Opinión

8M: la igualdad no admite retrocesos

8M: la igualdad no admite retrocesos

A días de conmemorar el Día Internacional de la Mujer debemos resistir dos tentaciones: la autocomplacencia y el pesimismo. Un balance serio obliga a reconocer los avances en materia de género, pero también que la igualdad real entre hombres y mujeres tarda demasiado. El Global Gender Gap Report (2025) del World Economic Forum estima que, al ritmo actual, cerrar la brecha global de género tomaría 123 años.

Hoy esa distancia se agrava a nivel mundial por el avance de las democracias iliberales. Esto es, regímenes con elecciones democráticas, pero que erosionan el Estado de Derecho mediante la captura de los contrapesos, la afectación a la independencia de los órganos de control y la restricción de ciertos derechos. En estos escenarios, los derechos de las mujeres quedan expuestos a regresiones vertiginosas.

Chile, combina desarrollos y tareas pendientes. Pero es crucial recordar que el estándar democrático exige no retroceder lo avanzado.

En autonomía económica, un adelanto concreto es la Ley 21.645 (2024), que fortalece la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y reconoce, en ciertos casos, el derecho al teletrabajo. Sin embargo, el INE confirma una significativa brecha salarial de género. En 2024, las mujeres recibieron, en promedio, 24,4% menos ingresos que los hombres entre las personas ocupadas, y 17,9% menos entre los asalariados. Si bien esta ley es un paso importante, el desafío persiste en orden a remover barreras de acceso al mercado laboral; reducir la brecha salarial y la informalidad; y sostener trayectorias laborales continuas sin sanciones por maternidad o cuidados.

La Ley 21.356 (2021), que establece cuotas de representación de género en directorios de empresas públicas y sociedades del Estado, es sin dudas un adelanto que corrige una tendencia a excluir a las mujeres de los espacios donde se toman decisiones con impacto económico y social relevante. No obstante, el reto pendiente es más exigente que “llegar” a los directorios: es permanecer y liderar dichos ámbitos.

En la vida cotidiana, la igualdad se esconde tras la carga en tareas de cuidados que pesa desmedidamente sobre las mujeres. La Ley 21.805 reconoce el cuidado como derecho y como un asunto público. Hoy, el desafío se juega en su implementación, en convertir el sistema integral de cuidados en garantías, financiamiento estable, oferta suficiente, estándares exigibles, cobertura territorial y corresponsabilidad social efectiva. Para que cuidar no siga siendo sinónimo de empobrecimiento para las mujeres o exclusión del mercado laboral.

En violencia y seguridad, la Ley 21.675 (2024) fija un marco para prevenir, sancionar y erradicar la violencia por razones de género. Su prueba decisiva es la eficacia a través de la persecución penal oportuna y que las medidas de protección se cumplan.

La conmemoración del 8 de marzo no demanda unanimidad ideológica. Exige convicción y compromiso democrático. Porque la igualdad entre hombres y mujeres no es una agenda sectorial, sino una condición de legitimidad del Estado democrático de Derecho.

Por Miriam Henríquez, decana Facultad de Derecho Universidad Alberto Hurtado

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