contenido de las resoluciones cuestionadas, realizaba pagos que luego eran distribuidos entre los coacusados, habiéndose entregado antecedentes de una serie de triangulaciones de dinero, compra de cantidades significativas de dólares en una misma casa de cambio o utilizados en la compra de objetos en el extranjero, en el pago de tarjetas de crédito, en inversiones en depósitos, pagos carentes de justificación, entre otros”, detalló la sentencia de alzada.
“Respecto a la existencia de antecedentes calificados que permitan considerar que la visión preventiva es indispensable para el éxito de diligencias precisas y determinadas de la investigación o que la libertad de los imputados es peligrosa para la seguridad de la sociedad o del ofendido o que existe peligro de que los imputados se den a la fuga, hay que considerar que, aun cuando la pena abstracta señalada por la ley a los delitos que se imputan podría corresponder a la de simples delitos, los hechos de que ha tomado conocimiento esta corte dan cuenta de una reiteración, lo que en materia concursal eleva la pena probable a la de crimen, que por otro lado hay que considerar que el bien penalmente tutelado en los ilícitos en estudio es el de la recta administración de justicia y el orden socioeconómico, en el caso del delito es lavado de activo, ambos bienes jurídicos universal eso colectivos de gran relevancia para el funcionamiento de la sociedad".
En ese sentido, se estableció que la libertad de los acusados podría entorpecer las diligencias investigativas pendientes.
“En razón de lo anterior y visto además lo expuesto en los artículos 149 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de 5 de noviembre del año en curso dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, mediante la cual mediante la cual se dictó la medida cautelar de prisión preventiva que actualmente pesa sobre los acusados por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”, agregó.
Alegato de defensas
En la ocasión, el abogado José Luis Andrés, en representación de Eduardo Lagos, argumentó que “el día que supo que había un orden de detención compareció voluntariamente ante Carabineros y entregó su teléfono. Eso no es huir, señoría. No hay ninguna necesidad de mantener privado la libertad de mi representado”, detallando que “todo esto fue ignorado por la magistrada”.
Por su parte, Patricio Vergara, que representa a Migueles, expresó que “esta parte propuso la privación total de libertad de mi representado, arresto domiciliario total en su domicilio, la prohibición de salir del país, la prohibición de comunicarse con personas, incluso la propia señora Vivanco. Y ninguno de los persecutores pudo indicar por qué estas medidas cautelares no podían ser suficientes para garantizar los fines del proceso penal”.
Cabe recordar que los abogados que representan a los imputados ingresaron durante la noche del jueves pasado los respectivos recursos de apelación, argumentando que se trata de una medida desproporcionada y que fácilmente se pueden cumplir los objetivos de la indagación con otra de las cautelares del ordenamiento.
Según apuntaba el recurso, “la prisión preventiva no puede convertirse en un instrumento para responder al impacto o conmoción que ciertos delitos generan en la ciudadanía, pues su finalidad no es satisfacer expectativas punitivas inmediatas, sino proteger fines estrictamente procesales, evaluados caso a caso y sobre bases objetivas”.
El testimonio de Silber
En la audiencia de revisión, también se centraron en la declaración del exdiputado Gabriel Silber (exDC), la que fue entregada al Ministerio Público. Silver, hasta agosto de este año, fue socio de Mario Vargas y Eduardo Lagos en su estudio de abogados.
El exparlamentario viajó a Puerto Montt para prestar declaración voluntaria, en la cual se desligó completamente de sus exsocios y dio a conocer nuevos antecedentes, entre ellos, que Mario Vargas prestaba un departamento en Papudo a la exjueza Vivanco durante la tramitación del litigio entre el consorcio bielorruso Belaz Movitec y Codelco.
El otrora diputado también acusó que fue citado a Capitán Yáber para crear una declaración que justifique el pago de $ 45 millones a Gonzalo Migueles, monto que Fiscalía investiga como una posible coima.
Ante ello, la Fiscalía señaló que “básicamente la declaración de Silber es más allá de eso, la declaración del imputado Silber da, por ejemplo, los antecedentes de la participación del señor Cornejo, exdiputado de la Democracia Cristiana, el cual tuvo acceso al fallo antes de que el fallo fuera publicado y que por instrucción del señor Lagos llamó al gerente general de Codelco para efectos de tratar de llegar a un acuerdo, bueno, un acuerdo difícil de entender el tipo de acuerdo que querían, porque el fallo ya había sido favorable a ellos”.
“No les gusta esa declaración porque da cuenta de que lo están citando a la cárcel (...) El contenido de la declaración no es lo que le gusta, y a eso voy. Cada vez que han pedido una diligencia, ya sea en audiencia, por escrito, se ha hecho. Y cada resultado de esas diligencias ha sido negativo hacia ellos”, afirmó el persecutor.
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