Opinión

Presidente: #SalaCunaHoy

Sala Cuna

El Presidente Gabriel Boric en la Cuenta Pública señaló: “insistimos en la urgencia de sacar adelante el proyecto de ley de sala cuna para Chile. Si se aprueba, se reducirían de manera significativa las barreras a la contratación femenina y las brechas salariales entre hombres y mujeres, se incentivaría la participación laboral femenina en el mercado laboral formal”.

Imagino que sus palabras son un aliento a sí mismo, porque es él quien debe alcanzar esta promesa de su programa de gobierno, alineando a las y los parlamentarios de su sector, usando su facultad de dar suma urgencia al proyecto, y presentando las indicaciones de mejora que son materias de su exclusividad.

Si bien los principios del proyecto son los correctos al fomentar el empleo formal y extender el derecho a todas las madres y padres dependientes, independientes y de casa particular, requiere ser mejorado para que la reforma no sea peor que la ley reformada.

Para colaborar, treinta organizaciones de la sociedad civil formamos el movimiento #SalaCunaHoy, para que hoy -y no en otro período presidencial- se apruebe, presentando propuestas técnicas de mejoras a la Comisión de Trabajo del Senado, al ministro del Trabajo Giorgio Boccardo, y a la ministra de la Mujer Antonia Orellana. Y de ellas hay una que merece especial preocupación: el monto.

El proyecto establece una cotización a cargo de la empresa de 0,2 por persona contratada que irá al fondo de sala cuna, el cual transferirá 4,11 UTM ($280 mil) a la sala cuna pública o privada que se elija, cantidad que evidentemente no alcanza. Ante la pregunta de quién pagará la diferencia, el ministro del Trabajo ha señalado que serán las empresas, lo que significa en la práctica que las micro y pequeñas pasarán de no contratar a la mujer número 20 o no contratar a madres y padres con niños menores de dos años para no asumir este gasto.

Ante este riesgo, nuestra propuesta es que la nueva ley de sala cuna no señale el monto exacto -al igual que el artículo 203 del Código del Trabajo vigente no lo establece-. Que un comité técnico integrado por la Superintendencia de Pensiones, la Superintendencia de Educación y la Dirección de Presupuestos (Dipres) fije el monto anualmente según la tasa de uso del derecho, la rentabilidad del fondo y del aporte fiscal, de ser necesario.

La cotización por sala cuna debe ser la forma de cumplir por parte de las empresas el deber de pagar sala cuna y no una carga adicional a esa obligación; la manera de cambiar un pago directo que desincentiva la contratación de mujeres a uno indirecto que la impulsa.

En cuanto al costo para las empresas, calculamos el monto por cotización de 0,2 según el tamaño con base en los datos de la Encuesta Suplementaria de Ingresos, tomando el sueldo bruto promedio mensual del país de $1 millón. Algunos resultados de este supuesto son que una micro empresa con nueve personas contratadas pagará mensualmente $18 mil pesos por el 0,2 de cotización. En el caso de una pequeña organización con 49 trabajadores, el costo mensual a desembolsar será de $242 mil pesos. En una mediana empresa con 199 trabajadores, será de $400 mil, es decir, aproximadamente el valor de una sala cuna al mes. En la gran empresa, el monto partirá en $404 mil, considerando que tienen desde 200 personas contratadas.

Esperamos que los gremios representantes de empresas de todos los tamaños se sumen y que al Presidente lo anime la confianza de la adhesión ciudadana para desplegar su liderazgo; porque de acuerdo a la Cadem del día de la Cuenta Pública, la medida más apoyada luego de la construcción del Metro al aeropuerto, fue la nueva ley de sala cuna, con el 81 % de respaldo.

Que sea hoy, no mañana.

*La autora de la columna es presidenta ejecutiva de ChileMujeres

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