Nacional

Corte de Iquique sustituye por arresto domiciliario la pena de una condenada que padece cáncer

El tribunal de alzada acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensa de la mujer.

Corte-de-Apelaciones-de-Iquique (1)

La Corte de Apelaciones de Iquique acogió un recurso de amparo interpuesto por la defensa de una condenada y ordenó el cumplimiento, bajo la modalidad de arresto domiciliario total, del saldo de la pena que se le impuso, considerando que requiere tratamiento médico debido al cáncer ramificado que padece.

La resolución establece que mantener la ejecución de la condena de la amparada en el interior de un recinto carcelario, afecta su dignidad y pone en riesgo su integridad física ante sus problemas de salud.

En un fallo dividido, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Mónica Olivares Ojeda, Marilyn Fredes Araya y Andrés Provoste Valenzuela- revocó la resolución del 19 de agosto 2025 del Juzgado de Garantía de Iquique, que no dio lugar a la solicitud.

La mujer enfrenta un cáncer mamario en etapa III.

Según el tribunal de alzada, mantenerla en prisión lo vulneraría su libertad personal y seguridad individual, y la normativa internacional como el Pacto de San José de Costa Rica, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y las Reglas de Bangkok.

“Si bien en la legislación nacional no contempla precepto que autorice expresamente la sustitución de la pena de presidio por la de reclusión en un lugar distinto a un centro penitenciario, el mandato del inciso 2° del artículo 5 de la Carta Fundamental dispone que es deber de los órganos del Estado respetar los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, en particular, el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de los que emana en general el cuidado de la salud física y mental de las personas privadas de libertad y de su dignidad”, argumentaron los magistrados.

Así, al acoger el recurso se dispuso que debe el Juzgado de Garantía de Iquique fijar audiencia a la brevedad para determinar la forma en que debe controlarse el cumplimiento de la sanción.

Más sobre:JudicialDD.HH.IquiqueCorte de Apelaciones de Iquique

COMENTARIOS

Para comentar este artículo debes ser suscriptor.

Este septiembre disfruta de los descuentos de la Ruta del Vino, a un precio especial los 3 primeros meses.

Plan digital + LT Beneficios$3.990/mes SUSCRÍBETE