
Corte de Apelaciones de Temuco sentencia a 13 militares (r) por homicidio calificado de dos estudiantes en 1973
Los crímenes de Ricardo Gustavo Rioseco Montoya (22) y Luis Raúl Cotal Álvarez (14) ocurrieron en Angol, Región de La Araucanía.

La Corte de Apelaciones de Temuco sentenció a trece militares en retiro por los homicidios calificados de dos estudiantes de Angol, Región de La Araucanía en 1973.
De acuerdo a la sentencia, Ricardo Gustavo Rioseco Montoya (22) y Luis Raúl Cotal Álvarez (14) fueron detenidos cerca de la medianoche del 4 al 5 de octubre de 1973 por personal militar del regimiento Húsares de Angol. Rioseco era estudiante universitario y Cotal era alumno de enseñanza media.
Ese día, según la sentencia, las dos víctimas fueron conducidas por personal militar hasta el interior de una bodega ubicada en la esquina de las calles Pedro de Valdivia con Los Confines, próxima a la zona sur del regimiento mencionado.
“Que una vez en dicho lugar, las dos víctimas fueron ubicadas con la espalda hacia una pared de ladrillos y frente a ellos se formó una fila de soldados del regimiento ya referido”, se señaló en el documento.
Así, el segundo comandante del Regimiento Húsares de Angol, Joaquín León Rivera, dio la orden a un grupo de soldados, para disparar contra los jóvenes.
Tras este siniestro, el mismo segundo comandante, Rivera, ordenó que los cuerpos fueran arrojados al río Malleco.
Frente a estos delitos, el documento indicó que “en el lugar y en el momento de los hechos se encontraban presentes Germán Ojeda, Carlos Bunster, Alejo Tisi, Jorge Lagos, Alessandro Cartoni, Manuel Montero, José Correa (...) cada uno de ellos será condenado a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo (...)“.
En la misma línea, la Segunda Sala del tribunal de alzada modificó la sentencia de 15 años y un día al otrora soldado conscripto Luis Alejandro Toledo Osses, por una de 5 años de presidio.
Además, por encubrir el crimen, se les condenó a penas de 3 años y un día de presidio a Eduardo Carrasco, José Lavín, Gabriel Fuentes, Carlos Campusano y Mario Tapia.
Acorde con el documento “todos ellos tuvieron conocimiento de la perpetración de los homicidios calificados. E intervinieron con posterioridad a la ejecución del ilícito, ocultando el cuerpo del delito para impedir su descubrimiento”.
También se informó en la sentencia que el Estado deberá pagar una indemnización de $300 millones de pesos por concepto de daño moral a familiares de la víctima Cotal Álvarez.
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