Reforma tributaria: nullum tributum sine lege

Marcel tras Imacec: “La economía va acentuando este aterrizaje necesario para reducir las presiones internas sobre la inflación”


Por Tomás Rau, profesor titular y director del Instituto de Economía de la UC

El primer proyecto de la reforma tributaria ya ha sido presentado y, como fue anunciado hace unos días, se pretende recaudar en total 4,1 puntos de PIB, equivalentes a US$ 11,5 mil millones. El monto es cuantioso y es sin duda la reforma más ambiciosa desde, al menos, la vuelta de la democracia. Pero como nos enseña la historia reciente, la recaudación puede llegar a ser muchísimo más baja que aquella que se pretende lograr, como la reforma del 2014 que aspiraba recaudar 3 puntos de PIB y terminó recaudando la mitad.

La reforma anunciada tiene aspectos interesantes y otros no tanto. Por una parte, aumenta la progresividad de los tributos y limita algunas exenciones (aunque el cadáver de la renta presunta aún respira). Y por otra parte, complejiza el sistema introduciendo más distorsiones y tributos de escasa recaudación, no aumenta la base tributaria del impuesto a la renta, y poco ahonda en incentivos a la inversión.

Dentro de los cambios principales está el alza de las tasas marginales para rentas superiores a los $4 millones y un estrechamiento de los tramos de las rentas altas, medidas que podrían recaudar un monto no menor de los ingresos esperados. Sin embargo, no se aumenta la base tributaria. El tramo de exención sigue abarcando tres cuartas partes de la población (mientras que en la OCDE es cerca de un tercio) y será mayoritariamente esa fracción quién recibirá los beneficios de esta reforma. Además, se incorpora un impuesto al patrimonio que, de acuerdo a la evidencia comparada, recauda poco y cuesta mucho.

La reforma desintegra totalmente el sistema para grandes empresas, no para las Pymes. Así, los dueños de dichas empresas pagarán el impuesto corporativo y después el impuesto a la renta por los dividendos que obtengan. Esto rompe definitivamente con el principio de equidad horizontal: que dos personas que ganen lo mismo paguen lo mismo, independiente de la fuente de sus ingresos y complejiza la operación del sistema. Además, los socios nacionales de dichas empresas podrán reliquidar el impuesto del 22% pagado por los dividendos en su global complementario, pero los socios internacionales de ellas no podrán hacerlo. Los incentivos para bypassear el sistema desintegrado hará que nos llenemos de Pymes. A reforma tributaria, ganancia de contadores.

¿Y los incentivos? La reforma disminuye el impuesto corporativo de 27% a 25% pero adiciona una “tasa de desarrollo” de 2% que se puede descontar si las empresas invierten en productividad con proveedores locales, lo que restringe de sobremanera dicho beneficio. El royalty minero preocupa a la gran minería con el nuevo tributo “ad valorem”, que no considera los costos y podría afectar fuertemente a dicha actividad.

Pero como dice el principio general que da el título a esta columna “no hay tributo sin ley” (nullum tributum sine lege) y como sabemos, uno conoce el proyecto que ingresa al Congreso, pero no el que egresa. Y será finalmente el actual Senado, aquel que se resiste a morir a manos de una nueva y fragmentaria Constitución, el que determine el destino de esta ambiciosa reforma tributaria que se prepara a nacer en un entorno convulso, quizás tanto o más que el de los albores de la República.

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