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Cámara Baja aprueba indemnización por obra y faena

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo estableciendo la indemnización para trabajadores con  contratos por obra, faena o servicio, con 106 votos a favor y una abstención. Así, la iniciativa pasó a segundo trámite legislativo al Senado.

El proyecto no ha estado exento de críticas, ya que originalmente establecía el derecho de los trabajadores que se desempeñan en  obras, faenas o servicios a una indemnización  equivalente a la remuneración de 2,5 días por cada mes trabajado, cualquiera sea la causa que origine el término de contrato, esto es, a todo evento.

Sin embargo, la iniciativa logró el apoyo transversal de la Cámara Baja luego que se le introdujera un cambio sustancial en su discusión en particular en la Comisión de Trabajo: se establece que el pago de indemnización no será a todo evento, sino que sólo cuando terminé el contrato con el trabajador en virtud de que haya concluido su obra, faena o servicio.

Además, el proyecto en un comienzo entendía el pago  de la indemnización mensual por cada mes  y también para una fracción superior a quince días trabajados. No obstante, otro cambio introducido establece que sólo se contabilizará  la indemnización mensual para un mes efectivamente trabajado.

El diputado de Renovación Nacional (RN), Nicolás Monckeberg, destacó la importancia de este cambio. “Si (el trabajador) abandona el trabajo con anterioridad, si por cualquier motivo no imputable no termina la obra, faena o servicio, obviamente no hay derecho a indemnización”.

Según Monckeberg, “la aprobación de este proyecto es una clara demostración que tenemos que analizar en profundidad los cambios al sistema de indemnización por años de servicio vigente”.

Estimó que es un sistema elitista que beneficia a un número muy menor de trabajadores y genera un incentivo perverso a que el trabajador no busque mejores empleos.

Reacción sectorial

La Cámara Chilena de la Construcción (CChC) y la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA) son los  gremios que representan a los dos sectores más afectados por la indemnización para los trabajadores por obra, faena y servicio, dado el carácter esporádico de los proyectos.

El presidente de la CChC, Jorge Mas, estimó que “el derecho a indemnización debiera generarse sólo una vez que el trabajador haya completado un plazo razonable en la empresa y no en forma automática desde que ingresa a ésta, como pretende el proyecto, lo que sería una condición no contemplada ni siquiera en  los contratos indefinidos”.

Para el titular de la SNA, Patricio Crespo, la indemnización por obra, faena o servicio tendrá graves efectos en el agro, uno de los sectores que da empleo a más trabajadores en el país, sostuvo.

“En la agricultura, la utilización de este tipo de contratos obedece a razones productivas que se basan en la dependencia de esta actividad a las leyes de la naturaleza”, explicó.

Por lo mismo, consideró que agregará “un nuevo costo a la contratación de mano de obra, lo que es otro duro golpe contra la agricultura”.

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