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Buscan acreditar legítima defensa: formalizan a mujer y a su sobrino por muerte de un hombre en contexto de VIF

El fiscal especializado en Responsabilidad Penal Adolescente Juan Valdés informó que "las acciones desarrolladas por los imputados podrían estar justificadas o comprendidas dentro de una legítima defensa a las acciones violentas y de maltrato que habría ejercido el fallecido en un tiempo previo a estos hechos en contra de ambas personas".

Foto referencial. Jorge Loyola/Aton Chile JORGE LOYOLA/ATON

Este domingo la Fiscalía de Iquique formalizó a una mujer y a su sobrino por muerte de un hombre en el contexto de violencia intrafamiliar en Iquique de región de Tarapacá.

De acuerdo a la Fiscalía, se solicitaron medidas cautelares de baja intensidad para la mujer y el adolescente detenidos y formalizados por la muerte del conviviente de la imputada. Esto porque existe la posibilidad de que haya existido legítima defensa.

Este hecho ocurrió el sábado alrededor de las 7.30 de la mañana, cuando la víctima Ramsés Añez Moreno, de nacionalidad boliviana, agredió a su pareja en su domicilio en calle Genaro Gallo de Iquique.

De acuerdo a la Fiscalía en la audiencia, los individuos sostuvieron una discusión como en otras ocasiones, comenzando Ramsés Añez a golpear a su pareja.

En ese momento ingresó él sobrino de la imputada, de iniciales J.R.A., de 17 años, quien intentó separar a Ramsés Añez, siendo golpeado por éste en el rostro, por lo cual el imputado lo tomó por atrás desde el cuello, cayendo ambos al suelo, instante en que la imputada agredió a su pareja con golpes de pies en la cabeza.

A raíz de lo anterior, el hombre falleció a consecuencia de una asfixia por estrangulación y un Traumatismo Craneoencefálico (TEC) cerrado, en tanto su pareja resultó con lesiones leves en su cuello y brazo, y el adolescente con lesiones en su rostro y tórax de carácter menos grave.

El fiscal especializado en Responsabilidad Penal Adolescente Juan Valdés explicó que “si bien formalizamos a los imputados por su participación de un delito de homicidio simple para el caso del adolescente y de parricidio para el caso de la imputada adulta, ya que ella era conviviente de la víctima, la investigación preliminar a cargo de la Fiscalía y personal de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones arroja antecedentes serios de que las acciones desarrolladas por los imputados podrían estar justificadas o comprendidas dentro de una legítima defensa a las acciones violentas y de maltrato que habría ejercido el fallecido en un tiempo previo a estos hechos en contra de ambas personas”.

El fiscal dio cuenta de las diligencias realizadas por la Brigada de Homicidios y el Laboratorio de Criminalística, el pre informe del Servicio Médico Legal (SML) sobre la causa de muerte, los registros de atención de urgencia de ambos imputados que confirma sus lesiones, así como también la historia previa de maltratos denunciados por la imputada. Otro dato relevante es que ambos imputados no tenían antecedentes previos.

El persecutor también sumó que “el deber de investigación objetiva que constitucionalmente le está encargado a la Fiscalía, es que solicitamos medidas cautelares de baja intensidad, esto es, arraigo nacional y arresto domiciliario nocturno para ambos imputados durante el periodo de la investigación, las que fueron acogidas por el juzgado de garantía, fijándose un plazo de investigación judicial de 70 días”.

Por su lado, la fiscal adjunto de la Fiscalía Local de Iquique, Camila Albarracín, detalló que “es importante valorar el trabajo que realizó la Brigada de Homicidios a propósito de entender que estamos en presencia de legítima defensa, así lo hemos entendido también nosotros como Ministerio Público, y en razón del principio de objetividad que nos permite el insumo que nos dan las policías de entender el contexto, el análisis de cámara, el análisis telefónico, un sinnúmero de antecedentes, de indicios que nos permiten tomar una decisión responsable".

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