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Chispas: Suprema ordena a herederos de Mackenna pagar multa de US$42 millones

La Corte Suprema acogió el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y ordenó a los herederos de Luis Fernando Mackenna a pagar la multa por más de $24 mil millones, impuesta por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en el denominado Caso Chispas.

La determinación fue adoptada por la Tercera Sala del máximo tribunal del país -integrada por los ministros Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Gloria Ana Chevesich- y disiente con la sentencia anterior dictada por la Corte de Apelaciones santiaguina que en su momento respaldó la tesis de los herederos de Mackenna.

El recurso presentado por el CDE buscaba que la familia de Luis Fernando Mackenna  se hiciera cargo del pago de la multa cursada por la Superintendencia de Valores y Seguros en el año 1997 y que fue ratificada por todas las instancias judiciales, incluyendo la Corte Suprema en 2005.

El fallo de mayoría considera que la obligación del pago de la multa no se extingue con la muerte del multado y, por lo tanto, que se pueden demandar a sus herederos para el cobro de dicha obligación.

“El acto administrativo que aplicó la multa al Sr. Mackenna produjo sus efectos de manera inmediata, esto es, en el acto de su notificación aquél pasó a ser deudor de la multa y tal obligación se incorporó a su patrimonio, de lo que se sigue que el cumplimiento de la obligación allí contenida podía -y aún puede- serle exigido a contar del día de su notificación, a menos que la ley disponga la suspensión de la exigibilidad de aquella”, expresa el fallo de la Corte.

La resolución agrega que “resulta claro que los efectos del acto administrativo que impuso la multa al Sr. Mackenna se radicaron en su patrimonio al momento en que fue notificado de la misma, de modo que la cuestión jurídica de autos no pasa por estimar que la multa se extinguió con la muerte de aquel y que, en caso contrario, implicaría desconocer el carácter personalísimo de las penas y la intransmisibilidad de las mismas, sino que reside exclusivamente en un problema de mero endeudamiento, esto es, se traduce en una discusión en torno a la existencia y vigencia del crédito cuyo pago reclama el actor”, apunta el pronunciamiento de la Suprema.

De acuerdo a este razonamiento, la Corte afirma que los efectos de la resolución administrativa que impuso la multa afectaron al patrimonio de Mackenna desde el momento que la misma le fue notificada, en otras palabras, la deuda ya formaba parte de su pasivo a la fecha de su fallecimiento, el 1 de  abril de 2005, “por lo que dicha obligación se transmitió a su sucesión y, en cuanto tal, constituye una deuda hereditaria”, puntualiza el fallo de la Tercera Sala.

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