
Triunfo para Vodanovic: Corte de Santiago rechaza excluir a la Municipalidad de Maipú del desafuero del diputado Lavín
El pleno del tribunal de alzada capitalino rechazó el requerimiento presentado por la defensa del parlamentario, quien apuntaba a que el municipio no es querellante en la causa del exgremialista.

Primero fue la Municipalidad de Maipú y luego el Consejo de Defensa del Estado (CDE) las instituciones que se sumaron a la solicitud del Ministerio Público, ingresada en junio, para desaforar al diputado, Joaquín Lavín León (ex UDI). El requerimiento es un paso indispensable para que el ente persecutor pueda formalizar al parlamentario por los delitos de tráfico de influencias y fraude al Fisco.
Sin embargo, la defensa del diputado, e hijo del exalcalde Joaquín Lavín, recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago para que dicho tribunal de alzada excluyera a la repartición municipal encabezada por el alcalde Tomás Vodanovic (FA).
Ante ese requerimiento, este viernes la Corte de Santiago rechazó la solicitud de los abogados de Lavín León y le dio un triunfo al municipio, representado por el estudio Bascuñán Barra Awad Contreras Schürmann (BACS Abogados).

Los alegatos
En su requerimiento y en los alegatos ante el tribunal de segunda instancia, la defensa de Lavín, representada por el abogado Patricio Carvajal, pidió excluir del proceso de desafuero a la municipalidad dado que, argumentaban, dicho organismo carecía de “legitimación activa para hacerlo”.
A juicio de la defensa del parlamentario, la municipalidad no es querellante de la causa, en particular, en la que se tramita el desafuero, sino que de aquella en la que se investiga a la exalcaldesa de Maipú, y esposa de Lavín, Cathy Barriga.

La municipalidad por su parte, representada por el abogado José Pedro Silva, afirmó que la delimitación de la competencia no es la querella, sino que el número de identificación de la causa. Además, apuntaron a que tienen legitimidad en esa causa, dado que los presuntos hechos delictuales ocurrieron en la Municipalidad de Maipú.
A raíz de aquello, el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que el Ministerio Público ha reunido en un solo número de causa las indagatorias, en la cual en una de ellas la municipalidad es querellante.
En ese sentido, el tribunal de alzada capitalino falló que “la prosecución de los procedimientos se hará agrupadamente y en forma conjunta en una misma investigación, con un solo RUC, por tratarse de hechos relacionados entre sí y respecto del mismo diputado, lo que determina jurídicamente que la Municipalidad de Maipú revista la calidad de parte querellante en la causa base que sirve de fundamento para el procedimiento de desafuero”.
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